¡Atención! Si has estado de baja, no vuelvas al trabajo sin leer esto
Descubre el derecho poco conocido que tiene los trabajadores tras una baja laboral
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¡Atención! Si has estado de baja, no vuelvas al trabajo sin leer esto
Volver al trabajo tras una baja laboral puede ser un desafío, especialmente si ha sido de larga duración. Sin embargo, muchos trabajadores desconocen que la ley les protege en este proceso. Existen derechos clave que pueden marcar la diferencia en la reincorporación laboral, asegurando que el regreso al puesto de trabajo no afecte negativamente la salud.
Reconocimiento médico obligatorio: ¿tienes derecho a uno?
Uno de los derechos más importantes tras una baja laboral es la posibilidad de realizar un reconocimiento médico para evaluar si el trabajador está en condiciones de retomar sus funciones sin riesgos para su salud.
¿Qué dice la ley?
El artículo 22 de la Ley de Prevención de Riesgos Laborales establece que el empresario debe garantizar la vigilancia periódica de la salud de los trabajadores, especialmente tras una baja prolongada. Además, el Real Decreto 39/1997 refuerza esta obligación, asegurando que se evalúe tanto el estado de salud del trabajador como las condiciones en las que desempeñará su labor.
Importante. Si la baja ha sido por más de 61 días (según la Orden ESS/1187/2015), la empresa está obligada a ofrecer este reconocimiento médico al trabajador antes de su reincorporación.
¿Qué ocurre si no puedes desempeñar tu trabajo con normalidad?
Tras la revisión médica, el trabajador puede ser calificado como:
- Apto: puede reincorporarse sin restricciones.
- No apto: no puede desempeñar su puesto actual.
- Apto con limitaciones: requiere ajustes en sus funciones o condiciones laborales.
Si recibes el informe de “Apto con limitaciones”, tienes derecho a solicitar la adaptación del puesto de trabajo. Así lo establece el artículo 25 de la Ley de Prevención de Riesgos Laborales, que obliga a las empresas a garantizar la seguridad y la salud de los empleados.
Ejemplos de adaptación laboral:
- Cambio de funciones dentro de la empresa.
- Ajuste de horarios o turnos.
- Modificaciones en el entorno físico de trabajo.

La empresa no puede obligarte a coger las vacaciones antes de reincorporarte. / LP
¿Pueden llamarte durante tu baja?
El Tribunal Superior de Justicia de Galicia (Sentencia del 11 de abril de 2024) confirmó que la empresa puede comunicarse con un trabajador en baja para conocer su estado de salud, siempre que:
No le obligue a realizar tareas laborales.
No vulnere su derecho a la desconexión digital.
¿Te pueden obligar a coger vacaciones antes de volver al trabajo?
No. Aunque algunas empresas intentan imponer el disfrute de vacaciones antes de la reincorporación, la ley no lo exige.
Lo que debes saber:
- El trabajador puede elegir si prefiere reincorporarse o tomar sus vacaciones más adelante.
- La empresa no puede obligar a tomar días de descanso antes del regreso efectivo al puesto.
Conocer tus derechos es esencial para garantizar una reincorporación segura y sin riesgos para tu salud. Si vuelves al trabajo tras una baja prolongada, solicita un reconocimiento médico y evalúa si necesitas ajustes en tu puesto.
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