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Indemnizan a DISA con 12 millones por forzarla a vender bajo coste en las Islas

La justicia condena al Estado por la polémica orden con que el gobierno de Rodríguez Zapatero intentó controlar el precio de la bombona de butano

Dos repartidores de bombonas de butano durante su jornada. ADOLFO MARRERO

Las arcas del Estado tendrán que asumir la indemnización de 12 millones de euros que el Gobierno ha de abonar a DISA por las pérdidas que la empresa contabilizó entre el último trimestre de 2009 y el segundo de 2012 en el negocio de las bombonas de gas butano en Canarias. No en vano, la sala de lo Contencioso de la Audiencia Nacional (AN), en una reciente sentencia para la que ejerció de ponente el magistrado Ignacio de la Cueva Aleu, ha corroborado que la normativa que rigió durante ese período para el cálculo de los precios de venta menoscabó la contabilidad de la compañía canaria, ya que durante su redacción no se tuvieron en cuenta las particularidades del mercado en la Comunidad Autónoma, donde DISA está en situación de monopolio y se vio obligada a vender bajo coste.

Fue a finales de 2009 cuando empezó a tener vigencia la polémica orden 2608/2009, un mandato con el que el entonces Ministerio de Industria, Comercio y Turismo quiso actualizar el sistema por medio del cual se establecen los precios máximos de venta de las bombonas de entre ocho y menos de 20 kilos. La orden supuso una pequeña revolución en el sector y la propia Asociación Española de Operadores de Gases Licuados alzó la voz en contra de la nueva normativa, una regulación con la que el gabinete de José Luis Rodríguez Zapatero pretendía "proteger los intereses de los consumidores ante la volatilidad de las cotizaciones internacionales del flete y la materia prima". A mediados de 2012, sin embargo, la justicia anulaba la orden por ser contraria a Derecho.

En esencia, el Tribunal Supremo dejó claro que el nuevo sistema ideado por Industria ocasionaba pérdidas a las empresas sin remedio, ya que causaba "un desfase entre los costes e ingresos procedentes de la venta del producto al consumidor", unas pérdidas cuya recuperación, además, "no estaba garantizada". En otras palabras: las compañías se vieron obligadas a vender a pérdidas durante el período de vigencia de la orden como resultado de una fórmula que "no se atiene a las normas legales". Con todo, las repercusiones para DISA fueron, si cabe, peores.

Hay que recordar que la energética canaria está en las Islas, para lo bueno y para lo malo, en situación de monopolio en el sector, una situación que no consideró, como tampoco las singularidades del mercado en la región -la distancia con respecto al territorio continental y la insularidad-, el que fuera último gobierno socialista cuando dio el visto bueno a la orden. En el debe de esta posición monopolística está la imposibilidad de abandonar el mercado del Archipiélago a causa del riesgo de desabastecimiento que supondría su adiós. De hecho, DISA alegó "perjuicios patrimoniales" precisamente por su condición, un argumento al que se opuso el abogado del Estado aduciendo pretendidas "medidas compensatorias" como las de apoyo a las compañías que comercializan las bombonas, unas medidas "que se basan en circunstancias hipotéticas y no se concretan". En cualquier caso, los magistrados de la AN no solo entienden que, efectivamente, la empresa sufrió un perjuicio económico, sino que están plenamente de acuerdo en la indemnización sugerida por los peritos de DISA: 9,3 millones de euros más unos 2,7 más en concepto de intereses legales.

Los 12 millones que percibirá la entidad de las arcas públicas -el ejecutivo de Zapatero, paradójicamente, quería "proteger" a los consumidores- incluye tanto el daño patrimonial como el lucro cesante.

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