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Herederos de mutualistas pueden recuperar miles de euros: requisitos y plazos de Hacienda

¿Falleció uno de tus padres entre 2019 y 2024 y fue mutualista? Es posible que tengas derecho a una devolución de Hacienda por doble tributación

Miles de familias podrían recuperar dinero que Hacienda retuvo indebidamente

Oficina de Hacienda.

Oficina de Hacienda. / LP

Las Palmas de Gran Canaria

Miles de herederos en España podrían estar dejando pasar la oportunidad de reclamar una cantidad significativa de dinero a la Agencia Tributaria. Si tu padre, madre o familiar directo falleció entre 2019 y 2024 y había trabajado antes de la integración total de las mutualidades en la Seguridad Social, es posible que Hacienda les debiera dinero. Esta deuda no es simbólica: en muchos casos, las devoluciones oscilan entre cientos y miles de euros.

¿Quiénes eran los mutualistas y por qué les afecta esta devolución?

Se conoce como mutualistas a aquellas personas que trabajaron antes de que la Seguridad Social absorbiera por completo las mutualidades laborales en 1979. En la práctica, esto incluye a muchos trabajadores que iniciaron su carrera antes de esa fecha, y que cotizaron a sistemas distintos de la Seguridad Social.

La clave del problema reside en que estos mutualistas no pudieron deducirse las cotizaciones realizadas a las mutualidades del IRPF en su momento. Sin embargo, al jubilarse, sí se les aplicó retención de IRPF sobre la pensión generada, provocando una situación de doble imposición fiscal.

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Esta irregularidad fue corregida por el Tribunal Supremo en una sentencia clave en 2023 (STS 255/2023), que declaró injusta esta situación y obligó a Hacienda a reembolsar los pagos indebidos correspondientes a los ejercicios no prescritos: 2019, 2020, 2021, 2022 y 2023.

¿Quién puede solicitar la devolución?

Si el mutualista falleció sin haber reclamado este dinero, sus herederos están habilitados legalmente para hacerlo. Según la Agencia Tributaria, el proceso de solicitud es completamente válido para quienes tengan la documentación que justifique la condición de heredero.

En caso de duda, se recomienda presentar igualmente la solicitud, ya que el proceso no implica coste y las cantidades a devolver pueden ser significativas. Según estimaciones recogidas por medios especializados como Cinco Días, las devoluciones pueden superar los 2.000 euros por beneficiario en algunos casos.

Estudios que respaldan esta situación

Diversos expertos tributarios y plataformas legales, como Fiscalidad del Mayor, han explicado en detalle esta problemática, advirtiendo que muchas familias podrían perder esta oportunidad por simple desconocimiento. También el Consejo General de Economistas ha alertado sobre la escasa visibilidad de esta devolución en medios generalistas.

Cómo solicitar la devolución: dos métodos disponibles

Existen dos vías principales para solicitar la devolución en nombre de un familiar fallecido:

1. Alta en el Registro de Sucesiones y Representaciones

Este registro permite realizar trámites tributarios en nombre de personas que han fallecido. El proceso es digital y requiere identificación mediante certificado electrónico o Cl@ve PIN.

Hay un formulario específico para que los mutualistas soliciten la devolución del IRPF

Hay un formulario específico para que los mutualistas soliciten la devolución del IRPF / La Provincia

Los pasos para registrarte como heredero y representante del fallecido son los siguientes:

  • Entrar en la sede electrónica de la Agencia Tributaria.
  • Acceder al Registro de sucesiones y representaciones legales.
  • Seleccionar “Representación de fallecido como heredero”.
  • Adjuntar la documentación necesaria:
  • Certificado de defunción.
  • Testamento o declaración de herederos.
  • Certificado de últimas voluntades.
  • DNI del solicitante y del fallecido.
  • Enviar la solicitud firmada digitalmente.

Tras la confirmación del alta, se podrá acceder al formulario de petición de devolución de mutualistas, que aparece en el portal de la AEAT específicamente para este tipo de solicitudes.

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2. Uso del número de referencia del fallecido

Esta alternativa es válida si se dispone del número de referencia del fallecido (el que se utilizaba para la declaración de la renta). En los casos de fallecimientos ocurridos en 2023 o 2024, este número puede obtenerse en línea. Para fallecimientos anteriores, será necesario acudir presencialmente a una oficina de la AEAT con cita previa.

Se debe llevar la misma documentación que para el registro anterior y, una vez obtenida la referencia, puede usarse para acceder al sistema de solicitud de devolución desde el portal web de la Agencia Tributaria.

¿Qué cantidades se pueden recuperar?

Las devoluciones varían en función de los años cotizados, los importes percibidos como pensión y el porcentaje afectado por la doble imposición. Según cálculos aproximados ofrecidos por asociaciones como Asufin, un mutualista con pensión media podría haber pagado entre 400 y 1.500 euros de más por año.

Teniendo en cuenta que se pueden reclamar hasta cinco años no prescritos, la devolución total podría alcanzar los 7.500 euros, especialmente en casos de pensiones elevadas o cotizaciones prolongadas.

La ayuda está pensada para las personas que nunca han cotizado.

La ayuda está pensada para las personas que nunca han cotizado. / LP

Fechas clave y prescripción: actúa cuanto antes

Los ejercicios fiscales que actualmente pueden reclamarse son 2019, 2020, 2021, 2022 y 2023. A medida que avanza 2025, el año 2019 prescribirá, por lo que se recomienda realizar la solicitud cuanto antes para no perder la posibilidad de recuperar ese primer año.

Además, la prescripción no se detiene por fallecimiento, lo que significa que si el mutualista falleció en 2019 pero los herederos no presentan la solicitud en 2025, perderán ese ejercicio para siempre.

¿Cuántos afectados hay?

Según datos del Ministerio de Inclusión, Seguridad Social y Migraciones, se estima que más de 200.000 personas podrían estar afectadas por esta situación en todo el país, ya sea como mutualistas aún vivos o como herederos de mutualistas fallecidos.

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Los cambios de entidad de mutualistas descienden este año casi a la mitad, según MUFACE / efe

No obstante, solo un pequeño porcentaje ha iniciado el trámite para recuperar el dinero. La falta de información clara y accesible ha sido uno de los principales obstáculos.

Si tu familiar trabajó antes de 1979 y falleció entre 2019 y 2024, es muy probable que fuera mutualista. En ese caso, tienes en tus manos la posibilidad de recuperar un dinero que legalmente te pertenece como heredero.

El proceso es gratuito, digital y bastante accesible con la documentación correcta. Y el importe que puedes recibir podría marcar la diferencia en tu economía familiar. No lo dejes pasar: revisa la documentación y actúa antes de que prescriba el derecho.

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