La Provincia - Diario de Las Palmas

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El parón turístico desboca la cifra de familias en concurso de acreedores

Antes de terminar el año el número de particulares que se acogen a la ley de segunda oportunidad en las Islas supera en un 7% al registrado en todo 2020

Establecimiento hotelero del Archipiélago durante la pandemia.

Afirmar que Canarias padece más que ningún otro territorio de España la crisis económica desatada por el covid es cierto no por tanto como se ha repetido, sino por tener las Islas una economía tan acostada sobre el turismo, una de las actividades más afectadas por las restricciones sanitarias. Una estadística tras otra cuantifica esa evidencia y revela el tamaño de la herida. En los diez primeros meses del año, 856 familias han tenido que recurrir a la ley de segunda oportunidad en el Archipiélago, cifra que supera en 57 (7,13% más) la suma de 2020.

Con el agravante de que los 799 concursos de acreedores presentados el pasado año por particulares reflejan la suma de los casos que ya están en manos del juez y los que atraviesan aún la preceptiva fase de negociación. ¿Más evidencias? En el mismo periodo y comparando idénticos parámetros, en el conjunto del Estado las tramitaciones iniciadas en este 2021 son la mitad que las del pasado ejercicio.

El inicio formal de los procesos «se ha disparado desde el principio de este año», confirma la directora letrada del despacho de abogados Repara tu Deuda, Ana Isabel García. Mientras con el primer estado de alarma creció exponencialmente la demanda de información, fue al inicio del presente ejercicio cuando la mayoría decidió dar el paso.

La evolución de la contagiosidad y las medidas adoptadas para frenarla explican el comportamiento de los ciudadanos en apuros. «En el verano del año pasado llegó a parecer que retornaba la normalidad», explica García. El mercado nacional dotó de cierto dinamismo al sector turístico y muchos de los que se habían interesado por la ley de segunda oportunidad aparcaron su intención.

Este año en Canarias, hasta octubre, se han iniciado 856 procesos de negociación extrajudicial. Son 57 más de los que sumaron en 2020 este epígrafe y los que llegaron ante el juez.

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Sin embargo, «llegó la cuarta ola en el último trimestre y volvieron las restricciones», rememora la abogada. Las ventas de las empresas que tienen a la planta alojativa como cliente principal dibujaron, de nuevo, una pronunciada cuesta abajo. Numerosos negocios cerraron las puertas al mismo tiempo que expiraba el año fiscal y la renta disponible de sus empleados, muchos de ellos en ERTE (expediente de regulación temporal de empleo) durante los meses anteriores, se hundió.

Las escasas dudas que puedan quedar sobre el daño derivado por el impacto de la pandemia en la actividad alojativa se disipan sin salir de la comunidad autónoma. En la provincia de Las Palmas, integrada por tres islas eminentemente turísticas como Gran Canaria, Lanzarote y Fuerteventura, se registró un incremento del 48,2%; en la de Santa Cruz de Tenerife, donde otros sectores equilibran el escoramiento turístico del PIB, una caída del 19,5%. Ni La Gomera, ni El Hierro, ni la maltrecha La Palma viven tan exclusivamente del turismo como sus hermanas de oriente.

Aunque no pueda tenerse por buena noticia, dado su origen, sí es cierto que los despachos de abogados notan una mayor agilidad en los juzgados de las Islas a la hora de abordar este tipo de casos. Aparte de la necesaria voluntad por parte de los funcionarios, un volumen tan elevado de solicitudes de acogimiento a la ley de segunda oportunidad propicia una maquinaria administrativa más engrasada que en otros lugares.

Antes de solicitar la cancelación total de la deuda, es obligatorio iniciar una negociación con los acreedores, en su mayoría bancos, que en el 95% de los casos se niegan a aceptar quitas.

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¿Cuál es el objetivo de esta norma? «Cancelar todas tus deudas, de modo que los acreedores ya no puedan reclamar ni haya embargos. También que salgas de los registros de morosos en los que te hayan incluido. En definitiva, que puedas empezar de cero», concreta la directora letrada de Repara tu Deuda. Como toda norma, esta también tiene sus límites y condiciones: «Una deuda que no supere los cinco millones de euros, no haber cometido delitos socioeconómicos en los últimos diez años y ser un deudor de buena fe, es decir, que no oculte ingresos ni bienes», enumera Ana Isabel García.

La propia abogada señala que el trámite inicial es la negociación con los acreedores para establecer un plan de pagos. En esta fase, el deudor tiene que revelar todo su patrimonio, cualquier entrada de dinero y el montante de sus gastos de primera necesidad. «En el 95% de las ocasiones» la otra parte, bancos en la mayoría de las ocasiones, «se niegan» a aceptar quitas y el caso termina en el juez, al que se solicita la cancelación total de la deuda.

Es este el que determina hasta dónde puede llegar el deudor a la hora de afrontar el pago de lo que debe. A partir de ahí, queda exonerado. Si hay un empeoramiento en su economía, aún puede retornar al juzgado para comunicar el cambio de circunstancias.

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