Hacienda aclara: los herederos de mutualistas fallecidos pueden reclamar la devolución del IRPF

La Agencia Tributaria confirma que los sucesores de pensionistas que cotizaron a mutualidades antes de 1979 y fallecieron entre 2019 y 2024 pueden recuperar el IRPF pagado de más

Una mujer en las oficinas de la Agencia Tributaria.

Una mujer en las oficinas de la Agencia Tributaria.

Miles de familias podrán recuperar el dinero tributado de forma indebida por sus familiares fallecidos. La Agencia Tributaria ha confirmado que los herederos de pensionistas mutualistas fallecidos entre 2019 y 2024 pueden solicitar la devolución del IRPF derivado de una doble imposición que afectó a quienes cotizaron a mutualidades laborales antes de 1979.

El origen: una sentencia del Tribunal Supremo que cambió la fiscalidad

Todo comenzó con una sentencia histórica del Tribunal Supremo, que reconoció que miles de jubilados tributaron dos veces por las aportaciones realizadas a mutualidades laborales:

  • Primero, cuando hicieron sus cotizaciones (que ya estaban sujetas a fiscalidad).
  • Después, al recibir su pensión, que tributaba íntegramente en el IRPF, incluyendo la parte que ya había sido gravada en su día.

El Alto Tribunal determinó que esa parte de la pensión solo debía integrar un 75% de su valor en la base imponible del IRPF, lo que implica una reducción del 25%. Esto se traduce en devoluciones que pueden superar los 3.000 euros, según el número de ejercicios no prescritos.

¿Qué ocurre si el mutualista ha fallecido?

Esta era una de las principales dudas. Hacienda ha confirmado que los herederos legales pueden reclamar la devolución del IRPF si el pensionista mutualista falleció entre el 1 de enero de 2019 y el 31 de diciembre de 2024.

Requisitos para herederos: cómo iniciar el proceso

Los herederos deberán seguir estos pasos clave:

1. Obtener el número de referencia del fallecido

  • Fallecidos en 2023 o 2024: El número de referencia se puede solicitar online a través del portal de la Agencia Tributaria.
  • Fallecidos entre 2019 y 2022: Será necesario acudir de forma presencial a una oficina de la AEAT para solicitarlo, aportando documentación que acredite la condición de heredero.

2. Presentar el formulario de solicitud

Una vez obtenido el número de referencia, se debe completar el formulario habilitado por Hacienda para la devolución del IRPF. Este formulario es el mismo que utilizan los titulares, pero marcando la condición de heredero.

3. Registro de sucesores en la AEAT

Si el heredero está inscrito en el registro de sucesores de la Agencia Tributaria, puede actuar directamente en representación del fallecido. El alta puede gestionarse online desde la sede electrónica.

Documentación recomendada para agilizar el trámite

Aunque la documentación básica puede variar, los asesores fiscales recomiendan preparar:

  • Certificado de defunción del mutualista.
  • Testamento o declaración de herederos.
Oficinas de la Agencia Tributaria.

Oficinas de la Agencia Tributaria. / LP

  • Certificado de últimas voluntades.
  • Escritura de aceptación de herencia (si existe).
  • Documento de representación si el trámite lo realiza un heredero en nombre del resto.

¿Cuál es el plazo para reclamar?

El plazo dependerá del estado de prescripción de los ejercicios fiscales. En 2025, generalmente se podrán reclamar los años 2019 a 2022, siempre que no hayan prescrito y se cumplan los requisitos.

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