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Crisis del coronavirus Aclaraciones a las restricciones

¿Se puede coger el coche para comprar en supermercados de otro municipio?

El Centro de Coordinación de Seguridad de Canarias resuelve dudas sobre la interpretación de los límites aprobados en el estado de alarma

Un ciudadano espera su turno en la puerta de una entidad bancaria. JUAN CASTRO

Dos semanas han pasado desde que se empezaran a aplicar las limitaciones incluidas en el real decreto del estado de alarma que aprobó el Consejo de Ministros, pero todavía hoy los canarios tienen muchas dudas en cuanto a lo que se puede hacer y lo que no. Y las dudas conllevan sanciones. Por ello, el pasado jueves el Centro de Coordinación de Seguridad de Canarias se reunió y aclaró la interpretación de algunas de las normas que han generado mayor incertidumbre en la población. La Delegación del Gobierno en las Islas ha hecho público un documento orientantivo que resume las respuestas a las dudas de los canarios.

Una de la aclaraciones se refiere al movimiento de los ciudadanos y especifica que el desplazamiento a supermercados de grandes superficies de un municipio cercano estará permitido siempre que el objetivo del viaje sea adquirir productos de primera necesidad. Las autoridades , aunque aclaran en el escrito que aprueban este tipo de desplazamientos, apelan al "sentido común" de los ciudadanos a la hora de llevarlos a cabo.

¿Cuántas personas pueden ir en un vehículo que tiene hasta nueve plazas?

En los vehículos de hasta nueve plazas -incluido el conductor- se respetará que vaya como máximo una persona por cada fila de asientos, manteniéndose la mayor distancia posible entre los ocupantes. Esto solo se permitirá en los casos tasados por el real decreto: cuando se acompañe a personas con discapacidad, menores, mayores, o por otra causa justificada. Y se aplicará en todo tipo de vehículos, ya sea en transportes públicos, privados complementarios o particulares de personas.

¿Cuántas personas pueden ir en la cabina de los transportes de mercancías por carretera?

Estará permitido que vayan dos personas en la cabina del vehículo cuando sea necesario por razón del tipo de transporte a realizar. En todo caso, tendrán que llevarse a cabo las medidas e instrucciones de protección indicadas por el Ministerio de Sanidad referidas a evitar el contagio del Covid-19. La misma regla de las dos personas se aplica a servicios esenciales como las fuerzas y cuerpos de seguridad, los bomberos, las ambulancias, el personas del área de medio ambiente, etc.

¿A qué servicios pueden acceder los transportistas profesionales de mercancías?

La labor de los transportistas de mercancías no para durante el estado de alarma, por lo que el Gobierno ha determinado que el sector debe contar con una serie de servicios para poder cumplir con su función. Los establecimientos de suministro de combustible que dispongan de servicio de aseo deberán facilitar su uso a los conductores profesionales. Los centros de carga y descarga que cuente con este tipo de instalaciones, también deberán facilitar en la medida de lo posible su uso a los conductores profesionales que realicen operaciones en ellos. Además, para posibilitar los descansos adecuados en medio de la conducción de los trabajadores durante su jornada de trabajo -imprescindibles para poder llevar a cabo las operaciones de transporte-, aquellos establecimientos que dispongan de cocina, servicios de restauración, o expendedores de comida preparada, deberán facilitar al transportista profesional un servicio de catering.

¿Existen condiciones para el desarrollo del servicio de recogida municipal de residuos sólidos en contenedor?

Temporalmente se permitirá que vayan tres personas en la cabina del vehículo cuando por razones de seguridad no puedan ir sujetas a la parte trasera, y deberán llevar mascarilla y guantes en todos los municipios de Canarias.

¿Los mercadillos agrícolas no ambulantes pueden abrir?

Los mercadillos agrícolas estarán permitidos cuando se vendan insumos y alimentos agrícolas y siempre que tengan una estructura fija de establecimiento. A pesar de ello, las autoridades aclaran que uno de los objetivos principales de las medidas es evitar aglomeraciones, por lo que en todo caso se atenderá a las recomendaciones de las autoridades sanitarias y a los criterios para realizar los desplazamientos. Lo que está prohibido, sin excepciones, son los mercadillos ambulantes.

¿Los herbolarios están abiertos durante el estado de alarma?

Para los herbolarios se aplica el mismo criterio que para las parafarmacias, su apertura al público no está suspendida siempre que vendan exclusivamente los productos autorizados por el real decreto en su artículo 10.1. Es decir, alimentos, bienes de primera necesidad, productos higiénicos, etc.

¿Y los estancos o quioscos?

La apertura de estancos y quioscos está permitida en el real decreto aprobado por el Consejo de Ministros. Estos establecimientos podrán vender los productos autorizados por el mismo texto (alimentación, bebida, prensa y papelería, etc).

¿Qué ocurre durante los días de confinamiento con las finca o exportaciones agrícolas y ganaderas particulares?

El texto aprobado por el Ejecutivo permite a los ciudadanos trasladarse hasta sus fincas para alimentar a los animales o cuidar los cultivos. Siempre respetando el resto de límites planteados como el número de personas por vehículo.

¿La actividad de pastoreo está permitida?

El Ejecutivo autoriza a los ganaderos que viniesen ejerciendo la actividad de pastoreo de forma regular a continuar haciéndola siempre que lo hagan en los lugares en los que solían hacerlo de manera habitual.

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