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La UE, contra el fraude de los índices

Europa impulsa un reglamento de regulación de los indicadores financieros para prevenir manipulaciones como las del Euríbor y los tipos de cambio

Imagen de archivo de la Bolsa de Madrid. LP / DLP

La Unión Europea contará en septiembre como muy tarde con una regulación de los índices financieros de referencia internacional. Se trata de prevenir y dificultar gigantescas manipulaciones fraudulentas, con daños millonarios para los usuarios, como las destapadas en los tres últimos años y que habían realizado grandes bancos internacionales con el Líbor y el Euríbor (tasas de referencia para los tipos de interés de mercado) y con los tipos de cambio de las divisas.

La Comisión y el Parlamento Europeos están decididos a regular y supervisar los indicadores con una influencia determinante en muchos casos en la economía y en las decisiones de todos los agentes, y a garantizar una mayor transparencia en su elaboración. La cámara legislativa acaba de aprobar por consenso de todos los grupos políticos una propuesta de reglamento. La Comisión Europea también ha hecho su propia aportación, avalada en su caso por el Consejo Europeo.

Ahora comienza un proceso de negociación entre los poderes ejecutivo y legislativo comunitarios cuya resultante debe ser un texto compartido. La previsión es que entre este mes y el próximo se alcance un acuerdo sobre un texto conjunto, que deberá ser votado de nuevo en el europarlamento en julio o, a más tardar, en septiembre.

Los dos textos incorporan algunas diferencias significativas. Los dos distinguen entre índices económicos críticos (con gran afectación potencial a la estabilidad financiera) y no críticos. La Comisión Europea sitúa en el primer grupo -sobre el que se ejercerá una mayor regulación- a los indicadores que hagan referencia a mercados en los que se muevan recursos superiores a 500.000 millones de euros y en los que las entidades que contribuyen a su elaboración y cálculo ya estén supervisadas.

El concepto de índice crítico que defiende el Parlamento es más amplio: no establece umbrales cuantitativos mínimos y tampoco es condición que las instituciones que aportan datos para su elaboración estén sometidas a supervisión. La renuncia a este último requisito permitirá considerar como críticos índices tales como los de las materias primas, y entre ellos los del petróleo. La Cámara propone la clasificación como críticos de todos los índices que, aun cuando hagan referencia a volúmenes de inversión y de flujos inferiores a 500.000 millones, puedan ser generadores de efectos sistémicos y cuya desaparición crearía perturbaciones económicas.

Datos y plazos

La propuesta de los grupos parlamentarios impone a los operadores de cada mercado la obligatoriedad de aportar datos para la elaboración fidedigna de los índices. Algunos bancos dejaron de colaborar en la confección del Euríbor y el Líbor tras estallar el escándalo por el fraude perpetrado en ambas referencias por el temor al daño reputacional en el que podrían incurrir si se viesen salpicados por acusaciones de manipulaciones. La norma de la Cámara también establece plazos durante los que el administrador del índice no puede cesar en su actividad. Transcurrido ese tiempo, podrá renunciar, pero acatando un protocolo que garantice la continuidad del índice dado que se considera que es una fuente de información esencial para el mercado.

El ejecutivo comunitario establece que la vigilancia la asuman las entidades supervisoras nacionales, pero la Cámara pretende que también intervenga la agencia europea de supervisión de mercados (ESMA o Autoridad Europea de Valores y Mercados). La propuesta parlamentaria plantea que para cada índice de referencia se cree un colegio específico de supervisores, integrado por la ESMA y las autoridades competentes nacionales en esa materia bajo la presidencia del órgano regulador del país en el que tenga su sede el índice. Los parlamentarios incorporaron una cautela por la que la ESMA pueda asumir poderes adicionales si el regulador nacional no cumpliera su tarea.

Como contrapartida a su mayor exigencia en la regulación de índices financieros críticos, el parlamento es más laxo en la regulación y supervisión de los considerados no críticos, para los que propone requerimientos menos estrictos que los que plantean el Consejo y la Comisión, y acepta que sean controlados por las autoridades nacionales del país en el que se elabore cada indicador.

Las propuestas incorporan sanciones para los fraudes y manipulaciones tendenciosas de los índices con afán de lucro a costa de competidores y usuarios. Estas sanciones se sumarían a las que impongan las autoridades europeas de la Competencia por prácticas restrictivas de la libertad de mercado. La formalización de esta nueva norma como reglamento europeo, y no como directiva, supondrá su entrada en vigor inmediata en todos los países, sin necesidad de esperar a que la normativa sea traspuesta al Derecho nacional de cada país.

Amén de entrañar un reforzamiento de la defensa del consumidor y de la libre competencia frente a los abusos y las manipulaciones fraudulentas, y de constituir una aportación a la transparencia y regulación de los mercados, la norma contribuirá a la llamada Unión Europea de Capitales, objetivo en el que se trabaja en la UE tras la consecución de la Unión Bancaria.

Otra de las disparidades suscitadas entre el Consejo y la Comisión de la UE y el Parlamento obedecía a cómo debía actuar Europa sobre los índices que, con incidencia en el mercado global y por lo tanto también en el europeo, tienen su sede y operatoria en otras áreas económicas y países extracomunitarios.

Los no comunitarios

El Consejo trató de imponer la exigencia de que la comercialización en la UE de productos financieros que tuviesen como referencia tales índices sólo fuese posible en el caso de que el país de origen incorporase una legislación análoga a la europea. Esto entrañó un problema de posible colisión de soberanías y de injerencia en legislaciones ajenas. El Parlamento entendió a su vez que prohibir el uso de tales referencias financieras en Europa podría entrañar un daño a los inversores y operadores europeos que ya hubiesen tomado posiciones en esos índices y mercados y para aquellos otros que, para cubrirse de riesgos potenciales (caso de los índices de futuros sobre materias primas de Chicago, divisas u otros), precisasen contratar seguros y derivados financieros como los CDS, Swap y otras modalidades. El Parlamento propone permitir el uso tales índices de otros países pero sujetos a algún tipo de control europeo y a que cumplan los requerimientos de Iosco, el organismo internacional que, con sede en Madrid, agrupa a las comisiones nacionales de los mercados de valores.

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