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El TS avala contratar con terceros si hay una huelga
El Tribunal Supremo avala por primera vez que las empresas clientes de otras compañías con sus trabajadores en huelga contraten los trabajos que tenían suscritos con la sociedad cuyos empleados están en huelga. El Alto Tribunal considera que no se vulnera el derecho a huelga de los trabajadores cuando una compañía cliente, vinculada solamente por esa relación clientelar a la empresa, acuda terceros ante la imposibilidad de que la primera cumpla el contrato.
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