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La ley agroalimentaria prohíbe los cultivos transgénicos en las Islas

La norma declara a Canarias como zona libre de organismos modificados genéticamente y prevé que el Gobierno regule la exclusión de estas producciones

Etiquetado de tomates ecológicos. LP/DLP

La declaración de Canarias como zona libre de cultivos transgénicos, aprobada por el Gobierno en 2008, hasta ahora era solo eso, una declaración. Ahora dará un paso más y adquirirá rango legal con la recientemente aprobada Ley de Calidad Agroalimentaria. El texto, que será publicado en los próximos días, recoge que el Ejecutivo regional debe regular, en un plazo máximo de 18 meses, sus competencias en esta materia para hacer efectiva la prohibición de las producciones de organismos genéticamente modificados.

La medida no implica que estos alimentos no se puedan consumir, "siempre que estén debidamente indicados y etiquetados", puntualiza el director del Instituto Canario de Calidad Agroalimentaria (ICCA), José Díaz-Flores. La propuesta partió del propio sector agrario, temeroso del riesgo de contaminación de semillas en un territorio limitado y con una producción de un tamaño no excesivamente grande como la del Archipiélago, aunque finalmente se ha introducido en la ley como consecuencia de las enmiendas planteadas en el trámite parlamentario por Coalición Canaria y Podemos. "Toca cultivar lo que hemos cultivado siempre", apunta Díaz-Flores.

La Ley de Calidad Agroalimentaria, explica el director del organismo adscrito a la Consejería de Agricultura del Gobierno autonómico, nace con la idea de satisfacer las necesidades de los consumidores, que reclaman "garantías de calidad", del sector primario y también de la propia Administración, que con la nueva norma se dota de herramientas para cubrir vacíos legales y realizar una labor "más eficaz y eficiente".

Al margen del siempre polémico asunto de los transgénicos, la Ley introduce novedades en el etiquetado de los productos, entre ellos las menciones a su elaboración artesanal o a producciones específicas, como el vino de frutas -mora o plátano-, el de finca, el almogrote, el gomerón o el sirope de palma.

La norma autonómica también incide en la limitación de la denominación guachinche para evitar la "competencia desleal" con estos establecimientos de restauración, destinados a la comercialización temporal de vino de cosecha propia. Lo hace mediante la modificación del decreto de 2013, que contemplará que los locales que actúen como guachinches sin serlo -que han proliferado en los últimos años- deberán cesar en el uso de este término en el plazo de un año. Además, la Administración ha acordado con el sector dejar de emplear el distintivo atribuido hasta ahora a estos establecimientos, la 'V' de vino, para sustituirlo por una 'G'.

Otro de los aspectos novedosos de la nueva regulación es la creación del Consejo Canario de Control de la Cadena Alimentaria, un órgano formado por representantes de distintos departamentos que da carácter obligatorio a la colaboración, hasta ahora voluntaria, que se establecía en esta materia. Según el director del Instituto Canario de Calidad Agroalimentaria (ICCA), este órgano "hará más eficiente y eficaz la labor de inspección y control".

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