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La pandemia ‘secuestra’ más de 1.132 millones que iban a invertirse en las Islas

Patronales y asesores fiscales solicitan un año de gracia para materializar la RIC que dotaron en 2016 | Canarias remitió las demandas a Madrid y no obtiene respuesta

María Jesús Montero. EP

Un total de 1.132,5 millones correspondientes a la dotación que los empresarios realizaron a la Reserva para Inversiones de Canarias (RIC) en 2016 están pendientes de una excepción normativa que les permita invertirlos un año más tarde de los habituales cuatro que marca la ley. Argumentan que los problemas generados por la pandemia hacen prácticamente imposible que proyecten operaciones expansivas este año. De no concederse dicho periodo de gracia, las mercantiles tributarán por el Impuesto sobre Sociedades de dicho ejercicio y llevarán a su caja la cantidad restante del beneficio obtenido (en torno al 70%), pero ya sin la obligación de crear nuevos negocios o mejorar los existentes, lo que aleja la posibilidad de generar empleo.

El tiempo corre, se acerca el final del año y los empresarios se preguntan cómo deben actuar para no enfrentarse a posteriores sanciones. Las patronales canarias –CCE y CEOE– y la Asociación Española de Asesores Fiscales (AEAF) prepararon un documento en el se exponen los motivos que llevan a solicitar a Madrid cambios en las normas por las que se rige la fiscalidad canaria.

El Gobierno de Canarias remitió el 7 de agosto a la Dirección General de Tributos, dependiente del Ministerio de Hacienda que dirige María Jesús Montero, la petición formal. Casi dos meses después, no hay respuesta. “Insistiremos, claro”, señaló el viceconsejero de Hacienda, Planificación y Asuntos Europeos del Ejecutivo autonómico, Fermín Delgado.

La RIC es una figura contenida en el Régimen Económico y Fiscal Canario (REF) que permite la capitalización de las empresas orientada a la inversión. En lugar de tributar por los beneficios obligatoriamente como en el resto del país, los empresarios pueden guardar el 90% del resultado positivo que no distribuya con el compromiso de invertirlo en nuevos proyectos que deben estar funcionando antes de que transcurran cuatro años.

Imposible este año

El asesor fiscal Orlando Luján expone un caso práctico que requiere de un retoque para que exista seguridad jurídica. “Pensemos que alguien decide, por ejemplo, en una discoteca. No puede ponerla en marcha porque hoy por hoy el ocio nocturno es una actividad que no se puede desarrollar. ¿Está incurriendo ese sujeto en un incumplimiento? Lógicamente hay que pensar que no, que le impide abrir una norma, pero si no se hacen los cambios que pedimos, pueden surgir problemas con la inspección”, relata.

Cierto es que el emprendedor del ejemplo habría tenido tres años antes para materializar la dotación que hizo a la RIC, pero no lo es menos que nadie le advirtió de que el cuarto periodo fiscal sería prácticamente inhábil por la llegada de un coronavirus. En la práctica, la mayoría de las dotaciones cristalizan en el cuarto año, de ahí que quepa decir que son la mayoría, si no todos, de los 1.132,5 millones los pendientes de invertirse.

Acogerse tanto a la RIC como a la DIC (Deducción por Inversiones de Canarias), que bonifica determinadas inversiones, conllevan además un compromiso de mantenimiento del empleo. En torno a esto surge otro interrogante que también aguarda respuesta. “¿Si la crisis se ha llevado por delante mi negocio y lo he tenido que cerrar, estoy incumpliendo ese compromiso?”, se pregunta el secretario general de la Confederación Canaria de Empresarios (CCE), José Cristóbal García.

En el mismo orden de cosas, cabria preguntarse por el retraso que sufrirán las obras de construcción financiadas o cofinanciadas con dinero procedente de la RIC. ¿Se tomará como una superación de los plazos legalmente previstos si no estás terminadas al final del año o se tendrá en cuenta que los trabajaos tuvieron que pararse cuando la situación sanitaria obligó a ello?

En cualquier caso, siendo de los más importantes, la RIC es solo un ejemplo que sirve para entender de qué manera el parón de la actividad productiva y el impacto que sobre ella ha tenido el coronavirus afecta a los plazos de muchos otros aspectos contenidos en el REF. Todos ellos se reflejaron en el documento remitido a Madrid.

El texto divide las peticiones en dos bloques. El primero de ellos es el que contiene la necesidad de ampliar los tiempos recogidos en la norma para salvar el obligado paréntesis de este 2020. En concreto, el Gobierno canario solicita a la Dirección General de Tributos “la suspensión o ampliación de los plazos, tanto para la realización y puesta en funcionamiento de las inversiones, y de la creación de empleo, como de la permanencia de las mismas”.

En el capítulo concreto del mantenimiento del empleo, el escrito alude a “la opción de no computar el empleo durante el período impositivo de vigencia del estado de alarma a cambio de que se incremente en uno el plazo de mantenimiento del incremento de la plantilla media total”. Es decir, exponen su deseo de que no se compute ningún recorte de personal relacionado con la pandemia, mientras que se dan un año para recuperar el volumen habitual de personal con que contaban en los últimos ejercicios.

Lo cierto es que el Gobierno central tiene en la agenda de este año una cita obligada con las especificidades fiscales de las Islas. La Zona Especial Canaria (ZEC), el área de baja tributación creada para atraer inversiones, caduca este 2020. Ese fue el plazo que se dio cuando se sometió su existencia al examen de las autoridades europeas. Ahora bien, hay que cambiar la norma en vigor para que continúa teniendo vigencia.

“Bruselas autorizó la prórroga de las ayudas de estado hasta 2023”, relata el viceconsejero canario de Hacienda, Planificación y Asuntos Europeos. Ninguna duda sobre la asunción de este hecho por parte de Madrid. Lo que se pretende es que en el momento en el que se abra en el Ministerio de Hacienda la carpeta de los asuntos canarios se acometan ya todas las modificaciones que devuelvan a las herramientas fiscales contenidas en el REF su verdadera naturaleza.

El cambio en la ZEC también se recoge en el escrito remitido a Madrid, que alerta de la obligación de adaptar el “plazo relativo a las inversiones anticipadas y las fechas límites tanto del régimen de la ZEC como para la autorización de inscripción” en el registro de entidades que la integran.

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