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Trabajo | Nuevo marco de relaciones laborales

La reforma laboral afecta al 82% de los contratos que se firman en Canarias

Empresas y asalariados suscriben 14.000 acuerdos mensuales por obra o servicio, una modalidad que desaparece desde hoy con la entrada en vigor de la nueva ley

Yolanda Díaz y el también ministro José Luis Escrivá, el martes en el anuncio de la reforma laboral. | | EUROPA PRESS

La reforma laboral no es profunda –consolida el recorte de las indemnizaciones por despido de la ley del PP y no restaura los salarios de tramitación en los casos de despido improcedente–, pero sí afecta a la gran mayoría de los contratos que se firman en Canarias. En concreto a un 82% de los acuerdos que empresas y asalariados suscriben en la Comunidad Autónoma. De entrada porque buena parte de esos contratos es por obra o servicio, una modalidad que desaparece. Son decenas de miles los acuerdos laborales que deben así adaptarse al nuevo marco normativo que entra hoy en vigor con su publicación en el Boletín Oficial del Estado. Por eso el Gobierno de Pedro Sánchez les concede a las empresas un plazo de tres meses a contar desde hoy para adaptar sus contratos a la reforma.

El principal objetivo de la nueva normativa laboral es reducir la altísima tasa de temporalidad que caracteriza el mercado de trabajo español, más si cabe en Canarias por su no menos altísima dependencia del sector servicios, el más propenso al empleo temporal. La intención es que el contrato ordinario sea el indefinido, de ahí que se establezcan nuevas reglas, requisitos y condiciones para el trabajo eventual. Además, la firma de acuerdos de menos de 30 días de duración se penaliza en las cotizaciones sociales. Bajo esta premisa de reducir la temporalidad, la reforma del Ejecutivo estatal –más próxima a las tesis de la vicepresidenta Nadia Calviño que a las de la ministra Yolanda Díaz pese a que esta última ha sido el rostro de la negociación con la patronal y los sindicatos– afecta principalmente a dos tipos de contrato –por obra o servicio y eventual por circunstancias de la producción– de los que este año se ha suscrito en las Islas un total de 422.799.

El Gobierno da a los negocios un plazo de tres meses para que se amolden a la nueva normativa

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Entre enero y noviembre de 2021, que es hasta donde abarcan los últimos datos oficiales, empresas y trabajadores del Archipiélago rubricaron 513.825 contratos de todo tipo, con lo que la reforma laboral afecta a, exactamente, un 82,3% de ese total. Hasta 152.247 fueron contratos por obra o servicio, muy utilizados en el sector de la construcción. Todos ellos tienen desde hoy, a partir de la entrada en vigor de la nueva normativa, una duración máxima de seis meses; después dejarán de existir de forma definitiva. Hay que tener en cuenta que la duración de esta modalidad de contratación era por lo general indeterminada. Indeterminada pero en todo caso eventual. Ahora las constructoras, las empresas más afectadas por la extinción del acuerdo por obra o servicio –en Canarias se firmaba cada mes una media de 13.841 convenios de esta modalidad–, tendrán a su disposición un nuevo tipo de contrato indefinido. Al finalizar la obra, la empresa deberá ofrecerle al trabajador un puesto donde recolocarse; si la recolocación es imposible, aquel cobrará una indemnización equivalente al 7% de los salarios recibidos.

La reforma afecta también a los contratos eventuales por circunstancias de la producción. La modalidad contractual estrella en la región. La duración de este tipo de acuerdo –se ha firmado en las Islas en lo que va de año un total de 270.552– se reduce tanto si el incremento de la carga de trabajo que da lugar al contrato es imprevisible –el tope son doce meses tras prórroga– como si es previsible –hasta un máximo de 90 días y nunca de manera continuada–.

Preguntas destacadas

¿Cómo quedan los contratos de duración determinada?

  • La reforma laboral cambia las reglas del juego en lo relacionado con los contratos eventuales por circunstancias de la producción, una modalidad de la que se firma cada mes en Canarias una media de 24.596 acuerdos. A partir de ahora, en los casos de repuntes ocasionales e imprevisibles de la producción y, por tanto, de la carga de trabajo, la duración inicial de este contrato no podrá superar los seis meses -prorrogable por otros seis-. El límite hasta ahora era de 18 meses. Además, en los casos en que el incremento de la carga de trabajo sí es previsible -como por la campaña de Navidad en los comercios-, la duración máxima de este tipo de contrato será de 90 días. Otra novedad es que un asalariado pasará a ser indefinido si ha trabajado en la empresa con contratos temporales durante 18 meses en un período de dos años. Por último, los contratos de menos de un mes de duración se penalizan en las cotizaciones sociales.

¿Qué pasa con los contratos por obra o servicio?

  • Los contratos por obra o servicio, de gran peso en la construcción y de los que se suscribe en el Archipiélago una media mensual de 13.841 acuerdos, desaparecen del todo. Para la construcción se crea una nueva modalidad de contrato indefinido con condiciones especiales. 

¿Y con los contratos de formación?

  • Habrá dos tipos: uno convencional y otro, el de formación en alternancia, para promover la enseñanza dual, esto es, la que combina la formación en el aula con la formación en la empresa.

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