Aviso del SEPE: los parados que cumplan estos requisitos podrán cobrar el paro y un salario mientras trabajan
El Servicio Público de Empleo Estatal (SEPE) anuncia que los beneficiarios de estas pagas mensuales pueden recibir a la vez ambos ingresos si cumplen con estas obligaciones

PI STUDIO
Los desempleados que cumplan con estos requisitos podrán compatibilizar el ingreso mensual otorgado por el Servicio Público de Empleo Estatal (SEPE) con un salario. Desde el pasado 1 de noviembre de 2024, las personas en situación de desempleo tendrán la posibilidad de percibir simultáneamente el subsidio para mayores de 52 años y la remuneración de un empleo a tiempo parcial, según lo establecido por el Ministerio de Trabajo, liderado por Yolanda Díaz.
En el Real Decreto-ley 2/2024 se establecen las condiciones para que los parados estén en el derecho de recibir ambas pagas mensuales si así lo estiman oportuno. De este modo, Trabajo quiere asegurar los derechos de todos los trabajadores, ofreciendo la posibilidad de que tengan los ingresos suficientes para que puedan llegar a final de mes en las mejores condiciones.
Además, el SEPE busca fomentar con esta medida la reinserción laboral de los desempleados mayores de 52 años, permitiéndoles mantener una fuente de ingresos mientras se reincorporan al mercado laboral de forma progresiva.
¿Qué es el subsidio para mayores de 52 años?
El SEPE ofrece a los desempleados mayores de 52 años la oportunidad de recibir el subsidio destinado a las personas que hayan cumplido esta edad, junto con el salario derivado de un empleo a tiempo parcial.
El subsidio por desempleo para mayores de 52 años es una ayuda económica que ofrece el SEPE a personas desempleadas de 52 años o más que ya no tienen derecho a cobrar prestación contributiva del paro, pero que cumplen ciertos requisitos para seguir cotizando hasta alcanzar la edad de jubilación. En 2025, la cuantía es de 480 euros mensuales, equivalente al 80% del IPREM. Esta ayuda se mantendrá hasta que el beneficiario alcance la edad legal de jubilación. Además, el SEPE cotiza por el 125% de la base mínima vigente, lo que permite al beneficiario continuar generando derechos para una pensión contributiva. Los requisitos para poder cobrarlo son:
- Tener 52 años o más en el momento de solicitar el subsidio.
- Estar inscrito como demandante de empleo y mantener dicha inscripción durante todo el período de percepción del subsidio.
- Haber agotado la prestación contributiva por desempleo o cumplir condiciones para acceder a subsidios sin haberla cobrado.
- Tener al menos 15 años cotizados a la Seguridad Social, de los cuales 2 deben estar en los últimos 15 años, y haber cotizado al menos 6 años por desempleo al régimen general.
- Carecer de rentas propias superiores al 75 % del SMI mensual (en 2025 equivale a unos 850 € aprox., sin contar pagas extra).
- No tener ingresos familiares altos, aunque este requisito se eliminó desde 2019, por lo que solo se miran los ingresos individuales.
Según datos del SEPE, actualmente más de 280.000 personas perciben el subsidio por desempleo para mayores de 52 años.
Estos son los requisitos del SEPE para cobrar el subsidio y un salario a la vez
El Complemento de Apoyo al Empleo (CAE), según explica el SEPE en su página web, permite "compatibilizar la prestación contributiva y los subsidios por desempleo con el trabajo por cuenta ajena a tiempo parcial y a tiempo completo en la modalidad de CAE con las condiciones que determina la Ley General de la Seguridad Social". Esta ayuda es compatible durante un máximo de 6 meses, 180 días, desde que se empieza a cobrar el salario.
Uno de los requisitos más importantes del SEPE, es que se puede cobrar siempre y cuando los ingresos totales no superen el 75% del Salario Mínimo Interprofesional vigente, (888 euros al mes).
La cuantía del CAE varía en función de la jornada laboral y el tiempo transcurrido desde el inicio del subsidio. Por ejemplo, para un contrato a tiempo completo, se puede recibir hasta el 50% del subsidio durante los primeros tres meses, y un porcentaje menor en los tres meses siguientes. Para contratos a tiempo parcial, la cuantía se ajusta proporcionalmente.
Por último, si el contrato continúa, el subsidio se suspende; pero si por el contrario, este finaliza, puedes reanudar el subsidio siempre que no hayan transcurrido más de 360 días desde su suspensión.
De esta manera, se cambia la antigua normativa con la que sí se podía compatibilizar el subsidio con un empleo a tiempo parcial, siempre que se comunicara al SEPE. Sin embargo, en este caso, el subsidio se reducía proporcionalmente a la jornada trabajada.
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