El calendario laboral de Canarias para el año 2024 ha sido oficialmente aprobado por el Consejo de Gobierno tras la aprobación del proyecto de Decreto que establece las fechas de las fiestas laborales en la Comunidad Autónoma.

El proceso, gestionado por la Consejería de Turismo y Empleo dirigida por Jéssica de León, se basa en la legislación estatal y designa como días no laborables, con derecho a remuneración y no recuperables, todos los domingos del año y las festividades del 1 de enero (Año Nuevo), 6 de enero (Epifanía del Señor), 28 de marzo (Jueves Santo), 29 de marzo (Viernes Santo), 1 de mayo (Fiesta del Trabajo), 30 de mayo (Día de Canarias), 15 de agosto (Asunción de la Virgen), 12 de octubre (Fiesta Nacional de España), 1 de noviembre (Todos los Santos), 6 de diciembre (Día de la Constitución Española) y 25 de diciembre (Natividad del Señor).

Festivos

El 8 de diciembre, que corresponde a la Inmaculada Concepción, no se considera día festivo al coincidir con un domingo.

Además, el calendario establece las festividades laborales específicas para cada isla, como el 2 de febrero para la Virgen de Candelaria en Tenerife, el 5 de agosto para Nuestra Señora de Las Nieves en La Palma, el 9 de septiembre para el día posterior a la festividad de Nuestra Señora del Pino en Gran Canaria, el 16 de septiembre para Nuestra Patrona de Los Volcanes en Lanzarote y La Graciosa, el 20 de septiembre para Nuestra Señora de La Peña en Fuerteventura, el 24 de septiembre para Nuestra Señora de los Reyes en El Hierro y el 7 de octubre para Nuestra Señora de Guadalupe en La Gomera.

Los ayuntamientos en toda Canarias tendrán un mes, a partir de la fecha de publicación del decreto en el Boletín Oficial de Canarias (BOC), para presentar sus propuestas a la Dirección General de Trabajo. Estas propuestas pueden incluir hasta dos días adicionales no laborables, remunerados y recuperables, con carácter de festivos locales en función de las tradiciones locales.