La Seguridad Social rotunda: los dos motivos por los que puede retirar una incapacidad permanente en septiembre

Las bajas son gestionadas por la Seguridad Social como medida de protección para los ciudadanos ante situaciones de vulnerabilidad

En España, la Seguridad Social es la encargada de proteger a los ciudadanos ante situaciones de vulnerabilidad a través de la gestión de ayudas como las bajas laborales o las pensiones de jubilación, entre otras. El organismo es el encargado de gestionar las prestaciones contributivas aunque para ello es necesario cumplir con una serie de requisitos. Pero además, también hay que tener en cuenta que una vez ya ha sido otorgada, hay que seguir cumpliendo con la normativa.

La incapacidad permanente se otorga a aquellos trabajadores que han cotizado lo suficiente a la Seguridad Social y que presentan unas reducciones anatómicas o funcionales graves de carácter definitivo y que impide desarrollar su actividad laboral de forma normal. En este caso es a aquellos que presenten un grado de discapacidad igual o superior al 33%.

La Seguridad Social ha explicado los motivos por los que, aunque la incapacidad permanente ya haya sido otorgada, pueden retirar esta prestación contributiva. Cabe recordar que en este 2023 se ha producido un aumento de estas prestaciones en un 8,5% después de que el Gobierno abordara la reforma de las pensiones y decidiera ligarlas conforme al IPC anual.

La Seguridad Social vigila las incapacidades permanentes

Tanto el Tribunal Médico como la Tesorería General de la Seguridad Social (TGSS) pueden decidir la retirada de una incapacidad permanente, ya sea de forma temporal o definitiva. El Real Decreto Ley 2/2023 del 16 de marzo recoge los motivos por los que la Seguridad Social puede tomar esta decisión. 

De esta manera, se consideran graves los siguientes casos:

  • Intentar estafar a la Seguridad Social fingiendo una incapacidad permanente para intentar cobrar la prestación contributiva.
  • Abandonar o rechazar los tratamientos de rehabilitación. 
  • Cuando empeora el grado de discapacidad por no seguir el tratamiento sanitario prescrito o no seguir los cuidados necesarios. 
  • Rechazar el tratamiento sanitario por parte de las autoridades médicas.

Por otra parte, la Seguridad Social retira de forma definitiva la incapacidad permanente cuando al revisar el grado de incapacidad se haya curado por debajo del 33%, cuando el beneficiario tenga derecho a cobrar la jubilación, por el fallecimiento del beneficiario o porque el INSS determina que no hay derecho de seguir cobrando.

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