Hacienda crea el modelo 174 para vigilar todo lo que hacen los contribuyentes canarios con tus tarjetas de crédito
La Agencia Tributaria podrá controlar más de cerca tus pagos gracias a este documento que los bancos tendrán que presentar al Fis

Así funciona este modelo 174 que ha entrado en vigor / Efe
Hacienda pone ahora el foco en las compras que se hacen con las tarjetas de crédito, porque está notando que se están produciendo fraudes fiscales con este medio de pago. La Agencia Tributaria ha creado el modelo 174, que los bancos tendrán que hacer y que incluirá estos datos de todos los contribuyentes canarios.
La 'Declaración informativa sobre todo tipo de tarjetas', más conocido como modelo 174 de la Agencia Tributaria se aprobó a mediados de 2025, pero no ha sido hasta enero de 2026 cuando ha entrado en vigor. La Orden HAC/747/2025 publicada en el BOE, que también recoge otras tres nuevas declaraciones, como la dedicada a los préstamos y créditos, amplía el control fiscal tanto a particulares como empresarios y autónomos.
¿Cómo funciona el modelo 174 de la Agencia Tributaria?
La Declaración informativa sobre todo tipo de tarjetas es un documento por el que los bancos, entidades financieras y plataformas de pago comunican a Hacienda determinados movimientos realizados con tarjetas de crédito, débito o prepago.
El registro no lo presentan los ciudadanos ni los autónomos, solo estas empresas que actúan como intermediarios informativos y son las responsables de recopilar los datos y remitirlos a la Agencia Tributaria.
Los obligados son las entidades que gestionan los medios de pago. Con esta herramienta, la Agencia Tributaria pretende reforzar la lucha contra el fraude fiscal y la economía sumergida, especialmente en un contexto en el que cada vez más pagos se realizan de forma electrónica.
El objetivo principal es cruzar la información financiera con las declaraciones fiscales de los contribuyentes, como el IRPF, el IVA o el Impuesto de Sociedades, para detectar discrepancias.
¿Qué operaciones controla Hacienda?
El modelo no afecta a todas las operaciones realizadas con tarjeta, sino únicamente a aquellas que superen determinados límites. Las entidades deberán informar a Hacienda cuando el volumen total anual de cargos o abonos asociados a una tarjeta supere los 25.000 euros al año, sumando todas las operaciones.
Esto significa que Hacienda podrá conocer el volumen total de operaciones vinculadas a una tarjeta concreta, aunque no se trate de una sola transacción.
¿Cuándo se presenta el modelo 174?
El modelo 174 tiene carácter anual. Esto significa que las entidades financieras deben enviar la información una vez al año. El plazo de presentación será durante el mes de enero del año siguiente al ejercicio que se declara. Por ejemplo, todos los movimientos registrados durante 2026 se comunicarán por primera vez en enero de 2027. Mientras tanto, desde enero de 2026 los bancos ya están recopilando la información necesaria para poder elaborar esta declaración.
El modelo 174 tiene multas
Las sanciones directas por incumplir esta obligación recaen sobre las entidades financieras, no sobre los ciudadanos. Si un banco no presenta el modelo o lo hace con datos incompletos, la Ley General Tributaria establece multas de unos 20 euros por cada dato o registro omitido. La sanción mínima suele situarse en 300 euros y puede alcanzar los 20.000 euros o más dependiendo del volumen de información no comunicada. Sin embargo, el riesgo real para los contribuyentes es indirecto.
Aunque los particulares no presentan el modelo 174, la información que reciben las autoridades fiscales puede servir para detectar posibles irregularidades.
Si Hacienda observa que los movimientos realizados con tarjeta o los ingresos recibidos no coinciden con lo declarado en impuestos como el IRPF o el IVA, puede iniciar un requerimiento o una inspección.
En esos casos, las sanciones pueden ser mucho más elevadas. Las multas por dejar de ingresar impuestos se clasifican en tres niveles:
- Infracción leve: multa del 50% de la cantidad no declarada.
- Infracción grave: entre el 50% y el 100% de la deuda si existe ocultación.
- Infracción muy grave: entre el 100% y el 150% si se utilizan medios fraudulentos.
A estas cantidades se añaden además los intereses de demora.
El modelo 174 se suma a otras herramientas de control fiscal que ya utiliza Hacienda para vigilar los pagos electrónicos, como la información sobre cobros por terminales TPV o transferencias inmediatas.
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