Alrededor de 160 empresas canarias están obligadas a realizar una auditoría energética antes del 13 de noviembre. Así lo dicta el real decreto emitido en febrero por el Gobierno de España y que traslada la obligación contenida en una directiva europea de 2012 que trata de reducir las emisiones de gases de efecto invernadero y de dióxido de carbono a la atmósfera. A juicio de los empresarios, la trasposición de la norma de la Unión Europea (UE) llega tarde, por lo que el Gobierno canario negocia con el central una prórroga que evite que las sociedades isleñas se arriesguen a sanciones que llegan hasta los 60.000 euros.

El Real Decreto 56/2016 da un plazo de nueve meses a las empresas para someterse a auditorías que certifiquen el uso que hacen de la energía. Por tamaño de trabajadores, afecta a aquellas con plantillas de 250 o más empleados. Según datos del Ministerio de Industria, Energía y Turismo, 131 sociedades radicadas en las Islas superaban esa cifra al finalizar el pasado año.

Además, la norma también obliga a aquellas cuya facturación supera los 50 millones de euros anuales. En el Archipiélago existen 29 sociedades que, aun atendiendo un menor número de nóminas, cerraron el ejercicio 2014 con un volumen de negocio superior al límite establecido. Y, además, también están obligadas las pequeñas empresas que forman parte de una estructura empresarial de tamaño mayor, por ejemplo, sociedades filiales.

El presidente de la Asociación de Industriales de Canarias (Asinca), Eugenio Castillo, afirma que ya se ha cursado el aviso a todos los asociados, pero reconoce que en la generalidad de las empresas "el tema está muy verde". De hecho, ya se han puesto en contacto con el Gobierno de Canarias para que negocie una prórroga con Madrid, convencido de que el texto del decreto no va a modificarse con el Ejecutivo central en funciones.

Proceso de evaluación

El viceconsejero de Industria, Energía y Comercio canario, Adrián Mendoza, confirma que en la actualidad la situación se encuentra en pleno proceso de evaluación para saber "si las empresas están preparadas para llegar a tiempo". En cualquier caso, defiende la conveniencia de realizar este tipo de actuaciones para mejorar la eficiencia energética, opinión con la que coincide plenamente Castillo.

Una de las novedades de la directiva europea radica en que, además de obligar a evaluar edificios y procesos productivos, también en esta ocasión incluye "el transporte", señala el ingeniero industrial, Gonzalo Castillo. Es decir, las emisiones y el consumo de las flotas de vehículos también tienen que ser auditados. El propio experto explica que ya en 2009 se realizaron este tipo de trabajos para mejorar los costes energéticos y medioambientales de las empresas. "Entonces en el ámbito de España", puntualiza y sin que existieran métodos homologados en todo el Estado.

La labor realizada hace siete años y la que marca la directiva europea actual coinciden en el espíritu. Sin embargo, esta última encierra un paso más como es el establecimiento de "índices de desempeño", puntualiza el ingeniero industrial. Se trata de medir de un modo fehaciente la desviación que pueden tener las empresas de los parámetros que deben conducir a Europa a conseguir los parámetros fijados para 2020 y los establecidos recientemente en París en el horizonte 2030.

El objetivo, relata Gonzalo Castillo es detectar "oportunidades de mejora" poniendo en relación la cantidad de energía consumida con las unidades de producción. Por ejemplo, en el caso de una fábrica de automóviles se mide cuántos kilovatios hora se han consumido para poner en el mercado cada coche. Obtenidos esos índices de desempeño, se ponderan en función de otros factores. En el caso de los ambientales es lógico concluir que el consumo energético no es el mismo en invierno y verano.

Además, estos datos son esenciales para establecer "un sistema de gestión ISO 50.001", otra vía abierta para cumplir con el real decreto. Además, Castillo señala que no es posible mentir con los números porque la norma estatal señala que el informe de auditoría es vinculante, por lo que las empresas pueden recibir la visita de inspectores de la comunidad autónoma sin previo aviso para comprobar la certeza de las cifras declaradas.