Buenas noticias del Banco de España a los hipotecados a tipo variable

El banco central español ha lanzado una notificación para las personas con hipotecas azotadas por la subida de los tipos de interés

Aviso del Banco de España a los hipotecados a tipo variable

Aviso del Banco de España a los hipotecados a tipo variable / FABRIKASIMF

Olaya López Munuera

El Banco de España es el organismo que supervisa el sistema bancario español y quien controla al resto de entidades financieras que operan en nuestro país. A propósito de la última subida de los tipos de interés orquestada por el Banco Central Europeo, ha publicado un aviso para las personas que tienen una hipoteca a tipo variable y que pueden ver cómo su cuota mensual se incrementa exponencialmente a causa de la subida del Euribor y otros indicadores.

En la notificación, el Banco de España recuerda que el Real Decreto-ley 19/2022 aprobado recientemente en el Congreso de los Diputados incluye un paquete de medidas para aplacar el impacto de la política financiera sobre las hipotecas en la ciudadanía. Los requisitos para acogerse a estas ayudas para hipotecados a tipo variable dependen de una serie de requisitos, entre los que está que la hipoteca esté constituida sobre una vivienda habitual.

Requisitos para beneficiarte de las ayudas a las hipotecas a tipo variable

La primera condición para disfrutar de las ayudas aprobadas por el gobierno para los hipotecados a tipo variable es que sea una vivienda valorada en menos de 300.000€. El segundo requisito es que la renta familiar sea inferior a 29.400€ anuales y que la carga hipotecaria sea superior al 30% de la renta. Por último, para poder acogerse a estas condiciones, la hipoteca tendrá que haber subido al menos un 20%.

Quien esté dentro del marco descrito anteriormente, podrá congelar la cuota hipotecaria durante 12 meses, cambiar el tipo variable por tipo fijo y obtener un alargamiento del plazo del préstamo hasta 7 años.

Por otro lado, si la renta es inferior a 25.200 euros al año y la cuota mensual de la hipoteca representa más del 50% de los ingresos, la persona afectada podrá solicitar una carencia de dos años, pagar un tipo de interés menor durante y la carencia y obtener un alargamiento del plazo de hasta 7 años.