El Instituto Nacional de la Seguridad Social ha comenzado a aplicar una nueva forma de cálculo en las solicitudes de pensiones por trabajo a tiempo parcial y ha anunciado que revisará 8.500 casos, de los que alrededor de 2.200 pueden incrementarse hasta un 4%. Se han incorporado así las indicaciones del Tribunal Constitucional que, a principios de julio, declaró nula la norma para calcular la pensión de jubilación en el trabajo a tiempo parcial al considerarla discriminatoria, informa en un comunicado el Ministerio de Trabajo.

Desde el pasado lunes, se consideran días naturales los cotizados a tiempo parcial, mientras que hasta ahora se computaban reducidos en función de la parcialidad del empleo. Los nuevos criterios, según el Ministerio, se aplican tanto a las nuevas solicitudes de pensión que se presenten como a las ya reconocidas y cuya resolución aún no sea firme en vía administrativa.

Supondrá revisar de oficio alrededor de 8.500 de las ya reconocidas y con resolución no firme, de las que cerca de 2.200 pueden verse incrementadas en torno a un 4%, detalla la fuente. El resto mantendrá el importe inicial por distintas razones: cerca de 3.500 no tendrán incremento de cuantía por haber alcanzado inicialmente el 100%; otras 800 no tendrán incremento porque la parcialidad de la jornada era del 67% o superior y cerca de 2.000 perciben un complemento a mínimos, que será absorbido por la subida.

El Constitucional consideró injustificada la doble penalización que suponía en el derecho a la jubilación de quienes han trabajado a tiempo parcial la fórmula de cálculo, de 1998 y adaptada en 2014.

La forma de computar los días cotizados era doblemente discriminatoria, ya que las bases de cotización que se toman para calcular la pensión de los empleados a tiempo parcial ya son inferiores a las de tiempo completo. Además, el Tribunal considera que se produce una discriminación indirecta por sexo, dado que el empleo a tiempo parcial lo desempeñan mayoritariamente las mujeres.