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Nuevo golpe a AENA en su batalla con los comercios aeroportuarios

Una jueza de Madrid mantiene las medidas cautelares e impide al operador ejecutar los avales de sus inquilinos para cobrar las rentas

Clientela en uno de los establecimientos comerciales del aeropuerto de Gran Canaria. | | LP/DLP

Nuevo golpe a los intereses de AENA en la batalla que mantiene con las empresas que explotan los locales comerciales y de hostelería de la red de aeropuertos españoles, incluidos los canarios. El operador aeroportuario demandaba que la judicialización del proceso no detuviera el pago de las rentas mínimas garantizadas por parte de los arrendatarios, pero la jueza se ha mantenido en su posición y ha afeado a la empresa mixta de mayoría pública el doble rasero que, en su opinión, aplica.

Sociedad de Distribución Comercial Aeroportuaria de Canarias (Canariensis) y su matriz, la multinacional World Duty Free Group, solicitaron medidas cautelares hasta el momento en que los tribunales decidan sobre el fondo de la cuestión. AENA amenazaba con ejecutar los avales depositados por dichas empresas cuando concurrieron a los concursos de adjudicación. La magistrada Lucía Legido, titular del Juzgado de Primera Instancia de Madrid número 39, aceptó la petición condicionándola al depósito de 27,47 millones de euros.

Sin embargo, AENA consideró que no había lugar a otra cuestión que no fuera el pago de los alquileres. Una parte de estos está condicionada por las ventas, pero, para el caso de que la facturación no sea la deseada, las partes aceptaron la existencia de unas rentas mínimas e independientes de la marcha de los negocios.

El auto recoge que el operador sí está dispuesto a renegociar cuando eso le beneficia

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Al estallar la pandemia, las tiendas de los aeropuertos solicitaron una renegociación de los contratos para adaptarlos a la caída del 80% del tráfico aéreo. Existieron esas conversaciones y, de hecho, las empresas de alquiler de vehículos llegaron a firmar un nuevo acuerdo que está plenamente operativo desde el final de 2020.

A punto estuvieron de hacerlo todas las restantes compañías, pero a última hora se truncó el diálogo y AENA lanzó un plan unilateral que contempla unas rebajas sobre lo previsto que muchos de los comercios de los aeropuertos consideran insuficientes. Además, con la amenaza de recargos y ejecución de avales si no pagan. Los arrendatarios decidieron entonces conducir el conflicto hasta las manos de los tribunales.

Han sido ya varias las resoluciones opuestas a las pretensiones de AENA. En esta última, un auto fechado el 4 de junio, la magistrada Legido afea además algunos de los argumentos puestos por la empresa pública sobre la mesa. Si adoptó las cautelares demandadas por Canariensis y World Duty Free Group sin dar audiencia a las partes en conflicto, en esta ocasión quiso conocer los motivos que llevaron al operador aeroportuario a oponerse a su decisión.

Los letrados de AENA invocaron una sentencia del Tribunal Supremo de 2019 en la que se rechazó la intención de una empresa hotelera de obtener una rebaja en el alquiler por no cumplirse las expectativas en cuanto a la llegada de clientes. El contrato entre las partes tenía un tramo variable en función de la ocupación y uno fijo, un mínimo garantizado. Muy similar por tanto a la relación que motiva el conflicto entre AENA y sus inquilinos.

La magistrada señala que los contratos incluyen la revisión ante "circunstancias extraordinarias"

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La magistrada, sin embargo, apunta en el auto que los abogados de AENA olvidan que en sus contratos con las empresas que explotan los locales de los aeropuertos «se introdujo la posibilidad de modular los respectivos compromisos contractuales (muy especialmente el relativo a las rentas mínimas garantizadas) en razón de circunstancias extraordinarias». A ello, añade que en los contratos que prorrogó en 2020 la propia AENA se comprometió a tener en cuenta los efectos de la crisis. Incluso, «en su caso, negociar y acordar las modificaciones contractuales que procedan, incluyendo las de las rentas fijas y la renta mínima garantizada anual».

Incluso, la magistrada-jueza afea el doble rasero por el que se rige AENA, que sí está dispuesta a renegociar «cuando a ella le revierte beneficios». De esa manera, la titular del número 39 de Primera Instancia de Madrid se refiere a «la gestión de la subvención solicitada y concedida por el Gobierno de Murcia».

El aeródromo murciano es propiedad de aquella comunidad autónoma, que lo tiene arrendado al operador aeroportuario. Con la caída del tráfico, este solicitó al Ejecutivo regional una revisión del acuerdo que les unía (en argot, cláusula rebus ). Legido Gil incide en la, al menos aparente, contradicción.

En conclusión, para la jueza resulta «claro que el posicionamiento de la demandada [AENA] en este punto parece anclado en unas coordenadas fácticas que no toman en consideración la extraordinariedad de la crisis propiciada por la pandemia por Covid, abocando a las entidades arrendatarias a una situación de nulos ingresos corrientes, por cierre de las tiendas y de los aeropuertos, con perpetuación de unos compromisos económicos». Es decir, la facturación se ha desplomado y entiende que por ello es necesario renegociar los contratos.

Remate de la privatización

Cs insta completar la privatización de la gestión de los controladores aéreos y sacar a concurso el servicio de tránsito en los 21 aeropuertos en los que esta actividad aún está gestionada por Enaire. En una proposición no de ley presentada en el Congreso señala que, once años después de la privatización de estos servicios, son mayoría los aeródromos donde Enaire presta aún esos servicios, frente a los 18 aeropuertos de Aena que ya cuentan con un proveedor designado por concurso.| EP

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