Desde ayer es posible solicitar la devolución de las retenciones practicadas en el Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas (IRPF) de los ejercicios 2016 y 2017 por las ayudas de maternidad y paternidad. En diciembre, la Agencia Tributaria ya habilitó un canal para hacer lo propio con las correspondientes a los dos años anteriores y recibió 672.746 peticiones de reintegro. Las devoluciones se iniciaron en la misma semana en la que se puso en marcha el proceso. El fisco tendrá que reintegrar 83 millones de euros en el Archipiélago, cantidad a la que habrá que sumar la que reclamen los funcionarios y autónomos, que adquirieron el mismo derecho mediante un real decreto ley aprobado por el Consejo de Ministros el pasado viernes.

El Ministerio de Hacienda da cumplimiento así a la sentencia del Tribunal Supremo del pasado 3 de octubre, en la que ratificó una decisión del Tribunal Superior de Justicia de Madrid. Este último órgano judicial consideró que las exenciones previstas para las ayudas por nacimiento, parto o adopción múltiple, hijos a cargo u orfandad debían extenderse también a las de maternidad y paternidad.

En los cuatro años a los que no alcanza la prescripción fiscal, un total de 38.056 mujeres y 33.059 hombres de las Islas asalariados del sector privado han percibido de la Seguridad Social cantidades por estos conceptos. Según los datos que maneja la Agencia Tributaria, cada devolución media por maternidad ascenderá a 1.600 euros, mientras que las de paternidad se sitúan en el entorno de los 383 euros.

A ellos hay que sumar los autónomos y trabajadores públicos que reciben de mutualidades de previsión social sus retribuciones durante los permisos por parto, adopción o guarda y paternidad.

1.200 millones en toda España

Estos dos últimos grupos también pueden interponer ya sus reclamaciones, si bien el cálculo del montante global que les corresponde no está aún desagregado por comunidades autónomas, ya que solo han transcurrido seis días desde que el Gabinete de Pedro Sánchez (PSOE) decidió poner fin a "una situación de discriminación difícilmente justificable" mediante un real decreto ley. Sí hay una cifra global que ya maneja el Ministerio de Hacienda para el país. El total de las devoluciones restará de las arcas públicas 1.200 millones de euros.

La segunda fase -correspondiente a los años 2016 y 2017- puesta en marcha ayer por la tarde beneficiará a más de un millón de personas en toda España; 36.724 de ellas, asalariadas del sector privado en el Archipiélago, 17.436 hombres y 19.288 mujeres.

La Agencia Tributaria ha habilitado en su página web (www.agenciatributaria.es) una pestaña para pedir el reintegro. La vía es válida para todos los grupos afectados. y el proceso idéntico. Las devoluciones se iniciarán en los próximos días, según informó el Ministerio de Hacienda en una nota.

En la misma comunicación, el departamento que dirige María Jesús Montero aclaró que los contribuyentes que hayan sufrido retenciones en las prestaciones por maternidad y paternidad correspondientes a 2018 no tienen que cumplimentar ningún trámite. Al hacer este año la declaración de la renta, las prestaciones ya se incorporarán como rentas exentas y podrán deducir las retenciones.

En su sentencia, la Sección Segunda de la Sala III de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Supremo determinó que las prestaciones públicas por maternidad de la Seguridad Social, que perciben las mujeres trabajadoras durante la baja de 16 semanas tras el nacimiento de un hijo, están exentas del IRPF.

A pesar de que la decisión judicial no hacía mención a los permisos de paternidad, el Ministerio de Hacienda hizo una interpretación extensiva de la sentencia del Tribunal Supremo para englobarlos.

En el formulario on line habilitado por la Agencia Tributaria basta con que los afectados hagan constar el año o los años en los que han percibido la ayuda y el número de cuenta bancaria en el que desean que se les abone la devolución. No es necesario adjuntar un certificado de la Seguridad Social acreditativo de las prestaciones ni ninguna otra documentación adicional. Será el organismo dependiente del Ministerio de Hacienda el que se ponga en contacto con la Seguridad Social para recabar toda la información precisa.

Además de la tramitación telemática, los contribuyentes también pueden presentar el formulario en papel en las oficina de registro de la Agencia Tributaria, lo que conllevará esperas que Hacienda pretende evitar.