La Fiscalía Anticorrupción rechaza aplicar en el juicio por la salida a Bolsa de Bankia la doctrina Botín, que supondría eliminar del proceso a las acusaciones populares, al considerar que el perjuicio derivado de dicha actuación no se limitó solo al Fondo de Reestructuración Bancaria (FROB).

La llamada doctrina Botín fue adoptada por el Tribunal Supremo en 2007 para cerrar el caso de las cesiones de crédito en el que estaba implicado el presidente del Banco Santander, Emilio Botín, y establecía que las acusaciones populares no podían pedir la apertura de juicio oral cuando la Fiscalía y los perjudicados hubieran solicitado el sobreseimiento de la causa.

Ante la sección cuarta de la sala de lo Penal de la Audiencia Nacional, la fiscal Carmen Launa defiende la "relevancia e interés colectivo" de la presunta falsedad de las cuentas "de la cuarta entidad financiera del país", que puso en riesgo el sistema financiero en su conjunto y que exigió 23.000 millones de euros de rescate. Subraya que los delitos que las acusaciones populares y particulares atribuyen tanto al expresidente de Bankia, Rodrigo Rato, como a otras 33 personas, físicas y jurídicas, incluidas la propia entidad y su matriz, "afectan a la comunidad" por lo que avala su legitimidad en la causa.

En opinión de la fiscal, que únicamente acusa a Rato y a los otros tres antiguos administradores del banco -José Luis Olivas, José Manuel Fernández Norniella y Francisco Verdú- de estafa a los inversores, el FROB no fue el único perjudicado, ya que las cuentas ahora cuestionadas fueron "objeto de publicidad evidente". Una "imagen de solvencia" por la que las acusaciones piden penas de hasta 12 años de cárcel para los exdirectivos y el socio auditor y multas millonarias para Bankia, su matriz, BFA y la firma Deloitte.