Si cobras el Ingreso Mínimo Vital, tienes que presentar la renta 2024: guía con todo lo que debes saber
Si has cobrado el Ingreso Mínimo Vital, presentar la declaración de la Renta 2024 es obligatorio, incluso si no has trabajado. Te explicamos cómo hacerlo y qué debes declarar

Oficina de Hacienda.
La campaña de la renta 2024 ya ha comenzado. Para millones de contribuyentes, esto significa revisar ingresos, deducciones y borradores. Pero si cobras el Ingreso Mínimo Vital (IMV), hay algo que debes tener muy claro: presentar la declaración del IRPF no es opcional, es obligatorio.
Y esta exigencia se mantiene aunque no hayas trabajado, aunque tus ingresos hayan sido cero y aunque la ayuda esté exenta de tributar. Si no cumples este trámite, puedes perder el derecho a seguir cobrando esta prestación.
¿Quién debe presentar la declaración si cobra el IMV?
Todas las personas que han percibido el Ingreso Mínimo Vital en 2023 tienen la obligación de presentar la Renta 2024. Pero esta exigencia no afecta solo al titular de la ayuda. También los miembros de la unidad de convivencia que figuren como beneficiarios deben cumplir con esta obligación, incluso si son menores de edad.
Esto significa que si has recibido el IMV y tus hijos están incluidos como beneficiarios, deben presentar declaración propia o formar parte de una conjunta, según el caso. La Agencia Tributaria insiste: no basta con incluirlos como descendientes en la declaración de los padres, deben constar adecuadamente como perceptores.
¿Qué ocurre con los menores que reciben parte del IMV?
Cuando en la familia hay menores que también figuran como beneficiarios del IMV (porque la cuantía de la ayuda depende del número de personas en la unidad), es obligatorio que ellos también declaren el IRPF, ya sea de forma individual o como parte de una declaración conjunta.
Si los progenitores están casados, lo habitual es presentar una declaración conjunta. En casos de padres separados o no casados, uno de ellos puede incluir al menor, y el otro deberá hacer su propia declaración individual.
¿Qué pasa si solo has cobrado el Complemento de Ayuda para la Infancia?
No hay excepciones: también estás obligado a declarar. Cualquier persona que haya recibido una cantidad vinculada al Ingreso Mínimo Vital, incluyendo el complemento por infancia, debe presentar la renta.
¿Cómo tributa el IMV? ¿Se paga por recibirlo?
Aquí viene una aclaración importante: el IMV está exento de tributar hasta cierto límite. La ley del IRPF establece que este tipo de ayudas no tributan hasta 1,5 veces el IPREM anual. Para la Renta 2023, ese límite exento es de 12.600 euros.
Por tanto, si la suma total del IMV y otras ayudas similares (como rentas mínimas autonómicas o municipales) no supera los 12.600 euros, no tendrás que pagar impuestos por ese dinero. Pero aun así debes presentar la declaración.
Solo si ese conjunto de prestaciones supera los 12.600 euros, deberás declarar y tributar por el exceso. Ese importe aparecerá como un rendimiento del trabajo en el IRPF.
¿Cómo presentar la declaración si cobras el IMV?
Hay varias formas:
- Por internet, desde el portal Renta Web o a través del nuevo sistema Renta Directa, pensado para declaraciones sencillas.
- Por teléfono, mediante el plan “Le Llamamos” (previa cita).
- Presencialmente, en oficinas de la Agencia Tributaria (también con cita previa).
Puedes identificarte con Cl@ve PIN, número de referencia, certificado digital o DNI electrónico. En muchos casos, la Agencia Tributaria ya tiene tus datos y bastará con confirmar o ajustar el borrador.
¿Qué pasa si no haces la declaración?
No presentar la declaración puede tener consecuencias graves:
- Suspensión temporal del IMV
- Pérdida definitiva de la ayuda
- Revisión del expediente
- Devolución de cantidades percibidas indebidamente
Aunque no debas pagar nada, dejar de declarar implica incumplir un requisito esencial. Y eso puede costarte el acceso a esta prestación.

Una persona hace la declaración de la renta. / LP
Fechas importantes de la campaña de renta 2024
- Inicio presentación online: 3 de abril
- Inicio asistencia telefónica: 7 de mayo
- Atención presencial en oficinas: desde el 3 de junio
- Plazo final para presentar la declaración: 1 de julio de 2024
Otras obligaciones si recibes el IMV
Además de la declaración del IRPF, los beneficiarios deben cumplir otras normas, como:
- Informar a la Seguridad Social de cambios en la situación personal, familiar o económica
- Comunicar viajes al extranjero de más de 90 días
- Participar en programas de inclusión laboral, si se les requiere
- Justificar ingresos compatibles si se trabaja o se tiene una actividad económica
La presentación de la renta es obligatoria para todos los que cobran el IMV, incluso si no tienen ingresos o no deben pagar. No hacerlo puede tener consecuencias importantes.
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