La Seguridad Social lo hace oficial: esta baja laboral permite cobrar más gracias a una exención del IRPF para los trabajadores canarios
Las personas que soliciten el permiso por nacimiento recibirán la prestación íntegra sin retenciones de IRPF, lo que se traduce en más dinero mensual en la nómina si se cumplen los requisitos del Gobierno

TV Canaria
Los trabajadores canarios que se encuentren en este tipo de baja laboral pueden tener derecho a un incremento en su nómina si solicitan estas ayudas. Ellas pueden beneficiarse de una ventaja fiscal en el Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas (IRPF), siempre que cumplan los requisitos establecidos por la Seguridad Social para acceder a estas prestaciones.
A estos beneficios pueden acceder los padres y madres que pidan la baja por nacimiento de un hijo. Ellos pueden conseguir un aumento del dinero que entra en tu cuenta cada mes, gracias a una ventaja fiscal que muchos contribuyentes pasan por alto.

Si pides la baja por paternidad te beneficias de este descuento del IRPF / LP
Desde el 2018, las prestaciones por maternidad y paternidad, unificadas como prestación por nacimiento y cuidado de menor, están completamente exentas de tributar en el IRPF. El Tribunal Supremo reconoció este beneficio que permite a los beneficiarios cobrar más dinero neto que en su nómina mensual.
Un extra automático en la nómina sin hacer trámites
A diferencia de otras deducciones fiscales, esta ventaja no requiere solicitudes ni gestiones adicionales. El sistema funciona de forma automática entre el Instituto Nacional de la Seguridad Social y la Agencia Tributaria (INSS).
Durante la baja de hasta 19 semanas, el trabajador pasa a cobrar directamente del INSS. Por eso, no se aplica retención de IRPF sobre esa prestación, lo que incrementa el importe neto que recibe el beneficiario. De este modo, aunque el salario bruto sea similar, el dinero que llega al bolsillo puede ser mayor que trabajando, precisamente por esa ausencia de impuestos.
La cuantía de la prestación equivale al 100% de la base reguladora del trabajador. Pero la diferencia está en la fiscalidad:
- En una nómina normal: se aplica retención de IRPF
- En la baja: retención 0% sobre la prestación pública
Esto supone varios cientos de euros adicionales al mes, dependiendo del salario previo y del tipo de retención habitual.
¿Quién puede beneficiarse de esta ventaja fiscal?
El beneficio es amplio y no distingue entre perfiles laborales. Pueden acceder a esta exención:
- Trabajadores por cuenta ajena que cobren la prestación del INSS
- Autónomos que perciban la ayuda durante la suspensión de actividad
- Funcionarios adscritos tanto al régimen general como a mutualidades (MUFACE, ISFAS o MUGEJU)
- Progenitores en casos de nacimiento, adopción, acogimiento o guarda legal
Esto afecta tanto a madres como a padres, siempre que tengan derecho a la prestación.
Requisitos que exige la Seguridad Social
Para acceder a este extra en la nómina, no basta con el nacimiento del hijo. Es imprescindible cumplir las condiciones que marca la Seguridad Social. Debes cumplir un periodo mínimo de cotización, que varía según la edad:
- Menores de 21 años: sin mínimo exigido
- Entre 21 y 26 años: 90 días cotizados en los últimos 7 años o 180 en total
- Mayores de 26 años: 180 días en los últimos 7 años o 360 en toda la vida laboral
Si se cumplen estos requisitos, la prestación se concede y automáticamente queda libre de impuestos.
Esta exención es una ayuda para muchos padres, que pueden destinar ese dinero al cuidado de sus hijos y a los gastos relativos a su nacimiento.
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