Cesta de la compra
¿Cuántos productos básicos están exentos de IGIC en Canarias pero pagan IVA en la Península?
La mayoría de alimentos esenciales del carro de la compra, libre de impuesto en las Islas, sí está gravada en el resto del país con hasta un 10% de IVA

Una mujer junto a su carro de la compra en un supermercado. / LP / DLP

La guerra de Irán amenaza con subir no solo el precio de la gasolina, cuyo aumento ya es visible en las estaciones de servicio de las Islas, sino también el de la cesta de la compra. Esta es la razón que ha llevado al Gobierno de Canarias a plantear la reducción del Impuesto General Indirecto Canario (IGIC) al 0% a más productos de los que conforman la ‘cesta tipo’ –de acuerdo con el panel de consumo en hogares del Ministerio del ramo– de la familia media española. Con la inclusión de estos nuevos artículos–café, mantequilla, sal– en la lista de los productos a ‘IGIC cero’, ya hasta el 97% de esa cesta de la compra esencial está libre del principal impuesto indirecto en el Archipiélago.
El anuncio de la inclusión de nuevos artículos en ese listado de bienes con ‘IGIC cero’ ha dado lugar a cierta polémica, porque de la explicación del vicepresidente Manuel Domínguez en el Parlamento podía inferirse –no se entendió la explicación o no fue del todo certera (o ambas cosas)– que la aplicación del 0% de IGIC sería una novedad en todos los componentes de ese carrito básico de la compra, y lo cierto es que la mayoría de esos productos fundamentales ya venía libre de impuesto.
Principal cambio
El cambio principal radica en la incorporación del café, la sal y la mantequilla a una lista básica de la compra que integra un total de 45 productos, de los que hasta 39 ya están exentos de IGIC. Y los seis por los que sí se paga este impuesto –eso sí, al tipo reducido del 3%– se quedarán ahora en solo tres: las conservas de pescado o molusco, el azúcar y las galletas. En el caso de estos dos últimos artículos –galletas y azúcar– digamos que no está tomada la decisión de aplicarles el ‘IGIC cero’ por motivos de salud pública, ya que son alimentos que en cierta medida pueden resultar perjudiciales. En definitiva, hasta en 42 de los restantes 43 productos que conforman la ‘cesta tipo’ del consumidor canario –en un 97%–, el consumidor no tendrá que pagar ni un céntimo de IGIC en el supermercado. El objetivo de la medida es «la contención de los precios frente a esta crisis provocada por la guerra de Irán», explica el portavoz del Ejecutivo canario, Alfonso Cabello.
Cabe precisar, no obstante, que el alivio en el bolsillo de los isleños –o más bien el ‘nuevo’ alivio– se circunscribe a esos tres nuevos artículos sin IGIC –café, sal, mantequilla–, toda vez que la gran mayoría de los componentes de la compra básica ya estaba, toca insistir, al 0%. Así que el alivio, en mayúsculas, deriva del hecho de que la Comunidad Autónoma ha ejercido su potestad para dejar exenta del impuesto indirecto a prácticamente toda esa lista de 45 bienes más o menos indispensables para las familias isleñas.
Compensación
No en vano, la situación de lejanía del Archipiélago con respecto al resto del continente europeo supone un agravante en el coste de vida de los canarios. Cerca del 92% de los productos que se consumen en las Islas procede de la importación por vía marítima, con los sobrecostes logísticos y de transporte que ello implica. La elevada dependencia del exterior suma un ‘plus’ a la inflación que arrastra consigo la guerra que iniciaron Estados Unidos e Israel en Irán.
En línea con lo anterior, el portavoz del Gobierno regional subraya la adopción de medidas indirectas para contener la inflación en el Archipiélago más allá de la cesta de la compra. Entre ellas figuran, por ejemplo, la aplicación del tipo impositivo del 0% de IGIC también al combustible, las bonificaciones al transporte y las ayudas a los autónomos, especialmente relevantes en el sector primario. El objetivo es armar un ‘muro de contención’ a lo largo de toda la cadena productiva para evitar que el incremento de costes se traslade al precio final en los lineales del súper.
En la Península sí se paga
La comparación con lo que ocurre en el resto de España da la verdadera dimensión al hecho de que Canarias tenga potestad para dejar a cero el IGIC en esos productos esenciales. En la Península y Baleares no existe el IGIC, sino el IVA, con tipos más altos, una diferencia fiscal para compensar a los canarios por esas consecuencias económicas de la fragmentación y lejanía de las Islas del resto de Europa. El tipo general del Impuesto sobre el Valor Añadido (IVA) es del 21%, frente al 7% del IGIC. Esto se traduce en que todos esos artículos de la compra básica, que en el Archipiélago quedan ahora, en su práctica totalidad, libres de impuesto, están gravados, en cambio, al tipo reducido del IVA –10%– o al tipo superreducido –4%– en el resto del país.
¿Y cuáles son esos 45 productos? Pues los fundamentales: pan, arroz, pastas, harina, huevos, pescado, carne –de cerdo, de pollo, de vaca y de ternera–, garbanzos, lentejas, leche entera, queso, yogur natural, frutas frescas, papas, hortalizas, tomates, cebollas, pimientos, ajos, zanahorias, lechuga, calabacines, aceites –de oliva y de girasol–, mantequilla, azúcar, café, agua, galletas, cereales, sal y conservas de pescado o molusco, y todos ellos –si es el caso– en sus versiones fresca y congelada.
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