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El Supremo ratifica los seis millones de multa a Endesa por el cero de 2013

El Gobierno canario sancionó a la operadora por el apagón de La Palma | El tribunal expresa que la empresa está obligada a conservar sus instalaciones

Trabajos de mantenimiento en altura de redes de Endesa.

Casi ocho años después el Tribunal Supremo da carpetazo al contencioso judicial abierto a raíz de la sanción de seis millones de euros impuesta por el Gobierno canario a la compañía Endesa por el apagón que sufrió La Palma en diciembre de 2013. El alto tribunal desestima el recurso de casación interpuesto por la operadora a la decisión del Tribunal Superior de Justicia de Canarias (TSJC) de avalar el decreto del Ejecutivo que consideró una falta muy grave el fallo de los equipos, que prolongó el cero energético varias horas, y que fue recurrido en su momento. El Supremo no solo rechaza el recurso sino que condena a Unelco-Endesa a pagar las costas del procedimiento.

El apagón se produjo en medio de un fuerte temporal acompañado de rayos y truenos que tuvo lugar en La Palma la madrugada del 11 al 12 de diciembre de 2013. La compañía eléctrica achacó el incidente a un rayo que cayó sobre una línea de media tensión, si bien el Gobierno primero y la Justicia después no sancionan a Endesa por este hecho, sino por los fallos del equipo que debía restablecer el suministro de energía eléctrica en la isla bonita y que no respondió, dejando a los palmeros sin luz durante más de tres horas, aunque en algunos puntos de la isla el apagón se prolongó más tiempo.

6 Seis millones de sanción

  • El Ejecutivo regional puso a Endesa la máxima sanción que contempla la ley 54/1997 del sector eléctrico al considerar negligente la actuación de la operadora por fallos en los equipos.

El auto del Tribunal Supremo establece la obligatoriedad de la compañía de mantener las instalaciones en adecuadas condiciones de conservación e idoneidad técnica al margen de otro tipo de consideraciones que Endesa explica en su recurso, pero que el fallo judicial relega en aplicación de la ley del sector eléctrico. La empresa considera «desproporcionada» tanto la tipificación de la falta como «muy grave» como los seis millones de euros impuestos como sanción.

Para el alto tribunal los hechos relatados por la recurrente no revisten interés para una casación que genere jurisprudencia porque la ley es clara y la falta de instrucciones por parte de la Administración o de los gestores de la red de transporte y distribución «no exime» a la empresa de su obligación de mantener los equipos e instalaciones en adecuadas condiciones para hacer frente a una emergencia de estas características.

3,5 Apagón prolongado

  • El apagón se produjo cerca de las 3.00 de la madrugada del 12 de diciembre de 2013 y se prolongó más de tres horas y media ya que el suministro se restableció de forma paulatina

La Sala de lo Contencioso Administrativo del TSJC había fallado en diciembre de 2019 en contra de las tesis de Unelco-Endesa en su recurso contra el decreto del Gobierno regional. El auto judicial considera proporcional la sanción y correcta la calificación de conducta como infracción muy grave porque concurrió riesgo para la garantía del suministro y de bienes que sufrieron deterioro por la falta de suministro eléctrico. Además, al afectar a la totalidad de la isla, afectó a un número importante de abonados, además de persistir durante más de tres horas y media, no siendo el primer apagón general que se producía en la isla en los últimos años, según recoge el auto que el Supremo suscribe en su totalidad.

La eléctrica exponía en su recurso que durante el incidente no recibió ningún tipo de instrucción para el restablecimiento del suministro de energía.

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