Los autónomos que presentan concurso de acreedores dispondrán de tres años para abonar sus deudas y podrán quedar exonerados definitivamente de su pago pasado ese tiempo si cumplen con una serie de requisitos. Así consta en el borrador de la denominada ley de segunda oportunidad redactado por el Ministerio de Justicia. Según el texto, mediante este sistema se favorece la recuperación del deudor como empresario y se facilita la iniciativa emprendedora.

A la exoneración solo podrán acceder los deudores que liquiden su patrimonio y que carezcan de activos para hacer frente al pasivo generado antes del inicio del procedimiento concursal. El borrador de la normativa indica que hay "un riguroso elenco" de requisitos que deben cumplirse para que se produzca la exoneración con objeto de que sólo el deudor de buena fe pueda beneficiarse.

Además, se propone una obligación de buen comportamiento del deudor durante el periodo de tres años que transcurre desde la suspensión de exigencia de los créditos, "de forma que deba hacer todo lo posible para integrarse en el mercado laboral sin acudir a la economía sumergida que en la actualidad presenta cifras escandalosas en España". Según el texto, la existencia de la exoneración incentiva el acuerdo entre los acreedoes, por el riesgo de perder sus derechos de crédito.

Transcurridos esos tres años, se evalúa la situación del deudor, se verifica el grado de cumplimiento de las obligaciones asumidas y se da trámite de alegaciones a los acreedores y al administrador concursal. Una vez concluido este paso, el juez decretará la exoneración definitiva del pasivo pendiente. El borrador subraya que la nueva regulación es un incentivo para la solicitud "temprana" de procedimientos concursales, frente a lo que sucede en España, "habida cuenta de la escasa protección a los deudores y con sanciones por no instar el concurso".