El Congreso acordó elevar los meses de impago que se requieren para que una entidad financiera pueda ejecutar una hipoteca (paso previo a un posible desahucio): si el impago se produce en la primera mitad del préstamo, serán 12 meses, y si es en la segunda mitad del crédito se exigirán 15 meses de deuda.

Así lo han decidido los grupos que debaten la nueva ley hipotecaria, que actualmente se encuentra tramitando en la Cámara baja en fase de ponencia.

El proyecto de ley remitido por el gobierno del PP en noviembre de 2017 diferenciaba el vencimiento anticipado de un contrato en función de si el impago de las cuotas se producía en la primera o en la segunda mitad de la duración del préstamo. Si las cuotas vencidas y no satisfechas se producían en la primera se fijaba que, para ejecutar un contrato, debían suponer el 2% del capital concedido o el equivalente a 9 meses de impago. El acuerdo del Congreso fija estos límites en el 3% y 12 meses de impago.

Si esta situación es en la segunda mitad del préstamo, las cuotas no satisfechas debían equivaler a 12 meses. La nueva ley establecerá que el impago tendrá que suponer el 7% o 15 meses.