La Provincia - Diario de Las Palmas

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Orlando Luján Miembro de la Cátedra del REF de la ULPGC

«El REF ha hecho falta desde 1507 y seguirá haciendo falta en 2507, solo hay que adaptarlo»

Orlando Luján, en su despacho de Las Palmas de Gran Canaria. | | Andrés Cruz

El despacho de asesoría del que es socio-director es uno de los más demandados por las empresas canarias cuando del REF se trata. Sobre la norma que cumple ahora medio siglo, recuerda que ya incluyó un marco específico para las Islas si España entraba en un organismo como la UE.

¿Qué queda de aquel REF del año 1972?

Esa es la primera versión del REF, más próxima al que tenemos hoy. Por vez primera se denominó Régimen Económico y Fiscal de Canarias e incorpora cuestiones que pueden parecernos llamativas como la obligación de España de defender las especialidades del REF de Canarias en caso de entrar en un organismo supranacional. Había alguien pensando entonces en que el país podía pertenecer a la Unión Europea (UE).

¿En el tardofranquismo?

Llama la atención, sí. Como también que recoja que en Canarias no se deberá efectuar un menor gasto ni una menor inversión por contar con las ventajas del REF. El último sistema de financiación autonómica (SFA) obviaba eso y nos provocaba un déficit hasta que se pudo corregir.

«La ley no resuelve todo, la realidad es mucho más rica y diversa de lo que puede plantearse el legislador»

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Cuando el voto de un diputado canario es el que inclinaba la balanza parlamentaria hacia uno u otro lado.

Exactamente. No fue fácil de resolver, pero se logró y ahora que se habla de volver a abrir ese melón de la reforma del SFA, nuestra preocupación es que se mantengan separado el REF. Preocupados aún y en 1972 parece que ya se pensaba en ello.

¿Por qué a los políticos les resulta tan fácil incumplir una ley? El REF lo es.

Normalmente las leyes canarias son ordinarias. Las del REF de 1972, 1991 y 1994 lo son, no tienen un rango superior a otra ley; tienen el mismo que los Presupuestos Generales del Estado.

Según eso, ¿hay que hacerle hueco en la Constitución?

O eso, o en el Estatuto de Autonomía. Ya el aprobado en 2018 contiene bastantes avances y da más seguridad al propio REF. Por vez primera habla de regiones ultraperiféricas (RUP) y régimen ultraperiférico, y el Estatuto sí es una ley orgánica.

«Hace falta un mecanismo de observación, vigilancia y seguimiento que identifique los problemas»

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Aun así, ¿deja desnudo algún aspecto del REF esa última versión del Estatuto?

Lo mejora al dar un mayor peso a la condición de RUP, que ya teníamos reconocida, pero no en la Constitución Española, sino en el artículo 349 del Tratado de Funcionamiento de la UE. En él se la considera una región con derecho a contar con unas medidas fiscales y aduaneras diferenciadas para intentar equilibrar las diferencias. El Estatuto también exige contar con un informe favorable del Parlamento de Canarias cuando se toque el REF.

Que en ocasiones no piden.

Más de la cuenta, pero para eso está en el Estatuto, para exigir que se pida. Si el informe del Parlamento es negativo, puede activarse la comisión bilateral Canarias-Estado. El mecanismo de activación o el plazo en el que se debería reunir no está bien definido, quedó un poco abierto y es una cuestión que debería resolverse en la próxima ocasión. Es muy importante hacerlo, porque si no, las soluciones pueden demorarse.

En lo concreto, ¿por qué hay tanta controversia con la Inspección Tributaria?

Las leyes no resuelven todos los casos, la realidad es mucho más rica y diversa de lo que puede plantearse el legislador. Para eso están los reglamentos, que entran más en detalle, o las consultas vinculantes. Sin embargo, estas consultas dependen de la Dirección General de Tributos del Estado, que es un órgano que está totalmente saturado. Hasta el punto de que si tienes una duda sobre la aplicación de la normativa del REF, la ley dicta que deben contestarte en un plazo de seis meses, pero la realidad es que lo hacen en dos o tres años. Para entonces ya habrás tomado tus decisiones.

«El rollo del REF, como se puede llamar desde la ignorancia, es lo que nos permite vivir aquí»

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¿Ve una solución?

Hace falta un mecanismo continuo de observación, vigilancia y seguimiento que identifique los problemas e intente dar una solución interpretativa o, si no basta, normativa. Y sin esperar a que se acumulen muchas cuestiones sin resolver y llegue un momento en que haya 20 o 30, que es la situación que tenemos hoy.

¿En qué medida deriva todo esto en judicialización?

La falta de claridad lleva a que una persona interprete que algo se pueda hacer y la otra parte, no. La discrepancia claro que puede acabar en los tribunales y que la solución llegue ocho, diez o doce años más tarde. Eso genera injusticias, porque puede que entonces se resuelva una duda que haya dejado a mucha gente sin aplicar un incentivo o que no se concreten inversiones previstas.

¿Desincentiva la inversión este modo de proceder?

Evidentemente no ayuda, ni tampoco a crear empleo. Por eso digo que hace falta un mecanismo de seguimiento continuo desde el Gobierno de Canarias, con dotación humana especializada en tributos que dé respuestas desde el Estado. Se necesita un tiempo de respuesta razonable y que no haya atascos. De nada sirve un buen motor, y el REF lo es, sin puesta a punto y sin estar engrasado.

Le planteo instalarnos en una utopía de ausencia de dudas interpretativas. ¿Qué añadimos al para que sea perfecto?

Falta que en la calle se conozca, esa es su primera gran debilidad. Los ciudadanos deben saber cómo nos afecta en el día a día desde que encendemos la luz o abrimos el grifo. Todos esos procesos habituales cuentan con ayudas que nos traer el REF para tener un precio razonable... Hemos conseguido no tener que pagar más por algo cuando hay que traerlo desde la Península. Aquí pagamos un 3% por la ropa; allí, un 21%.

«Si leemos una misma frase y cada uno saca una conclusión diferente, la norma no tiene la calidad necesaria»

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¿Cómo abordamos ese desconocimiento ciudadano?

Ahora que se ha abierto el debate sobre lo que debe incluirse en los currículos, el REF es una parte de la Historia de Canarias y a lo mejor no se enseña. Lo que mis hijos saben es porque se lo cuento yo. El rollo del REF, como puede llamarse desde la ignorancia, es lo que nos permite vivir aquí en un estado de bienestar. El REF ha hecho falta desde 1507 y seguirá haciendo falta en 2507, solo hay que adaptarlo a cada momento.

¿Qué más se le ocurre añadir para tener el mejor REF?

Incentivos que miren hacia el mundo rural y el paisaje. Hay mecanismos del REF que a lo mejor no animan a la inversión en actividad agrícola de forma suficiente. Nuestros campos tienen cada vez menos área cultivada y es un pena. El campo fija población y evita incendios, los campos se limpian. Además, la pandemia nos ha demostrado la necesidad de ser más autosuficientes. Si el territorio está cuidado, será más sostenible y tendremos una mejor sociedad, el REF debería dar una vuelta a esto en materia de inversión. Si queremos que los turistas den una vuelta por las Islas, el paisaje hay que conservarlo y para ello es necesario tener población en esas zonas.

DIC (Deducción para Inversiones de Canarias), RIC (Reserva para Inversiones de Canarias), ZEC (Zona Especial de Canarias)... ¿Funcionan?

Se pueden mejorar.

¿Otra vez por las interpretaciones de los inspectores?

No solo por eso. Es cierto que si los dos leemos una misma frase y cada uno saca una conclusión diferente, está claro que la ley no tiene la calidad necesaria. Ahora bien, todos esos mecanismos que me enumera tienen instrumentos que son manifiestamente mejorables. Le pongo un ejemplo con la RIC que sirve para el resto. Todos conocemos la necesidad que hay de viviendas para alquiler social. Hay un mecanismo en el REF para fomentar la inversión en vivienda protegida, pero no funciona.

«Los mecanismos que generan un ahorro fiscal importante dan cierto vértigo a quienes los usan»

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¿Por qué?

Porque la redacción de las normas a veces se hace solo desde los despachos y no se acerca a la realidad. Por eso tenemos un mecanismo muy potente que nadie ha usado nunca. El texto legal dice que para poder invertir tienes que haber sido el promotor, es decir, quien compra el suelo, construye y explota el alquiler durante unos años. Esa restricción no tiene sentido. Que el promotor las promueva y el gestor se haga cargo de los alquileres. No tiene sentido que la ley exija hacer las dos cosas para poder invertir, igual que alguien construye un hotel y otro lo gestiona. El resultado es que nadie ha materializado la RIC para construir este tipo de viviendas que son necesarias.

¿Qué razón hay detrás?

Ninguna. Simplemente esa ausencia de adaptación a la realidad de la norma. La sociedad no pierde nada porque quien promueve dote un parte de su RIC y quien gestiona, otra. Sin embargo, sí que se obtiene el beneficio de contar con esos inmuebles.

Se quiere cambiar el modelo productivo canario y el conocimiento es una de las palancas. ¿Por qué entonces se utiliza tan escasamente la Deducción por Inversión en I+D?

Volvemos al desconocimiento. Es triste, no se conoce lo suficiente el REF y algunos de sus mecanismos, ni siquiera por parte de las empresas. El 45% del gasto que ejecutan en innovación es deducible, un porcentaje muy elevado y atractivo, pero no es conocido y esa es parte del problema.

¿Qué otros factores influyen?

Los mecanismos que generan un ahorro fiscal importante, tanto como este, dan cierto vértigo a quienes lo usan. Temen que alguien venga después a decir que no estaba bien empleado y les exija devolver el dinero. El pasado de la RIC, con la que se vivieron episodios de ese tipo, ha generado un cierto miedo escénico.

¿Está el REF preparado para la economía que viene?

Tiene cintura para estas cuestiones, sí. Todo lo que tiene que ver con la I+D+i está muy bien contemplado y tratado. Hay aspectos mejorables, pero detalles. Si hablamos de energías renovables, están perfectamente incentivadas a través de la DIC y la RIC.

¿Por qué hay ahora enmiendas sobre el REF en el Congresos de los Diputados?

En 2018, coincidiendo con la mejora del Estatuto, también se produjo una del REF, y hubo una desmejora por error.

«No puede ser que un error, un mal ‘copiaypega’, no esté subsanado tres años y medio más tarde»

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¿Cuál?

Sobre las aplicaciones informáticas. Quedó de tal manera que ahora las empresas no pueden materializar su RIC en software. Se podía hacer desde 1994 sin problemas ni limitaciones. Si se necesitaba un programa de contabilidad o edición de textos, se podía adquirir con cargo a la RIC. En 2018 cambió la norma y se exigió que ese bien lo produzca la propia empresa o comprarlo para terminar ella de adaptarlo a su necesidad. Yo tengo 26 personas en el despacho y ninguno desarrollamos software, lo compramos. Parece extraño que justo en el momento en el que tenemos que apostar por la digitalización y modernización tecnológica se saque de la RIC. Está claro que fue un error involuntario, un copiaypega que colocó un texto en la norma y el párrafo en el que no debía estar.

¿No ha pasado el tiempo suficiente como para corregirlo si fue un error?

Desde luego que es tiempo de sobra, pero carecemos de ese mecanismo de revisión. No puede ser que un error no esté subsanado tres años y medio más tarde.

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