El Tribunal Supremo lo confirma: así es el "truco" que pueden utilizar las empresas para despedirte sin indemnización
El Alta Tribunal dicta sentencia y confirma que los jueces no podrán incrementar la cantidad económica fijada en la ley por despido improcedente
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El Tribunal supremo avala una estrategia de las empresas para despedir a sus trabajadores / EUROPA PRESS - Archivo
Las empresas se enfrentan con frecuencia a la situación de tener que despedir a parte de su plantilla. En algunas ocasiones, no pueden hacer frente a un gasto económico tan elevado, ya que como fija la ley, muchas indemnizaciones resultan elevadas según la antigüedad del trabajador. Sin embargo, en otras situaciones deben llevarlo a cabo porque no hay una alternativa viable.
El Tribunal Supremo dicta una sentencia en la que aclara que la indemnización por despido en España seguirá siendo la misma que se fija en el artículo 56.1 del Estatuto de los Trabajadores (33 días por año trabajado, con los topes legales). Asimismo, esto la cantidad económica no podrá aumentarse por la vía judicial.
Tipos de despidos
En España, los despidos se dividen entres categorías según las causas que lo originen:
- Despido objetivo: En este caso la empresa podrá prescindir del trabajador siempre y cuando se cumplan las causas que se recogen en el artículo 52 del Estatuto de los Trabajadores. Entre las faltas más habituales se encuentran la incompetencia del trabajador, la falta de adaptación del empleado a las modificaciones técnicas de la empresa, la afluencia de causas, económicas, técnicas, organizativas o de producción (causas ETOP), y, en el caso de que la empresa se una entidad sin ánimo de lucro, la pérdida de su financiación.
- Despido disciplinario: Este se da cuando uno de los trabajadores incumple de manera grave alguno de los motivos previstos en el artículo 54 del Estatuto de los Trabajadores. Estos podrían ser: faltas de asistencia a su puesto de trabajo, puntualidad del trabajador, indisciplina, desobediencia, faltas de respeto, la disminución del rendimiento y el acaso contra otros compañeros de trabajo.
- Despido colectivo (ERE): Si el despido está justificado por causas ETOP, y el número de empleados afectados supere los umbrales de despido colectivo fijados en el artículo 51 del Estatuto de los Trabajadores, se deberán seguir los procedimientos recogidos en el despido colectivos. Por el contrario, la empresa podría incurrir en la declaración de procedimiento o nulidad.
Pueden despedirte sin indemnización
Un abogado laboralista explica en redes sociales el "truco" que llevan a cabo algunas empresas para despedir a un trabajador y no tener que pagarle una indemnización. "Muchas veces la empresa no te suspende de empleo y sueldo para evitar que reclames, en su lugar, te pone solo una amonestación escrita" detalla el experto. El objetivo de esto es evitar que el empleado recurra, ya que cuando no afecta a la economía del trabajador no suele reclamar.
"El truco de las empresas para despedirte sin indemnización es acumular sanciones disciplinarias que no recurres", explica el abogado. Una vez la compañía reúne varias sanciones, aunque sean cuestionables, puede utilizarlas para justificar un despido procedente.
Consejos
El abogado insiste en "recurrir siempre todas las sanciones, sobre todo si no son ciertas". Explica que conviene impugnar incluso las más leves, porque si no se hace, más tarde no habrá argumentos para discutirlo en un juicio y quedarán firmes en el expediente del trabajador. En ese caso, la empresa podrá utilizarlas como antecedentes para justificar un despido procedente sin indemnización.
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