La Provincia - Diario de Las Palmas

La Provincia - Diario de Las Palmas

Contenido exclusivo para suscriptores digitales

El TSJC tumba el ERTE que afectó a la plantilla de JSP la pasada primavera

La Sala de lo Social lo considera desproporcionado y afea a la Dirección General de Trabajo del Gobierno canario por no constatar la veracidad de la situación

Manifestación de trabajadores de JSP en la capital grancanaria. |

Una batalla aneja se abre en la historia por la pervivencia de la industria canaria JSP. En periodo de gracia concedido por el juez, el concurso de acreedores en el que está inmersa la compañía se encuentra ahora ante el borrón y cuenta nueva al que el Tribunal Superior de Justicia de Canarias (TSJC) ha condenado el expediente de regulación temporal de empleo (ERTE) por fuerza mayor que está operativo en la empresa desde el pasado mes de marzo. Los rectores de la empresa tendrán que elaborar uno nuevo o recurrir en casación ante el Tribunal Supremo.

En una sentencia fechada el pasado lunes, la Sala de lo Social del TSJC condena tanto a José Sánchez Peñate SA como a la Dirección General de Trabajo del Gobierno de Canarias. A la primera, por declarar un ERTE de fuerza mayor derivado de las restricciones sanitarias que la pandemia global de coronavirus obligó a imponer y a la segunda, por dar trámite a la solicitud sin detenerse a analizar las circunstancias esgrimidas por la mercantil.

La empresa tendrá que rehacer el ERTE y ajustarlo a la situación real por la pandemia

decoration

El ERTE afectaba a 311 de los 325 trabajadores de ocho de los centros de trabajo de la compañía. Tan solo quedaban sin estar afectados catorce empleados, todos ellos con «contratos de jubilación parcial». A un total de 27 se les suspendía el contrato entre el primer día de abril y el final de mayo, y el resto padecía reducciones de jornada; 225, al 5%; 56, al 20%, y los tres restantes, al 50%.

Para cuando los representantes de la empresa pusieron en conocimiento de la autoridad laboral (Dirección General de Trabajo del Gobierno de Canarias) su intención, ya habían presentado preconcurso voluntario de acreedores. Al respecto de esta circunstancia, el TSJC no tiene nada que objetar y recuerda en su sentencia que son dos circunstancias plenamente compatibles.

311

afectados

  • El ERTE afectaba a 311 de los 325 trabajadores de ocho de los centros de trabajo de la compañía. Los 14 restantes contaban con contratos de jubilación parcial.

Los problemas los halla la Sala de lo Social de la más alta instancia judicial canaria en el relato de circunstancia expuesto por los directivos de la compañía. Estos argumentaron que las restricciones para frenar la propagación del covid supusieron un freno prácticamente absoluto para su actividad. «Pérdida de casi todo el negocio de Horeca (hoteles, restaurantes y cafeterías), cancelación de pedidos de las grandes superficies, eliminación de referencias de los lineales de alimentación y pérdida de gran parte del negocio vinculado a celebraciones familiares y reuniones colectivas muy vinculadas a pastelería».

Ante la respuesta afirmativa de la autoridad laboral, los representantes de los trabajadores decidieron presentar un recurso de alzada ante la Viceconsejería de Empleo del Gobierno de Canarias, que también consideró suficiente la documentación remitida por JSP. Fue entonces, cuando decidieron elevar al TSJC «demanda sobre impugnación de resolución administrativa».

24

trabajadores

  • Si los afectados en el canal Horeca fueron entonces 24, «no más van a serlo ahora» y, por tanto, la cantidad evidencia, a juicio de la sala, la «falta de proporcionalidad».

Isaac Pérez, secretario de Acción Sindical de CCOO Industria-Canarias; Ismael Trujillo, en representación del Comité de Empresa de JSP en la provincia de Las Palmas, y su homólogo en la de Santa Cruz de Tenerife, Ángel Yanes, expusieron en el juicio -celebrado el pasado mes de julio- que la Dirección General de Trabajo se había limitado a aplicar la tramitación rápida a la que se vio obligada para proteger los empleos desde la declaración del primer estado de alarma. En otras palabras, no se ocupó de constatar si las circunstancias comunicadas por la empresa responden a la realidad de esta.

Antes de este ERTE hubo otro en vigor desde 2020, que también recurrieron los representantes de la plantilla. En aquel caso, la empresa obtuvo la razón y la sentencia que se la dio es una de las herramientas que toma la Sala de lo Social del TSJC para dictar esta nueva. El texto del fallo da por demostrado que la empresa perdió dos de los canales para la comercialización de sus productos: el de la hostelería y restauración, sectores cerrados a cal y canto en los primeros meses del primer estado de alarma, y el de los comedores escolares, tras la activación de la educación on line para evitar contagios en las aulas.

70%

de la plantilla

  • JSP puso sobre la mesa un expediente de regulación de empleo que afecta a más del 70% de los trabajadores. El plan de viabilidad que maneja señala este adelgazamiento de la plantilla.

«En ese caso, JSP procedió a suspender los contratos de nueve trabajadores de la provincia de Santa Cruz de Tenerife y quince en la de Las Palmas», señalan los magistrados. Si los afectados en el canal Horeca fueron entonces 24, «no más van a serlo ahora» y, por tanto, la cantidad evidencia, a juicio de la sala, la «falta de proporcionalidad» cuando la empresa decide aplicar un ERTE que afecta a 311 empleados.

Además, en la memoria adjuntada por la señera industria isleña no se especifica quiénes son los trabajadores adscritos a ese canal Horeca -del que la propia compañía dice que depende entre el 15% y el 19% de su volumen de negocio-, por lo que no se puede identificar a quienes realmente podrían ver suspendidos o reducidos sus contratos.

22

septiembre 

  • En la sentencia del Tribunal Supremo del 22 de septiembre se califica la lista de trabajadores afectados por el ERTE como «básica, fundamental y decisiva».

En cuanto a la jurisprudencia citada, en la sentencia del Tribunal Supremo del 22 de septiembre de este año se califica la lista de trabajadores afectados como «básica, fundamental y decisiva» en orden a la «constatación» por parte de la autoridad laboral en torno a la sinceridad de la situación expuesta.

El martes, empresa y trabajadores celebrarán, en presencia del administrador concursal, la tercera y última reunión de la mesa de negociación abierta para hallar puntos de entendimiento en torno al futuro de la compañía. La propiedad de JSP puso sobre la mesa un expediente de regulación de empleo que afecta a más del 70% de los trabajadores. El plan de viabilidad que manejan señala este adelgazamiento de la plantilla y el cierre de las líneas de negocio que consideran deficitarias como acciones básicas para propiciar la entrada de un nuevo accionista que permita no echar el cierre.

En los dos encuentros anteriores, las posiciones se mantuvieron muy alejadas, con pequeñas rebajas en el número de despidos y aun más leves incrementos en el número de días por año con los que se indemnizaría a cada empleado que resulte despedido.

Hasta el momento, el fondo de capital riesgo Hiperion aparece como candidato único para hacerse con el timón de la compañía. Sin embargo, prescindir de otras líneas de negocio podría propiciar la llegada de otros interesados en invertir en ellas y reflotarlas, bien para continuar explotándolas de manera independiente o, en el caso de tratarse de negocios del sector de la alimentación, sumarlas a su actividad.

Los propietarios de la empresa se mantienen al timón al haber presentado el concurso de acreedores de manera voluntaria, pero será el administrador concursal el que deba poner sobre la mesa del despacho del juez de lo Mercantil un plan de viabilidad. Será este el que dictamine en último extremo si hay un nuevo horizonte para la empresa o esta debe liquidarse.

El martes tendrá lugar la tercera reunión de la mesa de negociación ante los despidos

decoration

Por su parte, la consejera de Empleo, Economía y Conocimiento del Gobierno de Canarias, Elena Máñez, señaló recientemente en el Parlamento regional que su departamento permanecerá atento a la evolución de los acontecimientos. El pasado mes de julio, las partes firmaron y depositaron ante la autoridad laboral un acuerdo para garantizar el mantenimiento de todos los empleos o, como último recurso, salidas dignas.

Ahora, además, tendrán que rehacer el ERTE aprobado el pasado mes de abril y adecuarlo a los criterios de proporcionalidad que la sentencia del TSJC echa en falta. Eso supondrá un incremento de la deuda que hasta la fecha JSP mantiene con sus trabajadores. En el aspecto meramente económico, otro lastre en el camino a encontrar un mínimo equilibrio sobre el que asentar el futuro.

Compartir el artículo

stats