Saltar al contenido principalSaltar al pie de página

¿Pueden embargar tu salario por las deudas de tu pareja? Todo lo que debes saber

Aunque la deuda la contraiga solo tu pareja, existen situaciones en las que tu salario puede verse afectado. El régimen económico del matrimonio y el tipo de deuda son claves

¿Pueden embargar tu salario por las deudas de tu pareja? Todo lo que debes saber

¿Pueden embargar tu salario por las deudas de tu pareja? Todo lo que debes saber / Shutterstock

La preocupación por la posibilidad de perder parte del salario debido a deudas contraídas por la pareja es una preocupación común entre los ciudadanos. Vivir en pareja, ya sea por matrimonio o convivencia, implica no solo compartir bienes, sino también asumir ciertos riesgos financieros que pueden afectar a ambos. Es importante entender cómo funcionan estos aspectos legales para evitar sorpresas desagradables.

Los dos factores clave que influencian este riesgo son:

  1. El régimen económico matrimonial
  2. El tipo de deuda contraída por la pareja

El régimen económico lo determina todo

Cuando una pareja se casa o firma acuerdos de convivencia, elige (o acepta por defecto) un régimen económico que regula los bienes y las deudas. En España, existen dos modelos principales:

Bienes gananciales

Es el régimen que se aplica automáticamente si no se pacta otro. Todos los ingresos obtenidos durante el matrimonio forman parte de un patrimonio común. Por tanto:

  • Las deudas contraídas para cubrir necesidades familiares pueden pagarse con ese patrimonio conjunto.
  • En este contexto, sí es posible embargar el sueldo de uno de los cónyuges para cubrir deudas del otro.

Separación de bienes

Este régimen debe acordarse y firmarse ante notario. Aquí:

  • Cada cónyuge mantiene su propio patrimonio.
  • Cada uno responde únicamente de sus propias deudas.

Si estás casado en separación de bienes, tu nómina está protegida frente a las deudas personales de tu pareja. En caso de embargo, será necesario acreditar este régimen ante el juzgado o la administración correspondiente.

Tipos de deudas y cómo afectan

Incluso dentro del régimen de gananciales, no todas las deudas implican que se pueda embargar tu salario. Hay tres tipos principales:

Deudas solidarias

Ambos cónyuges aparecen como deudores. El acreedor puede reclamar el 100% de la deuda a cualquiera de los dos. Son frecuentes en préstamos conjuntos.

  • Si tu pareja no paga, pueden embargarte a ti.

Deudas subsidiarias

Uno es el deudor principal y el otro actúa como avalista.

  • Solo embargan al cónyuge no deudor si el titular principal no paga y se demuestra insolvencia.

Deudas mancomunadas

Cada uno responde por su parte proporcional. El acreedor no puede reclamarle a uno lo que le corresponde al otro.

  • Si la deuda es solo de tu pareja y no hay pacto solidario, no deberían poder embargarte el salario.
No todas las deudas implican que se pueda embargar tu salario.

No todas las deudas implican que se pueda embargar tu salario. / LP

¿Cuánto te pueden embargar?

Aunque haya posibilidad legal de embargo, hay límites establecidos por ley:

  • El Salario Mínimo Interprofesional (SMI) es inembargable.
  • Solo se puede embargar lo que exceda del SMI, y de forma progresiva:

Tramo del salario % embargable

Hasta 2 veces el SMI 30%

Hasta 3 veces el SMI 50%

Hasta 4 veces el SMI 60%

Hasta 5 veces el SMI 75%

Más de 5 veces el SMI 90%

  • Si estáis casados en gananciales, se suman los ingresos de ambos para calcular el embargo.
  • El cálculo se hace sobre el salario neto, una vez deducidos impuestos y cotizaciones.

Además, si hay hijos o personas a cargo, puede aplicarse una reducción del 10-15% en esos porcentajes.

¿Quién puede ordenar un embargo?

El embargo puede venir de distintas entidades:

  • Juzgados, por deudas civiles o familiares
  • Hacienda, por impuestos impagados
  • Seguridad Social, por cotizaciones pendientes
  • Otras administraciones públicas, por multas o tasas
Tracking Pixel Contents