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Las empresas reclaman 650 millones por el freno a sus proyectos turísticos

El Supremo aborda hasta 45 recursos contra la segunda moratoria

Las empresas reclaman 650 millones por el freno a sus proyectos turísticos

El Tribunal Supremo (TS) resolverá en las próximas semanas hasta 45 recursos contra la segunda moratoria turística, cuyas reclamaciones económicas de las empresas afectadas rondan los 650 millones de euros, según fuentes del TS y del Tribunal Superior de Justicia de Canarias (TSJC).

Se trata de las compañías que no han podido ejecutar sus proyectos en Gran Canaria, Fuerteventura, Lanzarote y Tenerife por las limitaciones del Gobierno de Canarias al desarrollo turístico, las cuales se acogieron al artículo 17 de la Ley de Medidas Urgentes sobre Ordenación y Dinamización del Turismo. Ese precepto permite solicitar una indemnización a cambio de reclasificar el suelo a rústico de protección territorial durante cinco años, siempre que las parcelas sean de uso turístico y estén afectadas por la moratoria.

Se trata de una fórmula que introdujo el Gobierno regional del expresidente Paulino Rivero para afrontar las reclamaciones de las compañías perjudicadas por la Ley de Directrices de 2003, conocida como primera moratoria. Según fuentes judiciales, la mayoría de los recursos de casación están interpuestos por Hijos de Francisco López Sánchez, Dehesa de Jandía, Maspalomas Golf e Invertur Helsan, sociedades que pertenecen al Grupo Lopesan, con proyectos hoteleros en el sur de Fuerteventura y el sur de Gran Canaria.

Las cinco primeras sentencias dictadas por la Sala de lo Contencioso Administrativo del Supremo llevan fecha del 26 de octubre y afectan precisamente a Lopesan. La Sección Quinta rechaza los recursos presentados por los servicios jurídicos de la Comunidad Autónoma y ratifica las resoluciones del Tribunal Superior de Justicia de Canarias (TSJC), que dio parcialmente la razón a los empresarios, con el argumento de que la administración no respondió a la petición indemnizatoria y ese silencio administrativo tiene un efecto positivo, es decir, equivale a la aceptación de la solicitud realizada. Eso no significa que los demandantes tengan derecho a recibir esas compensaciones millonarios, porque lo que ordena el Supremo y la Sala de Canarias es la tramitación de los expedientes. Por tanto, en ejecución de sentencia, el Ejecutivo debe iniciar de oficio la desclasificación del suelo y resolver si procede compensar a los empresarios por la congelación de sus proyectos. Lopesan, sólo en esos cinco casos, calcula unos perjuicios superiores a los 104 millones.

Esa, al menos, es la posición mayoritaria de la Sección Quinta de la Sala Tercera del Supremo, pues uno de sus magistrados, José Antonio Suay Rincón, de origen canario, ha emitido un voto particular al considerar que el silencio de la administración era desestimatorio (negativo). El resto de sentencias se esperan en ese sentido porque los recursos planteados son todos iguales e invocan ese controvertido artículo 17 de la Ley de Medidas Urgentes. El Gobierno, por el momento, estudia cómo afrontar esos fallos judiciales, que son firmes, y no descarta restituir los derechos urbanísticos congelados por la moratoria.

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