Los contratos del alquiler sufrirán cambios tras la derogación del Decreto-ley 8/2026: los inquilinos se quedan sin dos protecciones clave
La cancelación de la norma deja a miles de inquilinos sin protección frente a subidas y obliga a renegociar contratos en un mercado tensionado

Lucía Feijoo Viera
Los inquilinos y propietarios canarios afrontan grandes cambios en los contratos de alquiler tras la derogación del Real Decreto-ley 8/2026. El Congreso tumbó ayer martes una norma que incluía medidas incluidas en el escudo social y que estaban pensadas para aliviar la presión sobre los arrendatarios en un mercado cada vez más tensionado.
Las principales ventajas que incluía el decreto son la prórroga extraordinaria de los contratos de vivienda habitual y el límite del 2% en la actualización anual de la renta, dos medidas que buscaban contribuir a la protección de los inquilinos. Esta protección extraordinaria al alquiler ha durado apenas unas semanas. Su caída supone un giro inmediato en el mercado.

El ministro de Derechos Sociales, Consumo y Agenda 2030, Pablo Bustinduy, interviene durante una sesión plenaria en el Congreso, a 28 de abril de 2026, en Madrid (España). El Pleno del Congreso debatirá y votará este martes, 28 de abril, el decreto ley que incluye la prórroga automática de los alquileres que vencen 2026 y 2027, una norma que no cuenta con suficientes apoyos para su aprobación ante el rechazo expresado por el PP, Vox y Junts, que suman mayoría absoluta. 28 ABRIL 2026 Matias Chiofalo / Europa Press 28/04/2026. Pablo Bustinduy;Matias Chiofalo / Matias Chiofalo / Europa Press
Tras su breve vigencia, el marco legal para arrendatarios y propietarios vuelven a estar regulado por la Ley de Arrendamientos Urbanos (LAU).
Qué protegía el decreto y por qué era clave
La norma introducía dos medidas que afectaban directamente al bolsillo y la estabilidad de los inquilinos:
- Límite del 2% a la subida anual del alquiler hasta finales de 2027: Esto impedía que la inflación, disparada por la crisis energética y el contexto internacional, se trasladará de golpe a las rentas mensuales. De este modo, un alquiler de 1.000 euros solo podía subir 20 euros al año, incluso aunque el IPC creciera mucho más.
- Prórroga extraordinaria obligatoria: Los inquilinos cuyo contrato finalizara antes de diciembre de 2027 podían exigir seguir en la vivienda hasta dos años más, manteniendo las mismas condiciones. El propietario solo podía negarse en casos muy concretos, como necesitar la vivienda para uso propio.
Estas medidas buscaban evitar situaciones de vulnerabilidad, subidas abruptas o desplazamientos forzosos en un mercado cada vez más tensionado.
Consecuencias tras la derogación: desde subidas de renta hasta menos prórrogas
La consecuencia de este "no" del Congreso es inmediata, todas estas protecciones desaparecen para los contratos que se gestionen a partir de ahora. Los alquileres vuelven a regirse por lo pactado en cada contrato. Esto implica que:
- Las subidas de renta ya no están limitadas al 2% y podrán ajustarse al índice que figure en el contrato (habitualmente el IPC u otros indicadores).
- Las prórrogas dejan de ser obligatorias, por lo que el propietario puede decidir no renovar el contrato cuando llegue su vencimiento.
- El poder de negociación cambia, especialmente en zonas donde la demanda de vivienda es alta.
Muchos inquilinos quedan expuestos a renegociaciones en un contexto de precios al alza, lo que puede traducirse en incrementos más elevados o en la necesidad de abandonar la vivienda.
Sin el límite del 2%, las subidas pueden ser mucho más acusadas si el contrato lo permite. Y sin la prórroga obligatoria, desaparece la garantía de permanencia en la vivienda, algo especialmente relevante en ciudades con escasez de oferta.
Pese a todo, los inquilinos pueden respirar porque los acuerdos cerrados durante la vigencia del decreto se mantienen.
Cambios para los propietarios: tienen más poder de negociación
Para los dueños de viviendas, la derogación supone recuperar poder y margen de maniobra. Durante la vigencia del decreto, muchos propietarios denunciaban una pérdida de rentabilidad, ya que el tope del 2% no compensaba la subida general de precios. Además, la prórroga obligatoria limitaba su capacidad para decidir sobre el uso de su inmueble. Ahora, vuelven a poder actualizar las rentas según el contrato, decidir si renuevan o no el alquiler y ajustar precios al mercado actual.
Este cambio puede incentivar la oferta, pero también tensionar aún más los precios en determinadas zonas.
La caída del Real Decreto-ley 8/2026 deja al mercado del alquiler en un escenario de incertidumbre. Mientras los inquilinos pierden protección en un contexto de inflación y escasez de vivienda, los propietarios recuperan control en un entorno todavía volátil.
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