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Hacienda permite no pagar deudas con la Agencia Tributaria y multas a la DGT si cumples estos requisitos: es la solución para miles de contribuyentes canarios

El Tribunal Supremo amplía el alcance de la Ley de la Segunda Oportunidad, que permite empezar de cero, por lo que multas, impuestos o sanciones de organismos públicos podrán quedar exoneradas si se cumplen los requisitos

La vicepresidenta primera del Gobierno y ministra de Hacienda, María Jesús Montero.

La vicepresidenta primera del Gobierno y ministra de Hacienda, María Jesús Montero. / PSOE-A

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Luis Miguel Mora

Luis Miguel Mora

Los contribuyentes canarios que tengan deudas con cualquier administración pública, ya sea local, autonómica o estatal, pueden cancelarlas si cumplen los requisitos de la Ley de la Segunda Oportunidad. Esta es una de las principales novedades introducidas en la reforma de esta normativa, que permite, exonerar parte de las deudas con Hacienda o la Seguridad Social, en determinados casos. Se trata de un mecanismo poco conocido, pero que puede convertirse en una vía clave para aliviar situaciones de endeudamiento.

La novedad llega en dos sentencias del Tribunal Supremo (260/2026 y 264/2026, Sala Civil) que amplía el alcance de la exoneración de deudas dentro del procedimiento concursal de las personas físicas. Se espera que la actualización beneficie a miles de personas, porque hasta ahora, las deudas con administraciones públicas tenían fuertes límites.

Tras la reforma de 2022, solo podían cancelarse hasta 10.000 euros con Agencia Tributaria y otros 10.000 euros con la Tesorería General de la Seguridad Social (TGSS). El resto quedaba fuera. Con la nueva interpretación judicial, el margen se amplía.

¿Qué es la Ley de la Segunda Oportunidad?

Este mecanismo legal se aprobó en 2015 y se reformó en 2022 que permite a personas físicas, particulares y autónomos, cancelar sus deudas cuando se encuentran en situación de insolvencia. Persigue estos objetivos:

  • Evitar que una persona quede endeudada de por vida.
  • Permitir empezar de cero financieramente.
  • Salir de registros de morosos como ASNEF.
  • Volver a participar en la economía con normalidad.

La cancelación de las deudas se denomina técnicamente Exoneración del Pasivo Insatisfecho (EPI) y debe concederla un juez. El límite general es que la deuda no supere los 5 millones de euros.

Características principales de la Ley de la Segunda Oportunidad

Características principales de la Ley de la Segunda Oportunidad / Agencia Tributaria - Hacienda

A esta ventaja pueden acogerse las personas asalariadas, los desempleados, los pensionistas, los autónomos y emprendedores que hayan fracasado en un negocio.

Requisitos de la Ley de la Segunda oportunidad

Para acceder a la exoneración de la deuda ante cualquier administración hay que demostrar:

  • Insolvencia real y actual.
  • Actuar como "deudor de buena fe".
  • No tener condenas por delitos económicos en los últimos 10 años.
  • No haber provocado la insolvencia de forma intencionada o temeraria.

Tu abogado debe demostrar que cumples con todo esto.

Requisitos de la Ley de la Segunda Oportunidad

Requisitos de la Ley de la Segunda Oportunidad / Agencia Tributaria - Hacienda

¿Qué cambia ahora con las deudas públicas en la Ley de la Segunda Oportunidad?

Según explica Miguel Benito Barrionuevo, conocido en redes como @empleado_informado, "antes solo se podían eliminar deudas con la Seguridad Social y con Hacienda en determinados supuestos, ahora se amplía el número de organismos". Tras la nueva doctrina del Supremo, se abre la puerta a cancelar deudas con cualquier organismo público y por distintos conceptos. Entre las entidades que se incluyen están:

  • Agencia Tributaria (AEAT).
  • Tesorería General de la Seguridad Social (TGSS).
  • Servicio Público de Empleo Estatal (SEPE).
  • Dirección General de Tráfico (DGT).
  • Ayuntamientos y otras administraciones públicas.

Y no solo por impuestos, ya que también podrían incluirse:

  • Multas administrativas.
  • Sanciones.
  • Tasas municipales.
  • Deudas por prestaciones indebidas (como el paro).

Este cambio supone un avance relevante, ya que históricamente el crédito público había sido uno de los más protegidos y difíciles de cancelar. Además de estas novedades judiciales, la reforma de 2022 introdujo cambios importantes, para agilizar el proceso de cancelación de la deuda. Tampoco es obligatorio intentar un acuerdo extrajudicial previo con los acreedores antes de acudir al juez, también se puede conservar la vivienda y el pago de la deuda se puede fraccionar de 3 a 5 años para mantener la casa habitual o los bienes necesarios para la actividad profesional.

Los contribuyentes deben saber que cada caso se analiza individualmente en un procedimiento judicial. El juez valorará la buena fe del deudor y el cumplimiento de los requisitos legales. La ampliación del alcance no implica que cualquier deuda pública desaparezca sin más, pero sí que el margen de exoneración es ahora mayor que antes.

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