¿A la segunda será la vencida? En 2010 las cinco principales operadoras del mercado Español firmaron un acuerdo para restringir las malas prácticas, pero de poco sirvió. Esta semana, con la esperanza de retomar las buenas intenciones, Telefónica, Orange, Vodafone, MásMóvil y Euskaltel han cerrado un nuevo código deontológico. Se trata de poner coto a esas llamadas para ofertas o ventas por teléfonos a horas socialmente consideradas sagradas.
El teléfono debería pues quedar mudo para las prácticas comerciales hasta las nueve de la mañana, después de las 21.00, los sábados, domingos y festivos. Además, adicionalmente, a lo largo de los próximos meses, y como máximo a partir del 1 de enero de 2022, deben ajustar sus planes de trabajo para parar entre las 15.00 y las 16.00 horas. La sana y afamada siesta debe, pues, hacerse sin interrupciones.
Las telefónicas aseguran que tienen la voluntad de que, esta vez sí, sus buenas intenciones no caigan en saco roto por mor de la competencia. De hecho, las grandes cinco han invitado a unirse al acuerdo a otros operadores y constituirán un comité de seguimiento que se reunirá con periodicidad semestral para compartir y revisar la marcha de este código y, si hiciera falta, actualizar y adaptar su contenido.
Entre las nuevas medidas se encuentra el control a través de auditorías de las actuaciones de distribuidores y otras plataformas de emisión de llamadas que utilicen medios engañosos, fraudulentos ni, en general, desleales.
También se aumentará el control para que no se puedan obtener datos del consumidor ni contestaciones interpretables como una aceptación a cambio de la operadora, así como obtener del consumidor cualquier otro comportamiento económico. Además, añade el acierdo, se aumentarán las garantías para evitar contactos a clientes inscritos en la ‘Lista Robinson’ –inscribirse en ella evita recibir publicidad de entidades o empresas a las que no se haya dado consentimiento expreso para ello–.
Otras medidas incluidas entre las de buenas prácticas que prometen instaurar son la limitación de llamadas, hasta un máximo de tres mensuales, en el caso de los clientes no contactos y, en caso de que un cliente no esté interesado, no se le volverá a llamar en al menos un trimestre; se ofrecerá al consumidor una llamada de vuelta (callback) si en el momento del contacto el mismo no pudiera tener la conversación comercial.
Asimismo, el usuario deberá conocer siempre el número desde el que le llaman, la marca comercial que le está contactando y el motivo exclusivamente comercial.
Igualmente, aunque visto desde hoy parece una quimera, según el nuevo código deontológico el consumidor tendrá acceso a información sobre el origen o la base de la que provienen sus datos y, en concreto, el nombre del responsable de la misma. También tendrá derecho a conocer el nombre de call center desde la que se le está contactando.
Las empresas se comprometen a implementar entre ellos un procedimiento común ágil de resolución de reclamaciones de los clientes que hayan podido ser víctimas de prácticas comerciales contrarias al acuerdo.