El Gobierno, dentro de las nuevas medidas laborales ha validado un Real Decreto Ley sobre igualdad que está resultando de gran calado para las empresas. Los despachos de abogados estamos recibiendo un aluvión de consultas por las dudas que les plantean esta nueva norma, que modifica de forma sustancial el marco salarial y que aboca a renegociar convenios.

En primer lugar, se amplía sustancialmente la obligación de negociar planes de igualdad en las empresas. Aquellas que tengan más de 50 trabajadores estarán obligadas a elaborar y aplicar un plan de igualdad, que hasta ahora sólo era preceptivo para las empresas de más de 250 empleados, es decir, para unas 4.500. Ahora bien, se establece un periodo transitorio para dar cumplimiento a esta obligación legal. Las empresas con más de 150 trabajadores tendrán un periodo transitorio de 1 año para la aprobación de los planes de igualdad; las empresas entre 100 y 150 trabajadores tendrán un periodo transitorio de 2 años; las empresas con más de 50 y hasta 100 trabajadores tendrán un periodo transitorio de 3 años para dar cumplimiento a la norma. Este plazo comenzará a contarse desde la publicación del Real Decreto ley en el BOE del 7 de marzo de 2019.

Según el Instituto Nacional de Estadística en la provincia de Las Palmas existen unas 650 empresas con más de 50 trabajadores, empresas que se ven afectadas directamente por este cambio normativo y que deberán proceder a negociar planes de igualdad de acuerdo con el periodo transitorio antes indicado.

En la elaboración del Plan de Igualdad, las empresas estarán obligadas a realizar un diagnóstico sobre los siguientes aspectos: proceso de selección; clasificación profesional; formación y promoción profesional; condiciones de trabajo, incluida la denominada 'Auditoría salarial entre hombres y mujeres'; ejercicio corresponsable de los derechos de la vida personal, familiar y laboral; infrarrepresentación femenina; retribuciones; prevención del acoso sexual y por razón de sexo. El diagnóstico deberá ser negociado con la representación de los trabajadores. Finalmente, los planes de igualdad deberán ser inscritos en un registro que se creará al efecto en el Ministerio de Trabajo.

Por otro lado, a partir de ahora, antel la obligación de pagar el mismo salario por trabajos de igual valor, las empresas con más de 50 empleados tendrán que llevar también un registro salarial, que deberá presentarse desagregado por sexo y distribuido por grupos profesionales, categorías profesionales o puestos de trabajo de igual valor.

María del Mar Ropero Campos. Socia directora Sagardoy Abogados en Las Palmas de Gran Canaria