El Boletín Oficial del Estado (BOE) publicó ayer la norma que limita la venta a pérdida en el comercio minorista y que da cumplimiento a una sentencia del Tribunal de Justicia de la Unión Europea e incorporar "certeza y protección" al conjunto de prácticas comerciales. A partir de ahora las ventas a pérdidas se considerarán desleales cuando sean susceptibles de inducir a error a los consumidores acerca del nivel de precios.