El Ministerio de Hacienda y Función Pública ha puesto en marcha un mecanismo extraordinario que permitirá a las entidades locales pagar "de forma más ágil" a los proveedores en 2022 y cancelar las obligaciones pendientes de pago más antiguas de aquellas entidades que tengan un plazo de pago a proveedores superior a los 30 días, que es el máximo establecido por ley. El proyecto de régimen sancionador de ley contra la morosidad está paralizado en el Congreso desde hace más de un año. Este instrumento de financiación se incluyó en la ley de presupuestos generales del Estado para 2022 y se ha llevado a cabo a través de una resolución emitida el pasado 7 de enero por la Secretaría General de Financiación Autonómica y Local (SGFAL).

Para que los proveedores puedan cobrar a través de este mecanismo, la norma obliga a las administraciones afectadas a comunicar sus facturas pendientes anteriores a 1 de julio de 2021 y a adherirse al fondo de financiación a entidades locales, a través del que se efectuará directamente el pago de dichas obligaciones.

El número de entidades locales afectadas por la medida es de 1.640, la mayoría ayuntamientos. Además, se incluyen 670 entidades dependientes de las anteriores. No obstante, de todas ellas, solo tienen que acogerse a esta medida las que tengan facturas y obligaciones pendientes de pago anteriores a 1 de julio de 2021.

Obras, servicios y suministros

La condición que debe cumplir el proveedor para tener derecho al cobro de sus facturas por este procedimiento es que se traten de obligaciones generadas por obras, servicios o suministros pendientes de pago antes del 1 de julio de 2021, y aceptar este medio de pago, lo que podrán hacer en una plataforma informática habilitada por la Agencia Tributaria. El objetivo es garantizar a los proveedores el cobro de las facturas pendientes más antiguas, las anteriores a la citada fecha de 1 de julio de 2021, que tengan con las entidades locales que han acreditado un periodo medio en el pago de sus obligaciones superior a 30 días en diciembre de 2020 o en marzo o junio de 2021.

Para poder conocer de forma exacta la cuantía pendiente de pago, las entidades locales afectadas deberán remitir telemáticamente y con firma electrónica al Ministerio de Hacienda y Función Pública, hasta el próximo 11 de febrero, una relación de todas las obligaciones pendientes de pago anteriores a 1 de julio de 2021, a través de la citada plataforma informática.

Los proveedores podrán consultar la inclusión y las cuantías de las facturas pendientes de pago. En el caso de que no aparezcan en el listado, podrán reclamar a la entidad local, aportando la documentación necesaria, que emita un certificado individual. El plazo que tienen los proveedores para consultar y aceptar el cobro de dichas facturas a través de este procedimiento comienza el 12 de febrero y finaliza el 25 de febrero de 2022.

El objetivo de este plan será únicamente garantizar la sostenibilidad de la situación financiera del ayuntamiento, es decir, que cuente con suficiente financiación de los servicios públicos y para abordar sus gastos corrientes y la amortización de las operaciones de endeudamiento, según Hacienda. En caso de que las entidades locales no aprueben un plan de ajuste no podrán formalizar estos préstamos. Además, las cantidades abonadas por el fondo de financiación a entidades locales serán devueltas mediante retención de su participación en los tributos del Estado.