María Jesús Montero lo hace oficial: Hacienda pagará 4.000 euros a estos pensionistas canarios en 2026
La administración acabará con una deuda histórica que tenía con estas personas que estaban esperando desde hace años el cobro de lo que pagaron de más cuando trabajaban

Lucía Feijoo Viera
Los pensionistas de Canarias recibirán un 'regalo' de la Seguridad Social en forma de un ingreso histórico. Así lo confirmó la ministra de Hacienda y vicepresidenta primera del Gobierno, María Jesús Montero, al recordar que los mutualistas jubilados tienen derecho a recuperar el IRPF pagado de más durante años.
Como anunció el Ejecutivo, estas devoluciones se realizarán "de una sola vez y en un único pago". Ahora, Hacienda ha detallado el procedimiento que deberán seguir los beneficiarios, o sus herederos, para solicitar el ingreso y evitar que se pierda este derecho.

María Jesús Montero confirma lo que todos los jubilados esperaban / Fernando Villar
Entre las décadas de 1960 y 1970, miles de trabajadores españoles cotizaron de más a las antiguas mutualidades laborales. Antes de la creación del actual sistema de Seguridad Social, estas entidades eran las encargadas de prestar las coberturas sociales. Tras años de reclamaciones y una sentencia del Tribunal Supremo, Hacienda está obligada a devolver esos importes cobrados indebidamente, ya que nunca debieron tributar de ese modo. Los afectados tienen ahora derecho a solicitar la devolución siguiendo el procedimiento habilitado por la Agencia Tributaria.
Hasta ahora, los jubilados debían reclamar el reembolso del IRPF y los intereses generados a través de la declaración de la Renta, lo que complicaba y retrasaba el proceso. Sin embargo, desde este año la solicitud puede realizarse directamente en el portal de la Agencia Tributaria, en una sección específica destinada a estas devoluciones. De este modo, Hacienda da respuesta a una reclamación histórica de los pensionistas, que durante décadas vieron cómo su dinero quedaba retenido sin posibilidad de recuperarlo.
Esta medida afecta principalmente a los trabajadores que cotizaron a mutualidades de previsión social entre 1967 y 1978, y que no pudieron desgravarse esas aportaciones o tributaron por el 100% de su pensión sin que se aplicara la reducción fiscal correspondiente en el IRPF. En estos casos, la Administración reconoce ahora el derecho a recuperar las cantidades abonadas de más.
Tras varios cambios en el calendario y en la forma de pago, el Congreso de los Diputados aprobó el pasado verano una reforma legal que permite devolver en un solo pago las cantidades abonadas de más en el IRPF por los mutualistas jubilados, en lugar de fraccionarlas como se había planteado inicialmente. Esta modificación afecta a los ejercicios no prescritos de 2019, 2020, 2021 y 2022. En el caso de 2023 y 2024, la Agencia Tributaria aplica la corrección de forma automática, sin necesidad de que el contribuyente presente una solicitud específica.
El retraso en estas devoluciones se debe a que el Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas (IRPF) se implantó en 1979, cuando las aportaciones a mutualidades realizadas décadas atrás no podían deducirse fiscalmente, lo que generó un exceso de tributación en las pensiones. Para poder beneficiarse de esta medida, es necesario haber realizado aportaciones a mutualidades de previsión social anteriores a la integración en la Seguridad Social y que dichas aportaciones no se hubieran reducido ni afectado en la base imponible del IRPF. Además, la devolución solo se aplica a pensionistas que soportan actualmente retenciones de IRPF. Quedan excluidos quienes ya recibieron una devolución previa o cuyas prestaciones están exentas de retención.
Las devoluciones pueden alcanzar hasta los 4.000 euros en los casos más elevados, aunque la media estimada ronda los 2.000 euros, según cálculos de expertos fiscales. La Agencia Tributaria es la encargada de calcular estos excesos de tributación a partir de los datos fiscales de cada contribuyente. Por ello, los especialistas recomiendan comprobar si se cumple con los requisitos y solicitar la devolución a tiempo para no perder un dinero que corresponde legalmente al pensionista.
¿Los herederos de un pensionista pueden reclamar la devolución de los importes no reclamados?
Sí, la ley establece que si el contribuyente afectado por la cotización indebida ya ha fallecido, sus herederos están en el derecho de reclamar estos pagos. Para ello solo tienen que identificarse como sucesores del trabajador perjudicado, aportar el certificado de defunción del familiar, libro de familia y, si lo estima oportuno la Agencia Tributaria, el testamento.
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