Doble pensión, doble Ingreso: descubre cuál es el máximo que puedes llegar a cobrar de la Seguridad Social

Todo lo que necesitas saber sobre la compatibilidad entre las pensiones contributivas y la cuantía máxima permitida por ley

Doble pensión, doble Ingreso: descubre cuál es el máximo que puedes llegar a cobrar de la Seguridad Social.

Doble pensión, doble Ingreso: descubre cuál es el máximo que puedes llegar a cobrar de la Seguridad Social.

La jubilación es una etapa crucial en la vida de cualquier trabajador, y la pensión se convierte en el sustento principal para muchos ciudadanos. Aunque la norma general es que no se pueden cobrar dos pensiones a la vez, existen algunas excepciones que permiten a ciertos beneficiarios recibir dos pagos mensuales de la Seguridad Social. En este artículo, te explicamos las diferentes modalidades de pensiones contributivas, las excepciones que permiten compatibilizar dos pensiones y cuál es la cuantía máxima que se puede percibir, incluyendo la combinación de jubilación y viudedad.

Tipos de pensiones contributivas

Las pensiones contributivas son aquellas que requieren haber tenido una relación jurídica previa con la Seguridad Social y se financian con las cotizaciones realizadas durante la vida laboral. Dentro de las pensiones contributivas, encontramos diferentes tipologías:

  • Jubilación: ya sea ordinaria, anticipada, parcial o flexible.
  • Incapacidad permanente: generada por una enfermedad o accidente que imposibilita el trabajo.
  • Fallecimiento: provocadas por la muerte de un familiar, que pueden ser de viudedad, orfandad o en favor de familiares.
Pensionistas sentados en un parque.

Pensionistas sentados en un parque. / LP

Excepciones que permiten cobrar dos pensiones a la vez

Aunque la norma general es que no se pueden percibir dos pensiones contributivas a la vez, existen algunas excepciones:

  1. Jubilación y viudedad. Es posible compatibilizar la pensión de jubilación (siendo contributiva) y la pensión de viudedad, aunque provengan del mismo régimen. Una persona cuya pareja haya fallecido puede recibir su pensión de jubilación y, además, la de viudedad. Esta compatibilidad también se extiende al SOVI (Seguro Obligatorio de Vejez e Invalidez), siempre y cuando no se supere el doble del importe de la pensión mínima de viudedad para beneficiarios con 65 o más años.
  2. Doble cotización en distintos regímenes. Si has cotizado en dos regímenes diferentes de la Seguridad Social (por ejemplo, como autónomo y como empleado por cuenta ajena), puedes tener derecho a cobrar dos pensiones de jubilación, siempre y cuando cumplas con ciertos requisitos.

Requisitos para cobrar dos pensiones de jubilación

Para poder cobrar dos pensiones de jubilación, es necesario cumplir los siguientes requisitos:

  • Cotizar en dos regímenes diferentes. Haber cotizado en dos regímenes distintos de la Seguridad Social (por ejemplo, como autónomo y por cuenta ajena).
  • Acreditar cotización suficiente. Haber cotizado el número de años suficientes para generar derecho a pensión en cada uno de los regímenes (15 años en cada régimen, y dos de ellos deben estar en los 15 anteriores a la solicitud).
  • Estar dado de alta en ambos regímenes o acreditar simultaneidad. Estar dado de alta en ambos regímenes en el momento de la jubilación, o demostrar que se cotizó simultáneamente a los dos durante al menos 15 años.
  • Si no se cumplen los requisitos individuales. Si una de las dos actividades no cumple los requisitos, las cotizaciones de ambos regímenes se sumarán para calcular una única pensión.

Límite máximo de la pensión

Al igual que sucede con las pensiones mínimas, la ley establece un límite máximo para las pensiones públicas que se pueden percibir, incluso si se cobran dos a la vez. Este límite, que se aplica también a las pensiones de viudedad, es de 3.267,60 euros al mes, lo que equivale a 45.746,40 euros en 14 pagas anuales.

Pensión de jubilación y pensión de viudedad

La combinación de la pensión de jubilación y la pensión de viudedad es una situación habitual. En este caso, la pensión de viudedad se considera un complemento a la de jubilación y ambas son compatibles. La pensión de viudedad es vitalicia, aunque se puede perder en caso de volver a casarse o iniciar una convivencia con otra persona.

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