Aviso de la Agencia Tributaria de Canarias: estas son las deducciones que tienen los canarios en la Declaración de la Renta
Hacienda permite que de desgraves algunos gastos en tu Renta asociados a diferentes categorías como donaciones, sucesiones o patrimonio
¿Cuándo puedo presentar mi Declaración de la Renta en Canarias? Estas son las fechas que establece la Agencia Tributaria en sus diferentes modalidades

Lucía Feijoo Viera
El plazo para presentar la Declaración de la Renta ya ha empezado. La Agencia Tributaria ya ha iniciado la campaña de la Renta 2024 para que todos los contribuyentes puedan poner en manos de Hacienda su documento anual con los ingresos y deducciones, a las que pueden acogerse las personas que cumplan estos requisitos. Entre el 2 de abril y el 30 de junio de 2025, los canarios deben cumplimentar la Renta en la que podrán desgravarse estos gastos.
Los gastos desgravables o deducciones en la Declaración de la Renta son aquellos que puedes restar de tus ingresos para reducir la base imponible y, por tanto, pagar menos impuestos. Varían según tu situación personal y la normativa fiscal vigente. Se pueden agrupar en varias categorías como vivienda, familia, salud o patrimonio, y cada uno tiene diferentes requisitos y cantidades que pueden descontarse de la Renta.

Agencia Tributaria
Los canarios tienen deducciones diferentes
Cada comunidad autónoma tiene deducciones distintas porque el sistema fiscal español es descentralizado, lo que significa que algunas competencias en materia de impuestos están transferidas a las autonomías. Este modelo permite que cada región adapte sus beneficios fiscales según las necesidades de su población.
A pesar de los avances en muchas materias de economía y las normas en materia de Hacienda, la descentralización fiscal se mantiene por varias razones históricas, políticas y económicas. La Constitución Española reconoce a las comunidades autónomas el derecho a la autonomía fiscal en ciertos impuestos, por eso, ellas mismas son las encargadas de recaudar ese dinero.
Además, las CCAA tienen diferentes necesidades y persigue diferentes objetivos, por lo que muchas regiones reducen impuestos para atraer inversión, talento o familias aumenten la población y contribuyan a la economía, mientras que otras usan deducciones para favorecer a ciertos colectivos.
En Canarias puedes desgravarte diferentes gastos que en el resto de España, porque el archipiélago tiene un régimen fiscal especial debido a su situación geográfica y económica. Este es un sistema fiscal diferenciado reconocido en la Constitución Española y en la normativa de la Unión Europea para compensar los costes de insularidad y lejanía. En el archipiélago existen incentivos para la rehabilitación de viviendas, apoyo a familias numerosas, ayudas por nacimiento o adopción y becas para estudios que se pueden desgravar en la Declaración de la Renta de muchos hogares.
Estos son los gastos deducibles de los canarios
El Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas (IRPF) en España se compone de dos tramos: uno estatal y otro autonómico. Cada comunidad autónoma tiene la potestad de establecer sus propios tramos y tipos impositivos en el tramo autonómico. De este modo, las personas con ingresos deben comprobar en qué umbral están para conocer qué les corresponde. En Canarias, se aplican estos tipos impositivos de IRPF:
Además, los gastos desgravables, especificados en la página web de la Agencia Tributaria, para los residentes en Canarias correspondientes al ejercicio fiscal 2024 son las siguientes:
- Por donaciones con finalidad ecológica: Deducción del 10% de las cantidades donadas a entidades públicas o privadas sin fines lucrativos, destinadas a la defensa y conservación del medio ambiente en Canarias.
- Por donaciones para la rehabilitación o conservación del patrimonio histórico de Canarias: Deducción del 20% de las cantidades donadas a entidades públicas o privadas sin fines lucrativos, destinadas a la rehabilitación o conservación del patrimonio histórico de Canarias.
- Por donaciones y aportaciones para fines culturales, deportivos, investigación o docencia: Deducción del 15% de las cantidades donadas o aportadas a entidades sin fines lucrativos que tengan como objetivo el fomento de la cultura, el deporte, la investigación o la docencia en Canarias. La base máxima de esta deducción es de 50.000 euros por período impositivo.
- Por donaciones a entidades sin ánimo de lucro: Deducción del 15% de las cantidades donadas a entidades sin ánimo de lucro que cumplan con los requisitos establecidos en la normativa autonómica.
- Por cantidades destinadas por sus titulares a la restauración, rehabilitación o reparación de bienes inmuebles declarados de interés cultural: Deducción del 10% de las cantidades invertidas en la restauración, rehabilitación o reparación de bienes inmuebles ubicados en Canarias y declarados de interés cultural.
- Por gastos de estudios: Deducción del 100% de las cantidades satisfechas por estudios de educación superior de descendientes o adoptados fuera de la isla de residencia, con un límite de 1.500 euros anuales por descendiente.
- Por gastos de estudios en educación infantil, primaria, enseñanza secundaria obligatoria, bachillerato y formación profesional de grado medio: Deducción del 100% de las cantidades satisfechas por estos estudios, con un límite de 1.500 euros anuales por descendiente.
- Por trasladar la residencia habitual a otra isla del Archipiélago para realizar una actividad laboral por cuenta ajena o una actividad económica: Deducción de 300 euros anuales durante el período impositivo en que se produzca el traslado y los dos siguientes.
- Por donaciones en metálico a descendientes o adoptados menores de 35 años para la adquisición o rehabilitación de su primera vivienda habitual: Deducción del 1% de las cantidades donadas, con un límite de 240.000 euros.
- Por nacimiento o adopción de hijos: Deducción de 200 euros por el primer o segundo hijo y 400 euros por el tercero y siguientes.
- Por contribuyentes con discapacidad y mayores de 65 años: Deducción de 300 euros para contribuyentes con discapacidad igual o superior al 33% y para mayores de 65 años.
- Por acogimiento de menores: Deducción de 250 euros por cada menor en régimen de acogimiento familiar.
- Para familias monoparentales: Deducción de 100 euros para familias monoparentales.
- Por gastos de guardería: Deducción del 15% de las cantidades satisfechas por gastos de guardería, con un límite de 400 euros anuales por cada hijo menor de 3 años.
- Por familia numerosa: Deducción de 200 euros para familias numerosas de categoría general y 400 euros para las de categoría especial.
- Por inversión en vivienda habitual: Deducción del 1,75% de las cantidades invertidas en la adquisición o rehabilitación de la vivienda habitual.
- Por obras de rehabilitación energética y reforma de la vivienda habitual: Deducción del 10% de las cantidades invertidas en obras de rehabilitación energética y reforma de la vivienda habitual, con un límite de 7.000 euros.
- Por obras de adecuación de la vivienda habitual por personas con discapacidad: Deducción del 10% de las cantidades invertidas en obras de adecuación de la vivienda habitual por razón de discapacidad, con un límite de 7.000 euros.
- Por alquiler de vivienda habitual: Deducción del 20% de las cantidades satisfechas por el alquiler de la vivienda habitual, con un límite de 600 euros anuales.
- Por arrendamiento de vivienda habitual vinculado a determinadas operaciones de dación en pago: Deducción del 20% de las cantidades satisfechas por el alquiler de la vivienda habitual, con un límite de 1.200 euros anuales.
- Por gastos en primas de seguros de crédito para cubrir impagos de rentas de arrendamientos de vivienda (deducción del arrendador): Deducción del 75% de las cantidades satisfechas por primas de seguros de crédito para cubrir impagos de rentas de arrendamientos de vivienda, con un límite de 150 euros anuales por contrato de arrendamiento.
- Por contribuyentes desempleados: Deducción de 100 euros para contribuyentes desempleados inscritos como demandantes de empleo durante al menos 6 meses del período impositivo.
- Por gasto de enfermedad (general): Deducción del 10% de los gastos de enfermedad satisfechos durante el período impositivo, con un límite de 500 euros anuales.
- Por familiares dependientes con discapacidad: Deducción de 500 euros por cada ascendiente o descendiente con discapacidad igual o superior al 65% que conviva con el contribuyente.
Comprueba siempre con un asesor o un experto los gastos que te puedes deducir para que Hacienda no te multe.
La Agencia Tributaria aplica deducciones generales
Los contribuyentes también puedes beneficiarse de otros gastos deducibles en su declaración de la renta que son generales en toda España. Estas se aplican en todo el territorio sin importar la comunidad autónoma y afectan al tramo estatal del IRPF, disminuyendo la cuota a pagar. Todas las personas que hagan la renta pueden aprovecharse de estos beneficios que se aplican a las siguientes materias:
Deducciones por Circunstancias Personales y Familiares
- Maternidad: Hasta 1.200 € anuales por hijo menor de 3 años (se puede cobrar anticipadamente).
- Familia numerosa o personas con discapacidad a cargo:
- 1.200 € para familias numerosas de categoría general.
- 2.400 € para familias numerosas de categoría especial.
- 1.200 € por cada ascendiente o descendiente con discapacidad.
Deducciones por Vivienda
- Hipoteca: Solo para viviendas compradas antes de 2013 (hasta el 15% de lo pagado, con un límite de 9.040 € anuales).
- Alquiler: Solo para contratos firmados antes de 2015 (hasta el 10,05% del alquiler, según ingresos).
Deducciones por Trabajo y Autónomos
- Cuotas a sindicatos y colegios profesionales: Se pueden deducir hasta 500 € al año.
- Gastos de difícil justificación para autónomos: Reducción del 7% en estimación directa simplificada.
- Seguro médico para autónomos: Deducción de hasta 500 € por persona (para cónyuge e hijos también).
Deducciones por Donativos y Planes de Pensiones
Donaciones a ONG:
- 80% de deducción para los primeros 250 € donados.
- 40% o 45% para cantidades mayores.
Planes de pensiones:
- Reducción de hasta 1.500 € anuales en la base imponible.
- Si la empresa hace aportaciones, el límite aumenta a 10.000 €.
Deducciones por Inversión y Ahorro
- Inversión en empresas de nueva creación: Hasta 30% de lo invertido, con un máximo de 60.000 €.
- Deducción por alquiler con opción a compra: Solo aplicable a contratos antiguos.
Deducciones por Movilidad y Energía
- Vehículos eléctricos y energías renovables: Hasta 15% de deducción por la compra de coches eléctricos o instalación de paneles solares.
- Rehabilitación de viviendas: Deducción del 20%-60% para obras de mejora energética en el hogar.
Las deducciones generales en España buscan reducir la carga fiscal de los contribuyentes en función de su situación personal, laboral y de inversión, beneficiando especialmente a familias, autónomos y quienes apuestan por el ahorro y la sostenibilidad. Es muy importante revisar cada deducción aplicable para maximizar el ahorro en la declaración de la renta.
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