Tras la reunión celebrada esta semana del Consejo de Ministros, el Boletín Oficial del Estado (BOE) ha publicado hoy el listado definitivo de las actividades que podrán acogerse a recibir el nuevo paquete de ayudas del Gobierno para empresas y autónomos. De los 11.000 millones de euros previstos, 7.000 representarán ayudas directas para las que los solicitantes deberán cumplir con todos los requisitos. La gestión recaerá sobre las comunidades autónomas que firmarán los convenios a lo largo de este mes y que recibirán los fondos diez días después de la rúbrica. Las ayudas se pagarán a lo largo de este año.

Los sectores que podrán acogerse a este tipo extraordinario de ayudas son, entre otros, como edición de periódicos, bares, restaurantes, comercios, cines, gimnasios y locales de apuestas. De estos 7.000 millones, 5.000 irán a las comunidades autónomas peninsulares, mientras que los restantes irán a Canarias y Baleares. El reparto se hará en función del peso de cada comunidad en la caída del PIB, el desempleo y el desempleo juvenil.

El reparto

Para poder recibir estas ayudas, las empresas y autónomos deben estar domiciliados en España y haber registrado en el ejercicio 2020 una caída de más del 30% en su volumen de operaciones anual con respecto a 2019. Además, el destino de las ayudas deberá ser primero para el pago a proveedores y después para el pago de deudas bancarias, con prioridad por las que tienen aval público.

Las empresas en régimen de estimación objetiva podrán recibir hasta 3.000 euros, mintras que las que tengan un régimen de estimación directa con con un máximo de diez empleados podrán recibir un 40% de las pérdidas. Las que tengan más empleados, un 20%, con una subvención que no podrá ser menor de 4.000 euros ni superior a los 200.000 euros. Otra partida de 3.000 euros estará destinada a transferencias del Gobierno para liquidar parte de las deudas avaladas por dinero público, para extender o aligerar esos créditos. La tercera, de 1.000 millones, es un fondo de recapitalización destinado a ayudar a empresas viables pero con problemas por la crisis económica. 

Las ayudas van condicionadas a mantener la actividad hasta el 30 de junio de 2022, no pueden repartir dividendos ni este año ni el que viene ni subir el sueldo a la dirección en dos años.

En total son 95 los sectores de actividades económicas que pueden beneficiarse de las ayudas fijadas por el Gobierno.

Actividades elegidas

Extracción de minerales de hierro.

Elaboración de helados.

Elaboración de café, té e infusiones.

Destilación, rectificación y mezcla de bebidas alcohólicas.

Elaboración de sidra y otras bebidas fermentadas a partir de frutas.

Confección de otras prendas de vestir exteriores.

Confección de otras prendas de vestir y accesorios.

Fabricación de artículos de peletería.

Confección de otras prendas de vestir de punto.

Artes gráficas y servicios relacionados con las mismas.

Otras actividades de impresión y artes gráficas.

Servicios de pre-impresión y preparación de soportes.

Encuadernación y servicios relacionados con la misma.

Reproducción de soportes grabados.

Fabricación de explosivos.

Producción de metales preciosos.

Fabricación de instrumentos de óptica y equipo fotográfico.

Fabricación de cables de fibra óptica.

Fabricación de artículos de joyería y artículos similares.

Fabricación de artículos de bisutería y artículos similares.

Reparación y mantenimiento aeronáutico y espacial.

Suministro de vapor y aire acondicionado.

Intermediarios del comercio de textiles, prendas de vestir, peletería, calzado y artículos de cuero.

Intermediarios del comercio de productos alimenticios, bebidas y tabaco.

Comercio al por mayor de cueros y pieles.

Comercio al por mayor de bebidas.

Comercio al por mayor de azúcar, chocolate y confitería.

Comercio al por mayor de café, té, cacao y especias.

Comercio al por mayor de pescados y mariscos y otros productos alimenticios.

Comercio al por mayor, no especializado, de productos alimenticios, bebidas y tabaco.

Comercio al por mayor de porcelana, cristalería y artículos de limpieza.

Comercio al por mayor de artículos de relojería y joyería.

Otro comercio al por menor en establecimientos no especializados.

Comercio al por menor de pan y productos de panadería, confitería y pastelería en establecimientos especializados.

Comercio al por menor de bebidas en establecimientos especializados.

Comercio al por menor de ordenadores, equipos periféricos y programas informáticos en establecimientos especializados.

Comercio al por menor de textiles en establecimientos especializados.

Comercio al por menor de periódicos y artículos de papelería en establecimientos especializados.

Comercio al por menor de prendas de vestir en establecimientos especializados.

Comercio al por menor de calzado y artículos de cuero en establecimientos especializados.

Comercio al por menor de artículos de relojería y joyería en establecimientos especializados.

Comercio al por menor de productos textiles, prendas de vestir y calzado en puestos de venta y en mercadillos.

Comercio al por menor de otros productos en puestos de venta y en mercadillos.

Otro comercio al por menor no realizado ni en establecimientos, ni en puestos de venta ni en mercadillos.

Transporte terrestre urbano y suburbano de pasajeros.

Transporte por taxi.

Tipos de transporte terrestre de pasajeros n.c.o.p.

Transporte marítimo de pasajeros.

Transporte de pasajeros por vías navegables interiores.

Transporte aéreo de pasajeros.

Actividades anexas al transporte terrestre.

Actividades anexas al transporte marítimo y por vías navegables interiores.

Actividades anexas al transporte aéreo.

Hoteles y alojamientos similares.

Alojamientos turísticos y otros alojamientos de corta estancia.

Campings y aparcamientos para caravanas.

Otros alojamientos.

Restaurantes y puestos de comidas.

Provisión de comidas preparadas para eventos.

Otros servicios de comidas.

Establecimientos de bebidas.

Edición de periódicos.

Actividades de exhibición cinematográfica.

Actividades de fotografía.

Alquiler de automóviles y vehículos de motor ligeros.

Alquiler de camiones.

Alquiler de artículos de ocio y deportivos.

Alquiler de cintas de vídeo y discos.

Alquiler de otros efectos personales y artículos de uso doméstico.

Alquiler de maquinaria y equipo de oficina, incluidos ordenadores.

Alquiler de medios de navegación.

Alquiler de medios de transporte aéreo.

Alquiler de otra maquinaria, equipos y bienes tangibles n.c.o.p.

Actividades de las agencias de viajes.

Actividades de los operadores turísticos.

Otros servicios de reservas y actividades relacionadas con los mismos.

Actividades de fotocopiado, preparación de documentos y otras actividades especializadas de oficina.

Organización de convenciones y ferias de muestras.

Otras actividades de apoyo a las empresas.

Artes escénicas.

Actividades auxiliares a las artes escénicas.

Gestión de salas de espectáculos.

Actividades de museos.

Gestión de lugares y edificios históricos.

Actividades de los jardines botánicos, parques zoológicos y reservas naturales.

Actividades de juegos de azar y apuestas.

Gestión de instalaciones deportivas.

Actividades de los gimnasios.

Otras actividades deportivas.

Actividades de los parques de atracciones y los parques temáticos.

Otras actividades recreativas y de entretenimiento.

Reparación de calzado y artículos de cuero.

Reparación de relojes y joyería.

Lavado y limpieza de prendas textiles y de piel.

Actividades de mantenimiento físico.