Del autor de la prolija ley audiovisual y de la no menos extensa ley de telecomunicaciones, llega ahora la ley concursal, de más de 700 artículos. El Congreso se dispone este jueves, por medio de la Comisión de Justicia, a aprobar el dictamen de una norma que ha enredado a sus ponentes durante unas cuantas semanas. Había prisa por añadirla al Boletín Oficial del Estado (BOE) y hacerla realidad, ya que el punto de partida es una directiva europea de obligada transposición. El proceso no ha resultado sencillo, como casi todo en la Cámara Baja esta legislatura, pero por fin se ve la luz al final del túnel. El pleno dará el “ok” en siete días, y a partir de entonces rumbo al Senado y a sus habituales trámites rápidos. Así lo publica El Periódico de España.

Aunque el trabajo ha sido costoso y de nuevo la presentación de centenares de enmiendas hizo temblar a los letrados (esto empieza a ser costumbre en uno de los servicios más importantes del Congreso), la negociación se ha ido topando una y otra vez con un escollo: el crédito público en caso de quiebra de las empresas.

Antes de hacer una retrospectiva que contextualice por qué aquí ha estado uno de los aspectos más espinosos de la negociación, cabe destacar cómo los grupos han deshecho el entuerto. Lo han logrado tres, especialmente: Unidas Podemos, PNV y PDeCAT. El primero, socio del PSOE en la coalición, fue el más ambicioso y planteó de inicio un tope de exoneración de deudas en caso de quiebra de 30.000 euros, es decir, de 15.000 para las deudas con Hacienda y de otros tantos para las deudas con la Seguridad Social. Luego fue bajando ante la imposibilidad de alcanzar un punto de encuentro. El objetivo, independientemente de cantidades límite, era ampliar el umbral de la redacción del proyecto de ley por parte del Gobierno, que era de sólo 1.000 euros si la deuda es con Hacienda y de otros 1.000 si es con la Seguridad Social.

Al final, tras varios cruces de textos entre los grupos políticos, el artículo definitivo indicará que el importe máximo del que podrán librarse los autónomos y los ciudadanos/as cuyas empresas hayan quebrado será, como máximo, de 20.000 euros (10.000 con Hacienda y otros 10.000 con la Seguridad Social). El procedimiento será el siguiente: para los primeros 5.000 euros de deuda, la exoneración será íntegra; para el resto, la exoneración llegará hasta el 50%, hasta el máximo total de esos 10.000 euros. 

Dos ejemplos para explicarlo. Ejemplo 1: si un empresario o empresaria llega a la quiebra y la deuda que tiene con Hacienda es de 8.000 euros, se podrá librar de 5.000 euros en primera instancia y de la mitad de los otros 3.000 restantes; en total: 6.500 euros exonerados. Ejemplo 2: si tras la quiebra, la deuda con Hacienda es de 12.000 euros, la exoneración podrá abarcar 5.000 euros y la mitad de los 7.000 restantes; en total 8.500. Y así siempre y cuando el total del que pueda descargarse el deudor no rebase el tope de 10.000. Unos topes que se aplicarán de manera independiente para las deudas que se acumulan, por un lado, con Hacienda y, por otro, con la Seguridad Social.

Recorrido abrupto

El alcance de la novedad introducida en el texto final de la norma no es menor, sobre todo si se repara en la trastienda que ha habido. Inicialmente, el Gobierno no estaba por la labor de la exoneración; en el anteproyecto no lo contempló. Los empresarios y los autónomos se revolvieron y exigieron cambios. Hubo uno, pero fue insuficiente. Ya en fase de proyecto, el Ejecutivo, que ha vivido esto entre tensiones, envió al Congreso un texto con ese tope de exoneración de 1.000 euros, en el caso de deudas con Hacienda, y de otros 1.000 en las deudas con la Seguridad Social. Las representaciones institucionales de empresarios y autónomos comenzaron una serie de reuniones con los grupos parlamentarios para comprobar si el margen de mejora era ancho, estrecho o directamente inexistente.

Los actores implicados manejaron dos argumentos. Por un lado, la directiva europea de la que proviene la norma, en la que se abogaba, dijeron los empresarios, por la suspensión de deudas de todo tipo de acreedores. Recordaron, además, que el Tribunal Supremo se ha pronunciado a favor de exonerar deudas públicas de los autónomos. Era importante este aspecto, porque de lo que se trata es de permitir que el emprendedor/a afronte una segunda oportunidad si fracasa un proyecto original. Soportar una deuda pública a lo largo del tiempo dificulta emprendimientos posteriores.

La multiplicación por 10 de los topes iniciales es un éxito indudable de la oposición, aunque no satisface por igual. Unidas Podemos, PNV y PDeCAT, según fuentes de las tres formaciones, se congratulan del resultado, aun reconociendo que un techo más alto hubiera resultado incluso más conveniente. En el PP y en Cs no se comparte la opinión. “No lo apoyamos”, declaran fuentes de ambos grupos. “Es insuficiente”, puntualiza una fuente popular.

La presión de Unidas Podemos

Las fuentes parlamentarias que han informado a El Periódico de España sobre los cambios subrayan esta otra enmienda: si el acreedor es la Agencia Tributaria, “se entenderá que ha votado a favor del plan de continuación (de la empresa) que contenga una quita no superior al quince por ciento del importe de sus créditos ordinarios”. Esto afecta al 85% de las empresas grandes que entran en fase de disolución, apuntan dichas fuentes. Es una de las propuestas en la que más empeño ha puesto el PDeCAT.

La formación catalana, al igual que en otra ley cuya tramitación ha empezado esta semana contra pronóstico, la de memoria democrática, se ha convertido en un actor parlamentario protagonista. Es cierto que con los apoyos de PNV y PDeCAT no basta, pero las fuentes implicadas en las negociaciones consideran que PP, Cs y ERC, al moverse entre el respaldo y la abstención, favorecerán el consenso.

Con todo, las negociaciones van a continuar hasta el mismo momento de la votación en la Comisión de Justicia, lo que se prevé que suceda al término de la sesión plenaria de este jueves. Determinados aspectos están por cerrar. 

Fuentes de Unidas Podemos informan de que están conversando con el PSOE y otras organizaciones del bloque progresista la inclusión de una serie de cláusulas sociales en caso de quiebra de la empresa. La base sobre la que están trabajando son las enmiendas presentadas por el grupo “morado”, que aquí no ha ido de la mano con el socialista. Así, inciden estas fuentes, la formación de Yolanda Díaz está insistiendo en la llamada “regla de preferencia en favor de los trabajadores”.

Consiste la propuesta en que si existen varias ofertas para la adquisición de una compañía, la decisión ha de orientarse hacia la que proponga un precio más elevado, salvo en el caso de que una de las ofertas provenga de “un colectivo de personas trabajadoras en la unidad productiva organizadas en una sociedad laboral o cooperativa de trabajo asociado con el fin de continuar con la explotación de aquella”. Tendrán preferencia, por tanto, aunque siempre y cuando la diferencia en el precio de compra no supere el 30%.

Los “morados” harán hincapié en este punto. En la redacción provisional del informe de la ponencia, que este jueves será modificado no obstante, aparece una alusión ambigua que las fuentes consultadas consideran vaga y poco ambiciosa. “La propuesta escrita vinculante de adquisición podrá ser realizada por personas trabajadoras interesadas en la sucesión de la empresa mediante la constitución de sociedad cooperativa, laboral o participada”, dice el epígrafe.

Una extensa, pormenorizada y profusa ley más está a punto de salir del Congreso. Este jueves, primera parada. El jueves que viene, la segunda y definitiva en la Cámara. El pacto político ha funcionado de momento. En el PSOE, dicen en su dirección, cuentan ya con la ley dentro de su mochila legislativa.