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El Estatuto de los trabajadores lo hace oficial: este es el límite máximo de horas extras que pueden hacer los empleados de Canarias y así las puedes cobrar dos veces

El abogado laboralista Juanma Lorente explica cómo puedes reclamarle a tu empresa que te pague las horas extras no justificadas en la nómina

La vicepresidenta segunda y ministra de Trabajo y Economía Social, Yolanda Díaz, interviene durante una sesión de control al Gobierno, en el Congreso de los Diputados, a 18 de febrero de 2026, en Madrid (España).

La vicepresidenta segunda y ministra de Trabajo y Economía Social, Yolanda Díaz, interviene durante una sesión de control al Gobierno, en el Congreso de los Diputados, a 18 de febrero de 2026, en Madrid (España). / Eduardo Parra - Europa Press

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Luis Miguel Mora

Luis Miguel Mora

Los trabajadores tienen un derecho reconocido en el Estatuto de los Trabajadores que muchos desconocen y no reclaman. En ocasiones, algunas empresas exigen a sus empleados que trabajen horas extraordinarias, y a veces lo hacen por encima de lo permitido por la ley y no las reflejan correctamente en la nómina. Ante esta situación, el abogado laboralista Juanma Lorente explica cómo pueden reclamarse estas horas y en qué casos es posible exigir su pago doble.

El artículo 35 del Estatuto de los Trabajadores regula las horas extraordinarias y establece que no podrán superarse las 80 horas al año, salvo que se compensen mediante descanso dentro de los cuatro meses siguientes a su realización. Además, este límite puede ser inferior en determinados sectores o ámbitos territoriales, cuando así se acuerde para favorecer el empleo y reducir el desempleo, tal y como recoge la propia norma.

El truco que usan las empresas para que hagas más horas extras

Juanma Lorente revela el truco que se hace en algunas empresas para que sus trabajadores hagan más horas extras de las permitidas por la ley. Según explica, estas se aprovechan de que no se incluyen en la nómina para que el empleado no pueda reclamar que se ha excedido el límite. Sin embargo, el abogado insiste en que a todas las personas que le ocurra esto pueden reclamarlo y saldrán ganando.

Cuado ocurre esto, en los documentos que reciben los afectados sí aparecen conceptos genéricos como plus de productividad, incentivos u otros complementos salariales que, según la empresa, ya incluyen esas horas extra. Esto lleva a otro gran inconveniente, y es que las horas extras no cotizan como deberían.

Para que las horas extraordinarias estén correctamente pagadas, deben aparecer reflejadas de forma clara y desglosada. Esto implica que la nómina debe indicar:

  • Que se han realizado horas extra.
  • Cuántas horas concretas se han trabajado fuera de la jornada ordinaria.
  • El valor económico de cada hora.
  • El importe total abonado por ese concepto.

Cuando nada de esto aparece y solo figuran pluses genéricos, la empresa tiene muy difícil justificar ante un juez que esas cantidades correspondían realmente a horas extra. Aquí es donde la persona afectada puede sacar partido si decide reclamarlo ante la justicia.

Si el juez considera que no existe prueba suficiente, puede condenar a la empresa a pagar de nuevo esas horas extraordinarias, al margen de los pluses ya abonados.

Para los trabajadores que se reconocen en esta situación, los expertos recomiendan seguir varios pasos:

  • Revisar detenidamente las nóminas y comprobar si aparecen reflejadas las horas extra.
  • Guardar registros de jornada, cuadrantes, correos o mensajes que acrediten las horas trabajadas.
  • No conformarse con explicaciones verbales sobre pluses o incentivos.
  • Solicitar asesoramiento laboral especializado antes de presentar una reclamación.
  • Valorar la vía judicial si existe una diferencia clara entre las horas realizadas y las pagadas.

Este tipo de prácticas no solo afectan al salario, sino también a la cotización a la Seguridad Social y a futuros derechos del trabajador, como prestaciones o jubilación. Por eso, cada vez más empleados están recurriendo a la justicia para poner freno a estos abusos.

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