Confirmado por Hacienda: la multa de la Agencia Tributaria a los propietarios canarios por no declarar estos ingresos del alquiler en la Renta
Los contribuyentes que tengan una vivienda arrendada deben justificar varios conceptos para evitar sanciones del Fisco

Lucía Feijoo Viera
Los propietarios en Canarias deben justificar correctamente numerosos ingresos y gastos en la Declaración de la Renta, ya que estos conceptos pueden modificar de forma por completo el resultado final. Además, omitir alguno de estos datos o ponerlos de manera incorrecta puede hacer que la Agencia Tributaria haga requerimientos e incluso que Hacienda ponga una sanción.
La normativa tributaria deja muy claro que gastos se deben declarar en la Renta y que gastos dan derecho a deducción en relación con el alquiler de un inmueble. Lo más fácil es pensar que todo lo que el propietario recibe del inquilino debe declararse, aunque también existen muchos conceptos que dan derecho a devoluciones en la factura fiscal.
Ingresos que declara el propietario por el alquiler: mensualidades, fianza, luz y agua...
Uno de los errores más habituales es pensar que solo hay que declarar la mensualidad del alquiler. Sin embargo, Hacienda considera como rendimientos del capital inmobiliario prácticamente cualquier ingreso vinculado al contrato.
El principal es la renta mensual, pero no es el único. También deben incluirse los importes que el inquilino paga para cubrir gastos como el IBI, la comunidad o seguros si están a nombre del propietario. Además, si los suministros, como luz, agua o gas, están domiciliados en la cuenta del casero y el inquilino le reembolsa ese dinero, también se consideran ingresos.

La Provincia
A esto se suman otros ingresos menos conocidos, las indemnizaciones por abandonar el piso antes de tiempo, cobros a través de seguros de impago o avales y ayudas públicas vinculadas a la vivienda.
En definitiva, todo dinero que salga del bolsillo del inquilino y llegue al propietario debe figurar en la declaración, aunque luego pueda compensarse con gastos.
La fianza solo se declara en algunos casos
Una de las dudas más frecuentes es qué ocurre con la fianza del alquiler. Normalmente no hay que declararla, ya que no es un ingreso, sino un depósito que debe devolverse al finalizar el contrato.

La fianza del alquiler solo se declara en determinados casos / E.D. / L.P.
Sin embargo, hay excepciones importantes. Si el propietario retiene la fianza por impago de alquiler, ese dinero pasa a considerarse renta y debe declararse. Por otro lado, si se utiliza para reparar daños en la vivienda, no tributa como ingreso, pero sí es obligatorio justificar los gastos con facturas en caso de requerimiento de Hacienda.
Los gastos que puedes deducirte y que muchos olvidan
Además de declarar correctamente los ingresos, la clave para pagar menos impuestos está en aplicar todos los gastos deducibles. Aquí es donde muchos propietarios pierden dinero cada año.

La Agencia Tributaria intenta beneficiar a los propietarios en estos gastos / Carlos Lujan
Entre los principales gastos que se pueden desgravar están los impuestos como el IBI o las tasas municipales, las cuotas de comunidad, seguros del hogar o de impago, y los gastos de administración. También son deducibles las reparaciones y el mantenimiento del inmueble, como arreglos de fontanería, pintura o sustitución de electrodomésticos. Eso sí, Hacienda diferencia entre reparación y mejora: las reformas que aumentan el valor de la vivienda no se deducen de golpe, sino de forma progresiva.
Los propietarios también pueden deducirse los intereses de la hipoteca, aunque no la parte destinada a devolver el capital. A todo ello se suman los gastos jurídicos, como abogados en caso de impago, y las deudas incobrables, que pueden computarse como gasto si pasan seis meses sin cobrarse.
Uno de los beneficios fiscales más importantes y menos utilizados es la amortización. Hacienda permite deducir cada año el 3% del valor de construcción de la vivienda, así como el 10% del valor de muebles y electrodomésticos si el piso está amueblado. Este gasto supone un ahorro considerable sin necesidad de realizar ningún desembolso adicional.
El sistema fiscal busca reflejar el beneficio real del alquiler. Por eso, aunque obliga a declarar todos los ingresos, también permite restar prácticamente todos los gastos necesarios para obtenerlos.
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