Estos son los días libres en Canarias para 2025
Los ayuntamientos disponen de un mes para fijar hasta dos días de fiestas locales propias en el marco del nuevo calendario aprobado por el Consejo de Gobierno

Agencia ATLAS / Foto: EFE

Los días libres son fundamentales para el bienestar físico y mental de los trabajadores, permitiendo una desconexión necesaria del estrés laboral y una mejor conciliación entre la vida personal y profesional. Estudios demuestran que el tiempo de descanso mejora la productividad, reduce el agotamiento y favorece un ambiente de trabajo más saludable. En un entorno laboral cada vez más exigente, respetar los días de descanso se ha convertido en una prioridad para garantizar empleados motivados y equilibrados.
Este lunes, el Consejo de Gobierno de Canarias aprobó el proyecto de decreto que establece el calendario de fiestas laborales de la comunidad para el año 2025. La Consejería de Turismo y Empleo ha tramitado este expediente, que determina las jornadas inhábiles a efectos laborales, de carácter retribuido y no recuperable, incluyendo tanto los domingos del año como varias festividades de relevancia nacional y autonómica.
Los días festivos generales establecidos son los siguientes: 1 de enero (Año Nuevo), 6 de enero (Epifanía del Señor), 17 y 18 de abril (Jueves y Viernes Santo), 1 de mayo (Fiesta del Trabajo), 30 de mayo (Día de Canarias), 15 de agosto (Asunción de la Virgen), 1 de noviembre (Todos los Santos), 6 de diciembre (Día de la Constitución Española), 8 de diciembre (Inmaculada Concepción), y 25 de diciembre (Natividad del Señor).
Además de los festivos comunes, el decreto incluye festividades locales por islas:
- Tenerife: 3 de febrero, Virgen de Candelaria.
- El Hierro: 5 de julio, Bajada de la Virgen de los Reyes.
- La Palma: 5 de agosto, Nuestra Señora de Las Nieves.
- Fuerteventura: 19 de septiembre, Nuestra Señora de la Peña.
- Gran Canaria: 8 de septiembre, Nuestra Señora del Pino.
- Lanzarote y La Graciosa: 15 de septiembre, Nuestra Señora de Los Volcanes.
- La Gomera: 6 de octubre, Nuestra Señora de Guadalupe.
Los ayuntamientos canarios disponen de un plazo de un mes, a partir de la publicación del decreto en el Boletín Oficial de Canarias (BOC), para proponer hasta dos días adicionales de festividades locales que sean de tradición en cada municipio. Estas fechas también serán inhábiles, retribuidas y no recuperables.
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