Nuevas normas para la jubilación activa, demorada y parcial: esto es todo lo que necesitas saber

La entrada en vigor de estas medidas es este martes, 1 de abril

Jubilación en 2025: requisitos clave para cobrar el 100% de tu pensión

Jubilación en 2025: requisitos clave para cobrar el 100% de tu pensión

Las Palmas de Gran Canaria

El Gobierno de España ha implementado una serie de cambios en la regulación de la jubilación activa, demorada y parcial con el objetivo de fomentar un retiro más flexible y progresivo.

Desde el 1 de abril de 2025, todos los trabajadores, incluyendo autónomos con o sin empleados a su cargo, podrán acogerse a la jubilación activa y recibir hasta el 100 % de su pensión mientras siguen trabajando. Este beneficio antes estaba restringido a autónomos con empleados. Ahora:

  • No hay límite de ingresos ni de dedicación laboral.
  • Se mantiene una cotización reducida de solidaridad.
  • Se establece un sistema escalonado de acceso al 100 % de la pensión, dependiendo del tiempo de demora en la jubilación.

Autónomos con empleados: cambios en la pensión

Uno de los grupos más afectados por la nueva regulación son los autónomos con empleados. Actualmente, si retrasan su jubilación un año, pueden cobrar el 100 % de su pensión, pero a partir de abril, esta cifra se reducirá al 75 %. Para recuperar el 100 %, tendrán que:

  • Aguardar cinco años en situación de jubilación activa.
  • Contar con un empleado con contrato indefinido de al menos 18 meses de antigüedad.
  • Alternativamente, contratar a un nuevo trabajador sin vínculos laborales previos en los últimos dos años.

Jubilación demorada

Para los trabajadores que elijan retrasar su jubilación, se ha establecido un sistema progresivo de incremento de pensión:

  • 2 años de demora: 55 % de la pensión inicial
  • 3 años de demora: 65 %
  • 4 años de demora: 80 %
  • 5 años o más: 100 % de la pensión

Cada año adicional en jubilación activa sumará un 5 % extra.

Nuevas condiciones

El Gobierno también ha modificado la normativa de la jubilación parcial, haciéndola más accesible:

  • Se podrá acceder a partir de los 62 años con 33 años cotizados.
  • La jornada laboral podrá reducirse entre un 20 % y un 30 % el primer año, aumentando progresivamente hasta el 75 %.
  • Se exige un contrato de relevo indefinido y a tiempo completo, con permanencia de al menos dos años.
  • En la industria manufacturera, se mantienen las ventajas de jubilación parcial desde los 61 años hasta 2029.
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