Error de Hacienda: los jubilados que podrían recibir hasta 4.000 euros
La Agencia Tributaria ha reconocido un fallo en la tributación del IRPF

Error de Hacienda: los jubilados que podrían recibir hasta 4.000 euros / EUROPA PRESS - Archivo
Una reciente sentencia del Tribunal Supremo ha regalado una buena noticia para algunos pensionistas en este mes de octubre, ya que reconoce un error de Hacienda en la recaudación de impuestos de los trabajadores que cotizaron en la Mutualidad Laboral de Banca hasta 1978. La Agencia Tributaria debe corregir este fallo y algunos pensionistas podrían recibir hasta 4.000 euros.
El pasado mes de febrero, el TS reconoció el derecho de los pensionistas que contribuyeron al Fondo de Pensiones de Banca hasta el 31 de diciembre de 1966 obtendrán un descuento fiscal completo del 100%. Aquellos que cotizaron entre enero de 1967 y el 31 de diciembre de 1978 podrán beneficiarse de una reducción fiscal del 25%.
Cabe señalar que la sentencia no solo hace referencia a los trabajadores de la Mutualidad Laboral de Banca, sino que, según los expertos, se extiende para el resto de mutualidades con características similares como las del sector de la pesca, construcción o siderurgia. La sentencia recoge un cambio de criterio de Hacienda con el IRPF y los mutualistas.
¿Cuánto devolverá Hacienda a los afectados?
El error de Hacienda afecta directamente a los jubilados que están cobrando una pensión y que a lo largo de su vida laboral cotizaron en una Mutualidad Laboral hasta el año 1979. Por lo que deberán presentar una reclamación ante la Agencia Tributaria para recibir una devolución del IRPF por las declaraciones de la renta de esos años.
El dinero que se percibirá del fallo del fisco depende de varios factores: como son la vida laboral de cada trabajador y el tiempo de cotización a dicha mutua. En caso de ser uno de los afectados es necesario presentar ante Hacienda esta documentación:
- El informe completo de vida laboral.
- El certificado del importe anual de la pensión percibida.
- Los modelos 100 del IRPF de los años que se recurrirán.
- El certificado de empresa donde se trabajó.
- Un número de cuenta bancaria donde se ingresará dicho importe.
Por otra parte, la sentencia del TS también recoge que los herederos de los pensionistas que estaban cotizando en ese régimen y que hayan fallecido, también podrán reclamar la devolución a Hacienda, ya que el pago es de carácter retroactivo.
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