El TC convalida el decreto del alquiler de viviendas aunque obliga a hacer cambios
Europa Press
El Tribunal Constitucional ha estimado en parte el recurso de inconstitucionalidad presentado por el Partido Popular contra el real decreto ley de 1 de marzo de 2019 de medidas urgentes en materia de vivienda y alquiler, declarando nulas dos disposiciones adicionales, entre ellas la que pretendía movilizar suelo público para promover vivienda en alquiler social mediante la colaboración público-privada.
En concreto, según un avance de la sentencia,l Tribunal anula la disposición adicional primera, que pretendía reorientar el Plan Estatal de Vivienda para apoyar exclusivamente el disfrute de vivienda en régimen de alquiler y alcanzar acuerdos con las administraciones para agilizar las licencias urbanísticas.
Asimismo, esta disposición barajaba la modulación de los instrumentos financieros del Plan Estatal de Vivienda con el fin de promover los mecanismos público-privados para atender las necesidades de alquiler social y asequible, particularmente mediante la cesión de derecho de superficie sobre suelo público.
Por su parte, el Constitucional también anula la disposición adicional tercera de convenios en materia de infraestructuras cuyo objeto sea la ejecución de obras de transporte terrestre, aéreo y marítimo.
La disposición contemplaba que tendrán la duración que corresponde al programa de ejecución o financiación de estas infraestructuras y que deberán incorporarse como anexo a la memoria justificativa del convenio, cuyo plazo inicial no podrá superar los diez años.
Índice de precios
Sin embargo, el Tribunal ha desestimado el recurso de inconstitucionalidad interpuesto por el PP en todo lo demás, por lo que permite al Ejecutivo elaborar un sistema estatal de índices de referencia de precios para viviendas, que se utilizará para hacer un seguimiento del mercado y servir de soporte a medidas de carácter fiscal.
El decreto, aprobado en marzo de 2019, también limitaba las subidas anuales del precio durante la duración del contrato firmado al incremento del IPC y ampliaba a cinco y siete años la duración de los contratos.
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