Los canarios nacidos entre 1974 y 2008 pueden solicitar el ‘mini paro’ del SEPE: hasta 600 euros al mes durante 30 meses si cumples estos requisitos
El Servicio Público de Empleo Estatal (SEPE) ofrece este ingreso mensual destinado a los desempleados que llevan un largo periodo sin encontrar un trabajo
Los desempleados canarios pueden solicitar una ayuda del Servicio Público de Empleo Estatal (SEPE) conocida popularmente como el “mini paro”, debido a su cuantía y a los requisitos específicos que exige. En realidad, se trata del subsidio por agotamiento de la prestación contributiva, una de las ayudas más demandadas en la actualidad por quienes ya han consumido el paro y siguen sin encontrar empleo. Los parados que cumplan los requisitos establecidos por la Seguridad Social podrán acceder a esta prestación económica durante el periodo previsto por la normativa.
Agotar la prestación contributiva por desempleo no implica quedarse sin ingresos. El sistema de protección de la Seguridad Social contempla varias ayudas destinadas a estas personas que no logran encontrar un empleo. Estas son prestaciones clave para miles de hogares, especialmente en contextos de dificultad laboral, y cuyo acceso depende de la edad, la situación familiar y el nivel de ingresos.
¿Qué es el subsidio por agotamiento de la prestación contributiva?
Este subsidio es una ayuda económica de carácter asistencial, distinta del paro normal. A diferencia de la prestación contributiva, este ingreso no depende de lo cotizado previamente, sino de la situación de necesidad económica y familiar del solicitante una vez agotado el paro. Su objetivo es garantizar unos ingresos mínimos mientras la persona sigue buscando empleo y mantiene su inscripción como demandante.
Pueden acceder a este subsidio las personas que se encuentren en desempleo y hayan agotado una prestación contributiva a partir del 1 de noviembre de 2024. El perfil mayoritario de beneficiarios son trabajadores menores de 52 años que no cumplen los requisitos para el subsidio específico de mayores de 52, así como personas de más edad que, aun superando ese umbral, no alcanzan las cotizaciones exigidas para esa otra ayuda.
El acceso al subsidio y su duración dependen directamente del perfil del trabajador. Según los criterios vigentes, pueden ser beneficiarias las siguientes personas:
- Menores de 45 años con responsabilidades familiares que hayan agotado una prestación contributiva de cuatro meses o más, con derecho a un subsidio inicial de seis meses, prorrogable hasta un máximo de 24 meses.
- Menores de 45 años con responsabilidades familiares que hayan agotado una prestación contributiva de menos de cuatro meses, con un subsidio de seis meses prorrogable hasta un máximo de 18 meses.
- Mayores de 45 años con responsabilidades familiares que hayan agotado una prestación contributiva de cuatro meses o más, con un subsidio de seis meses prorrogable hasta un máximo de 30 meses.
- Mayores de 45 años con responsabilidades familiares que hayan agotado una prestación contributiva de menos de cuatro meses, con un subsidio de seis meses prorrogable hasta un máximo de 24 meses.
- Mayores de 45 años sin responsabilidades familiares, con independencia de la duración del paro agotado, que tienen derecho a un subsidio de seis meses no prorrogables.
En el caso de las personas con 52 años o más, si cumplen los requisitos específicos de cotización, acceden preferentemente al subsidio para mayores de 52 años, que es más beneficioso y cotiza para la jubilación.

Perfil de los beneficiarios del Subsidio de desempleo por agotamiento de la prestación contributiva / La Provincia / SEPE
Estos son los requisitos del SEPE
Para que el SEPE conceda el subsidio por agotamiento de la prestación contributiva, deben cumplirse una serie de requisitos en el momento de la solicitud y mantenerse durante las prórrogas:
- Estar en situación de desempleo total o trabajando a tiempo parcial, siempre que la suma de las jornadas no alcance una jornada completa.
- Haber agotado una prestación contributiva por desempleo el 1 de noviembre de 2024 o con posterioridad.
- No tener derecho a una nueva prestación contributiva por desempleo.
- Estar inscrito como demandante de empleo en el momento de la resolución de la solicitud.
- Suscribir el acuerdo de actividad, comprometiéndose a buscar empleo y aceptar ofertas adecuadas.
- No encontrarse en ningún supuesto de incompatibilidad legal.
- Si se ha trabajado tras agotar el paro, haber cesado en el último empleo de forma involuntaria o en situación legal de desempleo.
- Carecer de rentas propias superiores al 75% del Salario Mínimo Interprofesional, excluida la parte proporcional de las pagas extra, o bien acreditar responsabilidades familiares.
- Presentar una declaración responsable de rentas e ingresos del mes natural anterior, tanto propias como, en su caso, de la unidad familiar.
- Mantener los requisitos de carencia de rentas o responsabilidades familiares en la fecha de solicitud y en cada prórroga o reanudación.
- En el caso excepcional de menores de 45 años que hayan agotado una prestación contributiva inferior a 360 días, acreditar obligatoriamente responsabilidades familiares.
La cuantía del subsidio es fija y no depende del salario previo ni de las cotizaciones acumuladas. El importe equivale al 80% del IPREM, lo que supone alrededor de 480 euros mensuales. Si el último contrato que dio origen al paro fue a tiempo parcial, la cuantía del subsidio se reduce de forma proporcional a la jornada trabajada.
La solicitud puede realizarse a través de la sede electrónica del SEPE o de forma presencial con cita previa en la oficina de empleo correspondiente. Cumplir los plazos y aportar correctamente la documentación es clave, ya que el incumplimiento de los requisitos o de las obligaciones como demandante de empleo puede suponer la denegación o la pérdida de la ayuda.
El objetivo principal de este subsidio es evitar situaciones de desprotección económica una vez agotado el paro contributivo. Según datos del SEPE de ejercicios recientes, esta es una de las ayudas no contributivas más comunes junto al de mayores de 52 años. Su función es actuar como red de seguridad mientras se refuerzan las políticas activas de empleo y la reinserción laboral.
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